Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 09/12/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 24 de noviembre de 2003, por la que se delega la competencia de aprobación de proyectos relativos a obras de infraestructura y superestructura de la línea 1 Interurbana-Metro de Sevilla, en el titular de la Dirección General de Transportes.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Decreto 30/1982, de 22 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias en materia de transportes por la Junta de Andalucía, atribuye al titular de la entonces Consejería de Política Territorial e Infraestructura y en relación con el Plan de la Red para el Ferrocarril Metropolitano de Sevilla, aprobado por la Ley 37/1975, de 31 de octubre, la aprobación de los proyectos relativos a las obras de infraestructura y, en su caso, superestructura de la Red.

De acuerdo con la atribución de la citada competencia y con la finalidad de hacer efectivos los principios constitucionales de desconcentración y eficacia administrativa, se estima conveniente la delegación por el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el titular de la Dirección General de Transportes de la referida competencia.

En este sentido, el artículo 47.1 de la Ley 6/1983, de 21 de junio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establecen, con carácter general, la posible delegación de competencias por parte de sus titulares en órganos administrativos, sean o no jerárquicamente dependientes.

En su virtud, y en el ejercicio de las facultades legalmente atribuidas

D I S P O N G O

Artículo 1. Delegación de competencias en el titular de la Dirección General de Transportes.

Se delegan en el titular de la Dirección General de Transportes de la Consejería de Obras Públicas y Transportes las competencias que tengo atribuidas por el artículo 3.? 2, párra

fos c) y d), del Decreto 30/1982, de 22 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias en materia de transportes por la Junta de Andalucía, respecto de la aprobación de los proyectos de obras de infraestructura y superestructura de la línea 1 Interurbana-Metro de Sevilla, conforme al Anteproyecto anteriormente aprobado y al contrato de concesión otorgado.

Artículo 2. Avocación de competencias.

La titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá, en cualquier momento, avocar para sí el conocimiento de cualquier asunto objeto de delegación en la presente Orden, sin perjuicio de la revocación o modificación de ésta.

Artículo 3. Constancia de la delegación.

En los actos o resoluciones que se adopten en el ejercicio de las competencias delegadas en la presente Orden deberá constar expresamente tal circunstancia, y se considerarán dictados por el órgano delegante.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de noviembre de 2003

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

Descargar PDF