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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 190 y siguientes de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados por Decreto 148/1988 de 5 de abril y modificados por Decreto 152/95 de 13 de junio, y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el art. 20 de la Ley Orgánica de Universidades, así como en los citados Estatutos, y previa negociación con los representantes de los funcionarios, el Excelentísimo Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla por el sistema de integración con sujeción a las siguientes BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Características generales de la convocatoria.
1.1. Número de plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla por el sistema de Integración.
1.2. Disposiciones aplicables. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases de la misma, por los Estatutos de la Universidad de Sevilla, por la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y demás disposiciones de aplicación.
1.3. Sistema de selección. El procedimiento de selección de los aspirantes para el ingreso por el sistema de integración será el de concurso-oposición.
A) En la fase de concurso se valorarán exclusivamente los servicios prestados con cargo al Capítulo I de los presupuestos de la Universidad de Sevilla como funcionario de carrera en la Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de esta Universidad.
La valoración de los méritos señalados se realizará otorgando a los aspirantes la puntuación que corresponda según el baremo específico en el Anexo 2 de esta Resolución.
B) En la fase de oposición, los participantes deberán desarrollar los ejercicios que se especifican en el Anexo 2 de esta Resolución, el cual será valorado según los criterios establecidos en el citado Anexo.
1.4. Calificación final. La calificación final de los aspirantes se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en la de oposición, de forma tal que el Tribunal elaborará la relación de seleccionados por orden de puntuación una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.
En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y en el supuesto de que persistiera el mismo, por la puntuación obtenida en el primer ejercicio; de persistir el empate, se preferirá a continuación la puntuación del segundo ejercicio y en último lugar se atenderá al criterio de la antigüedad en la Universidad de Sevilla (sin computar a dichos efectos los límites establecidos en el Anexo 2 de esta convocatoria).
Como último criterio de desempate se atenderá al procedimiento siguiente: ordenación de menor a mayor del número inverso de los DNI de cada uno de los participantes afectados por el empate; sorteo aleatorio de un número de 8 cifras que será el determinante para el inicio de los desempates.
1.5. Calendario. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:
Fase de concurso: Las listas que contengan la valoración de méritos de la fase de concurso se harán públicas antes de la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
Los ejercicios de la fase de oposición, se realizarán no antes del día 1 de abril del 2004. La fecha, hora y lugar de
celebración del mismo se fijarán en la Resolución del Rectorado de la Universidad de Sevilla en la que se apruebe la lista de admitidos y excluidos.
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Requisitos generales. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de
aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido los sesenta y cinco años.
c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes. De conformidad con lo establecido en la Disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984 de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se considera equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
f) Además de los requisitos anteriores, quienes concurran a estas plazas deberán ser funcionarios de la Escala de
Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla o de Organismos autónomos del Ministerio de
Educación y Ciencia, tener destino o haber tenido destino en propiedad en la Universidad de Sevilla y no prestar servicios en otras Universidades.
2.2. Fecha de cumplimiento de los requisitos. Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.
3. Solicitudes.3.1. Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo modelo se reproduce en Anexo 4, que será facilitada gratuitamente en el Registro General de la
Universidad de Sevilla. A la instancia se acompañará una fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, así como certificación expedida por el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla en la que haga constar su situación administrativa al día de
finalización del plazo de solicitudes.
3.2. Centros de recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Sevilla, ubicado en C/ San Fernando núm. de Sevilla o, en su caso, en la forma prevista en el art. 38 de la Ley 30/1992 de
26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOJA.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
3.3. Subsanación de errores. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Relación de admitidos y excluidos. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se especificará el lugar y la fecha de comienzo del ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.
En dichos listados deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del DNI.
4.2. Plazo de subsanación. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días contados a partir del siguiente de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
5. Tribunales.5.1. Composición. El Tribunal calificador de estas pruebas estará formado por el Rector de la Universidad de Sevilla o persona en quien delegue, quien ostentará la
Presidencia del mismo; por cinco funcionarios designados por el Rector, de los cuales dos lo serán a propuesta de las
Organizaciones Sindicales más representativas; un representante de la Secretaría de Estado para la Administración Pública; otro de la Secretaría de Estado de Universidades y otro de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía. Dado el complejo mecanismo de nombramiento de miembros de los Tribunales de Selección previstos en los Estatutos de la Universidad de Sevilla, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real Decreto
364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se expongan las listas de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.
Si al momento de la publicación de la presente Convocatoria estuviesen formalmente en vigor el nuevo Estatuto de la Universidad de Sevilla, la composición del Tribunal vendrá determinada por las disposiciones que al respecto contuviera el nuevo texto.
5.2. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, o si hubieren realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en las
circunstancias previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.
5.3. Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base.2.5.4. Constitución. Previa convocatoria del Presidente, se
constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de 30 días, a partir de su designación, y mínimo de 10 días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal adoptará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5. Sesiones. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6. Actuación del Tribunal durante el proceso. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.
5.7. Asesores. El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad.
Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes en el proceso de desarrollo del ejercicio lo requiera, el Tribunal podrá designar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios.
5.8. Adaptaciones para discapacitados. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de participantes. En este sentido, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por las personas con discapacitación que así lo indiquen en su solicitud de participación, debiendo aportar certificación expedida por los órganos competentes, en el que se acredite el grado de discapacidad.
5.9. Garantía de corrección de ejercicios. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.10. Información a los participantes. A efecto de
comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, núm., teléfonos
954 551 070 ó 1067.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11. Categoría. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 21 de abril).
5.12. Declaración de aprobados. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas
selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo del ejercicio.
6.1. Acreditación de la identidad. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.2. Orden de actuación. El orden de actuación de los
opositores se iniciará, en su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.
6.3. Llamamiento único. Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la
oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.4. Publicación de fechas de ejercicios. La fecha y lugar de realización del primer ejercicio se publicarán junto con relación de admitidos y excluidos.
La fecha y lugar de celebración de los demás ejercicios se publicarán por el Tribunal mediante Anuncio en el Rectorado y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación con al menos 72 horas a la señalada para la iniciación de los mismos.
6.5. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los
requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
7. Relación de aprobados.
7.1. Acuerdo provisional de aprobados. Junto con la
calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará con carácter provisional relación de aprobados, que deberá estar ordenada por orden de puntuación alcanzada e indicación de su Documento Nacional de Identidad y habrá de constar puntuación desglosada de cada uno de los ejercicios celebrados y
valoración de la fase de concurso, en su caso.
Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días naturales para posibles impugnaciones.
7.2. Acuerdo definitivo de aprobados. Finalizado el plazo anterior y resueltas las reclamaciones que puedan presentarse, el Tribunal elevará a definitiva la Relación de Aprobados.
7.3. Publicación relación de aprobados. Finalizado el plazo de recurso que contra el acuerdo definitivo del Tribunal proceda, esta se remitirá al Rector, el cual previa declaración
de conformidad la enviará para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.
8.1. Documentación a presentar. En el plazo de 20 días
naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se publiquen las listas de aprobados en el BOE, los opositores aprobados deberán presentar en la Sección de Selección del PAS y Acción Social de la Universidad de Sevilla, los siguientes documentos:
a) Fotocopia debidamente compulsada del Certificado de Estudios primarios o equivalente, o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.
d) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.
8.2. Exención de justificación. Quienes tuvieran la condición de funcionario de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación para acreditar su condición así como fotocopia compulsada de la titulación exigida, y aquellas circunstancias que obren en su hoja de servicios.
8.3. Anulación de las actuaciones. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4. Nombramientos. Por la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
En el supuesto de que existieran funcionarios interinos ocupando dichas plazas, será revocado su nombramiento.
9. Eliminación de archivos.
Se informa a los participantes en esta Convocatoria que la documentación presentada junto con su solicitud de
participación, en virtud de lo que establece el Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 8 de febrero de 2002 permanecerán en los Archivos del Servicio de PAS durante un año a partir de la firmeza del procedimiento y otro año en el Archivo General de esta Universidad, y que pasados dichos plazos serán eliminados por lo que se recomienda a los interesados, una vez finalizado el procedimiento en curso, procedan a la retirada de los mismos.
10. Norma final.
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, procediendo contra esta Resolución alternativamente:
1.? Recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde su publicación en los tablones de anuncios.
2.? Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses según dispone el artículo 58 de la Ley de Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Utilizada la primera de las vías de recurso citadas, no podrá interponerse por el interesado el recurso contencioso-
administrativo en tanto no sea resuelto expresa o
implícitamente aquél, al amparo de lo dispuesto en el artículo
116.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Sevilla, 6 de noviembre de 2003.- El Rector, Miguel
Florencio Lora.
ANEXO 1
P R O G R A M A
I. Biblioteconomía y Documentación
1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases de bibliotecas.
2. Bibliotecas universitarias. Concepto y función.
3. La Biblioteca de la Universidad de Sevilla.
4. Secciones especiales en las bibliotecas universitarias: mediatecas, fonotecas, hemerotecas cartotecas, videotecas, docimotecas, etc.
5. Planificación, organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias. Normas. Preservación y conservación del fondo documental.
6. Gestión de la colección: selección y adquisición de libros y otros materiales en las bibliotecas universitarias. Criterios, fuentes y métodos para su formación, mantenimiento y
evaluación. Adquisición compartida y cooperativa.
7. Proceso técnico de fondos documentales. Normalización. El formato MARC. Fuentes de la catalogación.
8. Los catálogos. Concepto, evolución y nuevas tendencias. OPACs. La gestión de autoridades. Técnicas de evaluación.
9. La edición de publicaciones periódicas científicas.
Situación y evolución de las revistas científicas. Las revistas electrónicas.
10. Tecnologías y soportes para la publicación electrónica. Medios y servicios de acceso a información y publicaciones periódicas en bibliotecas universitarias.
11. El documento y sus clases. Análisis documental. Indización y resumen.
12. Lenguajes documentales. Principales tipos de clasificación. Encabezamientos de materia, términos, descriptores y thesaurus.
13. Servicios de información y referencia, información
bibliográfica, DSI. Extensión, promoción y marketing de servicios bibliotecarios.
14. La función educativa y las actividades formativas de las bibliotecas universitarias. El bibliotecario como educador. La formación de usuarios.
15. Acceso al documento original. Accesibilidad de los fondos, préstamo, préstamo interbibliotecario y suministro de copias. Técnicas de reproducción de documentos.
16. Planificación estratégica y dirección por objetivos.
17. La gestión de la calidad y la evaluación de los servicios bibliotecarios.
18. Automatización de la actividad y los servicios
bibliotecarios. Los sistemas de gestión integrada de
bibliotecas.
19. Cooperación bibliotecaria. Situación en España.
20. Las normas y directrices para bibliotecas universitarias y científicas de REBIUN. Plan estratégico de REBIUN 2003-2006.
21. La Biblioteca Digital.
22. Las bibliotecas universitarias en el siglo XXI: los centros de recursos para el aprendizaje y la investigación.
23. La Universidad en España y el sistema español de ciencia y tecnología. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior.
II. Recursos de información y nuevas tecnologías
1. Definición y objetivos de la bibliografía. Evolución histórica y estado actual.
2. Recursos de información de carácter general. Clases de bases de datos documentales. Catálogos de bibliotecas, catálogos de colectivos, bibliografías nacionales y comerciales, repertorios de publicaciones periódicas, etc.
3. Recursos de información en Ciencias Sociales.
4. Recursos de información en Humanidades.
5. Recursos de información en Ciencias y Tecnología.
6. Recursos de información en Biomedicina.
7. Las nuevas tecnologías de la información y su aplicación a los servicios bibliotecarios.
8. Programas y sistemas de gestión de base de datos. Estructura de los datos y organización en sistemas de almacenamiento. Modelos y tipos de programas gestores de bases de datos.
9. Nociones generales de Teleinformática. Protocolos de comunicaciones.
10. Redes informáticas de campus y servicios informáticos a la comunidad universitaria. Internet en las Universidades. Las tecnologías al servicio de la enseñanza superior.
11. Internet. Motores de búsqueda y directorios de recursos en Internet. Lenguajes y utilidades para edición y publicación de documentos en Internet.
12. Aplicación de servicios en Internet en las bibliotecas universitarias. Búsquedas de información en la red. Edición de información y distribución de servicios. Otros usos de Internet en bibliotecas.
ANEXO 2
VALORACION DE MERITOS, EJERCICIO Y CALIFICACION
DEL MISMO
Valoración de méritos.
En la fase de concurso se considerarán como méritos
exclusivamente el haber prestado servicios en la Universidad de Sevilla como funcionario de carrera en la Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de organismos autónomos o de la Universidad de Sevilla o como funcionario interino en dicha escala, valorándose los mismos a razón de 0,30 puntos por cada mes completo de trabajo, hasta un máximo de 11 puntos. A tal efecto sólo se valorarán los servicios prestados en los cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo de solicitudes. La puntuación de esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio: El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, a un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas de los dos grupos de materias que integran el programa que figura en el Anexo 1 de esta Resolución, siendo una sola de ellas la correcta.
El segundo ejercicio consistirá en la redacción de los asientos bibliográficos, con clasificación decimal universal y
asignación de encabezamiento de materias, de cuatro impresos modernos, dos en castellano, una en inglés y otro en francés, así como en la redacción de la ficha catalográfica de un documento de los siglos XVII a XIX.
Los opositores podrán utilizar las vigentes "Reglas de
Catalogación", las ISBD, las tablas de la CDU y las listas de encabezamiento de materias existentes. También podrán utilizar diccionarios de francés e inglés.
Para la realización de este ejercicio, los opositores
trabajarán sobre fotocopias, pudiendo consultar los originales en la Mesa del Tribunal.
El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de cuatro horas.
Valoración de los ejercicios.
El primer ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
El segundo ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
ANEXO 3
DECLARACION JURADA
Don/Doña ,
con domicilio en
y DNI núm.
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala
de la Universidad de Sevilla, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Ena ..... dede 2003.
ANEXO 4
UNIVERSIDAD DE SEVILLA
SOLICITUD DE PARTICIPACION EN CONVOCATORIAS PARA CUBRIR PLAZAS DE PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO
- Se recomienda la lectura atenta de las bases de la
Convocatoria. Recuerde que dichas bases son las que contienen la información válida que a usted le interesa; estas
instrucciones sólo tienen el valor aclarativo e informativo.
- Cualquier duda que tenga al respecto de la convocatoria podrá consultarla en la Sección de Selección de Personal de
Administración y Servicios y Acción Social (Rectorado).
- Esta solicitud habrá de ser presentada, una vez abonados los derechos de examen, en su caso, en el Registro General de la Universidad de Sevilla (C/ San Fernando, núm.).
- Para rellenar el impreso:
1. Escriba a máquina o con bolígrafo sobre superficie dura utilizando letras mayúsculas.
2. No doble el papel ni realice correcciones, enmiendas o tachaduras.
3. Sobre los siguientes apartados, tenga en cuenta:
Código: Indique el Código de la plaza o Escala solicitada que consta en las bases de la Convocatoria.
Minusválido: Indique si lo es o no y en su caso, grado.
Derechos de examen: Indique el importe abonado.
4A, 4B, 4C: Sólo indique la información requerida en
convocatoria, cuando ésta lo exija.
Antes de presentar esta solicitud, por favor, verifique:
- Si la ha firmado.
- Si ha abonado los derechos de examen (en caso que
sea exigible).
- Si aporta fotocopias del DNI.
- Si ha completado todos los datos exigibles.
- Si aporta la documentación exigida (en su caso).
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