Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 26/11/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 4 de noviembre de 2003, del Consejo de Gobierno, por el que se deniega la aprobación definitiva a la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Rincón de la Victoria (Málaga) en la Unidad de Ejecución R-14.

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El Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (Málaga) ha formulado la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de ese municipio que tiene por objeto establecer unas nuevas determinaciones para la Unidad de Ejecución UE R-14 que, planteando un aumento del volumen edificable, suponen una alteración de las zonas verdes previstas desde aquél.

Las aprobaciones inicial, provisional de esta Modificación se realizaron mediante los Acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de

19 de septiembre de 2002 y 30 de noviembre de 2002, respectivamente, siendo rectificada una ficha del documento de aprobación provisional mediante Acuerdo del Pleno de 24 de enero de 2002.

De conformidad con la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley

7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, los procedimientos relativos a los Planes y restantes instrumentos de ordenación urbanística en los que, al momento de entrada en vigor de esta Ley, haya recaído ya aprobación inicial continuarán tramitándose conforme a la ordenación de dichos procedimientos y de las competencias administrativas contenidas en la legislación sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, General y Autonómica, vigente en el referido momento.

Al encontrase este expediente en el supuesto anterior, resulta de aplicación lo dispuesto en la citada Disposición Transitoria, y en consecuencia el presente procedimiento se resolverá con arreglo a lo dispuesto en el Artículo Unico de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (artículo 129 del TRLS 92) que establece que la aprobación definitiva de las modificaciones de planeamiento que afecten a zonas verdes o espacios libres corresponde al órgano ejecutivo superior de naturaleza colegiada de la Comunidad Autónoma, previo informe favorable del Consejero competente por razón de la materia y del Consejo de Estado u órgano autonómico que corresponda.

El Decreto 77/1994 de 5 de abril, que regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, vigente en el momento de la aprobación inicial del presente procedimiento y por tanto igualmente de aplicación conforme a lo dispuesto en la citada Disposición Transitoria de la Ley 7/2002, atribuye en su artículo 4.3.1 la competencia para esta aprobación al Consejo de Gobierno y la de informe, en el artículo 5.2.15, al Consejero de Obras Públicas y Transportes, si bien esta competencia ha sido delegada en la Directora General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, mediante la Orden de 21 de marzo de 2002, de delegación de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La Ley 8/1993, de 19 de octubre, de creación del Consejo Consultivo de Andalucía, atribuye en su artículo 16.8.d a este Organo la competencia para la emisión de dictamen en este tipo de modificación del planeamiento urbanístico.

En desarrollo de los anteriores preceptos, con fecha 30 de septiembre de 2002 la Directora General de Ordenación del Territorio y Urbanismo informó desfavorablemente esta Modificación; asimismo, con fecha 19 de diciembre de 2002 ha sido emitido Dictamen desfavorable por el Consejo Consultivo de Andalucía.

En virtud de los antecedentes expuestos, teniendo en cuenta el carácter desfavorable de los informes preceptivos y a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de noviembre de 2003,

ACUERDA

Primero. Denegar la aprobación definitiva a la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Rincón de la Victoria (Málaga) en la Unidad de Ejecución R-14.

Segundo. Este Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 29 del Decreto 77/1994 y se notificará al Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (Málaga).

Contra el presente Acuerdo, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución, de conformidad con los arts. 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el supuesto de que opte por no interponer recurso de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de noviembre de 2003

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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