Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 04/02/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 315/2002, de 30 de diciembre, por el que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Turismo y Deporte.

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Mediante el Decreto 22/2002, de 29 de enero, se han formulado los objetivos y contenidos del Plan General de Turismo de Andalucía, concebido por la Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo, como el instrumento legal necesario para realizar una adecuada ordenación de los recursos turísticos de Andalucía. Para garantizar la consecución de las previsiones formuladas en dicho Plan, es necesario contar con una más adecuada estructura de los puestos de trabajo adscritos al área de Turismo, adecuación que se lleva a cabo a través de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo contenida en el presente Decreto. El centro directivo más afectado es la Dirección General de Planificación Turística, donde se produce un incremento de puestos de trabajo en todos los servicios que la componen, así como una modificación en el perfil de varios puestos, para adecuarlos a la índole de las funciones que desempeñan. Especial atención se ha prestado a la Escuela Oficial de Turismo de Andalucía, a la que se dota de una estructura de puestos de trabajo que posibilite el cumplimiento de los fines que tiene encomendados como formadora permanente de especialistas en Turismo.

La modificación de la Relación de Puestos de Trabajo contenida en el presente Decreto afecta también al área de Deporte, donde se refuerzan las estructuras del Instituto Andaluz del Deporte y del Centro Andaluz de Medicina Deportiva, así como de las Delegaciones Provinciales de Turismo y Deporte para adecuarlas a las cargas de trabajo que han de asumir. Finalmente, se acomete también una actualización de los puestos de trabajo adscritos a los servicios generales de la Consejería, especialmente en la Secretaría General Técnica, donde se potencia el área de documentación e información con un incremento importante de puestos de trabajo adscritos a esta función, orientado a la prestación de un servicio de información integral y permanente, tanto hacia los servicios internos de la Consejería, como hacia las instituciones, los especialistas y los usuarios.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General.

Asimismo, en aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo; a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de diciembre de

2002,

D I S P O N G O

Artículo único. Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Turismo y Deporte.

La Relación de Puestos de Trabajo correspondiente a la

Consejería de Turismo y Deporte queda modificada en los términos expresados en el Anexo del presente Decreto.

Disposición adicional primera. Adecuación de efectivos. Por las Consejerías de Justicia y Administración Pública y de Turismo y Deporte se realizarán los trámites necesarios para adecuar los efectivos existentes a las necesidades del

servicio, deducidas de las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo aprobadas mediante este Decreto.

Disposición adicional segunda. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme al procedimiento establecido.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de retrotraer la entrada en vigor de aquellos puestos afectados por el cumplimiento de sentencia judicial firme, con objeto de acomodarlos a los efectos administrativos reconocidos en dichas sentencias.

Sevilla, 30 de diciembre de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

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