Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 01/12/2003

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Huelva, notificando Propuesta, Resolución y Liquidación, formuladas en el expediente sancionador incoado que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación de la Propuesta, Resolución y Liquidación formuladas en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26.11.92, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, se publica el presente, para que sirva de notificación del mismo; significándole que en el plazo de un mes, queda de manifiesto el expediente, en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación del Gobierno, C/ Sanlúcar de Barrameda, 3, de Huelva; pudiendo formular recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación. Le comunico que el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en período voluntario a partir del día siguiente a la fecha en que esta resolución adquiera firmeza en vía administrativa. La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la fecha de la notificación de la presente resolución, sin que haya sido interpuesto contra la misma el recurso de alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior. En cuyo caso el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en los plazos siguientes:

Las que sean firmes entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha en que adquiere firmeza hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Las que sean firmes entre los días 16 y último de cada mes, desde que adquieran firmeza hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

En el supuesto de que se interponga recurso de alzada, el plazo para el pago en período voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de la resolución recaída en el mencionado recurso, con los siguientes plazos:

Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día

5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la Caja General de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de Huelva o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso normalizado 046 que se adjunta.

Con apercibimiento que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio.

Expediente H-41/03-MR.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Inversiones Sierramatic, S.L. Paseo de los Boliches, núm. 19. Arcos de la Frontera (Cádiz).

Hechos probados: El día 9 de mayo de 2003 se encontraba instalada y en funcionamiento, en el establecimiento denominado Bar Residencial Sevilla, sito en la urbanización Residencial Sevilla de Matalascañas (Almonte), la máquina recreativa tipo B, modelo Supersevens, serie 01-0092, careciendo de autorización de explotación, boletín de instalación, chapa identificativa y xerigrafiados en los vidrios.

A pesar de ello, a la vista de las marcas de fábrica de la carcasa pudo comprobarse mediante el examen en el sistema Sisjuep de esta Delegación del Gobierno y la documentación recabada expresamente a la Delegación del Gobierno de Cádiz que dicha máquina recreativa pertenece a la empresa Inversiones Sierramatic, S.L. y que la misma dispuso de la matrícula CA-

014303. Según dicho sistema de control y la documentación obrante facilitada se produjo la baja definitiva de la máquina recreativa Cirsa Supersevens con núm. de guía 1521246 a petición de dicha empresa por canje el 28 de enero de 2003 por la máquina recreativa Santa Fe Lotto con núm. de guía 1631351. Figura al expediente compromiso de desguace de dicha máquina recreativa con fecha 15 de enero de 2003.

Infracción: Artículo 25.4 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, en relación con los arts. 26 y 29 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por Decreto 491/96, de 19 de noviembre.

Tipificación: Art. 29 de la Ley citada.

Sanción: Una multa de 6.000 euros, por la infracción grave observada.

Huelva, 12 de noviembre de 2003.- El Delegado del Gobierno, Juan José López Garzón.

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