Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 09/12/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE CORIA DEL RIO

ANUNCIO de bases.

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Don José Vicente Franco Palencia, Alcalde-Presidente hace saber que aprobadas, por la Comisión de Gobierno Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2003, las bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de Policía Local, vacantes en la Plantilla de Funcionarios de Carrera de este Ayuntamiento e incluida en la Oferta de Empleo Público de 2003, se publica la convocatoria, para conocimiento general, que habrá de regirse con arreglo a las siguientes:

BASES PARA LA PROVISION, MEDIANTE MOVILIDAD SIN ASCENSO, DE DOS PLAZAS DE POLICIA LOCAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTA CORPORACION, PERTENECIENTE A LA OFERTA PUBLICA DE EMPLEO DEL AÑO 2003

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de dos plazas de la escala básica, clase Policía Local, categoría de Policía , del Cuerpo de la Policía Local de Coria del Río vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, mediante movilidad sin ascenso, en virtud del artículo 45 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

Dichas plazas pertenecen a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, categoría Policía, incluidas en la Oferta de Empleo Público para 2003.

Las plazas citadas se encuadran en el grupo C del art. de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, sólo a efectos retributivos, en los términos previstos en la Disposición Transitoria Primera de la mencionada Ley de Coordinación de las Policías Locales.

2. Legislación aplicable.

Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley

13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, Orden de 14 de noviembre de 2000, de la Consejería de Gobernación, modificada parcialmente por Orden de 14 de febrero de 2002, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

3. Proceso selectivo.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y 45 de Ley

13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, y Orden de 14 de febrero de 2002, la presente convocatoria se reserva a movilidad sin ascenso estableciéndose como sistema de selección el de concurso de méritos.

4. Requisitos de los aspirantes.

A) Ser miembro de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía con una antig?edad mínima de cinco años en la categoría de Policía Local.

B) Faltar más de diez años para el cumplimiento de la edad que determine el pase a la situación de segunda actividad.

C) Abono de los derechos de examen.

5. Instancias.Los aspirantes deberán adjuntar a su instancia, fotocopia compulsada del DNI así como los títulos y documentos acreditativos de los méritos para hacerlos valer en el concurso mediante presentación de títulos originales o copias

autentificadas legalmente, no teniéndose en cuenta los

presentados u obtenidos una vez concluido el plazo de

presentación de instancias. En el proceso de valoración podrá recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la aclaración de los méritos alegados, con los límites establecidos anteriormente.

El modelo de instancia figura como anexo a estas bases.

Dichas instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, desde las 8,30 a las 14,30 horas, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el extracto de la

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

De esta convocatoria se dará publicidad íntegra mediante la publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla", "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Las instancias también podrán ser presentadas en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber abonado en la Caja Municipal o en la cuenta corriente núm. 0182.0417.24.0010500015 del Ayuntamiento de Coria del Río, en la Oficina número 0417 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, los derechos de examen, cuya cuantía queda determinada en 30 euros. El importe de estos derechos de examen sólo será devuelto en caso de ser excluidos del concurso.

6. Admisión de candidatos.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se concederá el plazo de 10 días de subsanación para los

aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora de constitución del Tribunal Calificador y su composición. De no formularse alegaciones dicha lista se entenderá aprobada definitivamente, en caso contrario, se dictará nueva resolución resolviendo motivadamente dichas alegaciones y que será notificada en forma.

7. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador del concurso de méritos estará

compuesto por los siguientes miembros:

- Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

- Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz y sin voto.

- Vocales, serán seis:

- Un representante de la Junta de Andalucía, designado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

- Dos Concejales de la Corporación.

- Dos funcionarios de carrera del Ayuntamiento.

- Un representante a propuesta de los Delegados de Personal de los Funcionarios.

Los vocales del Tribunal deberán tener igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

El nombramiento y composición del Tribunal será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia de cuatro Vocales y el Presidente.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, velar por el buen desarrollo del mismo, comprobar los méritos alegados y aplicar el baremo correspondiente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos del art. 28.2 de la Ley 30/92 ya mencionada.

Las resoluciones del Tribunal serán recurribles en alzada ante el señor Alcalde de conformidad con los artículos 107.1, 114 y

115 de la Ley 30/1992.

8. Proceso selectivo.

El proceso selectivo consistirá en un concurso de méritos que versará sobre la comprobación y valoración conforme a un baremo para calificar los méritos alegados y justificados por los aspirantes, en el que se tendrá en cuenta las titulaciones académicas, la antig?edad, la formación y la docencia, las ponencias y publicaciones y otros méritos (obtención de Medallas al Mérito y felicitaciones).

El baremo a que se hace referencia en el apartado anterior, es el previsto en la Orden de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía de 14 de febrero de 2002 (BOJA núm., de 21 de marzo de 2002) por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía.

La calificación del concurso vendrá dada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los apartados de la misma.

El Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la

Corporación, la relación de los candidatos por orden de puntuación resultante de la baremación de méritos realizada y remitirá su propuesta de nombramiento a la Alcaldía de los dos aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación.

9. Presentación de documentos.

1. Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos, si no fueron presentados con la

instancia de participación:

a) Certificado expedido por la Administración de origen acreditativo de que en su expediente personal obran

declaraciones afirmativas referentes a los compromisos de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo y de conducir vehículos policiales.

b) Certificación, expedida por el Secretario General de la Corporación de origen acreditativa del requisito exigido en la base 4 A.

c) Declaración de no estar incurso en causa de incompatibilidad conforme a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de

Incompatibilidades del Personal al Servicio de las

Administraciones Públicas o, en su caso, ejercer el derecho de opción previsto en dicha ley.

2. Si dentro del plazo indicado los aspirantes propuestos no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios de esta

Corporación y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. En este caso el Sr. Alcalde, sin necesidad de una nueva propuesta del Tribunal, resolverá el nombramiento a favor del aspirante que figure en el puesto inmediato inferior en el orden de calificación.

10. Nombramiento y toma de posesión.

1. Los candidatos propuestos por el Tribunal una vez

presentados los documentos de la base 9, serán nombrados, mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia, funcionarios de carrera en el Cuerpo de la Policía Local de Coria del Río, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de treinta días, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

2. El escalafonamiento como funcionario de carrera en la categoría correspondiente, se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida en la fase de concurso de méritos.

11. Publicidad en la página web municipal.

Los anuncios que se generen durante el presente proceso selectivo serán publicados, de ser técnicamente posible, y

como medio de información adicional no preceptiva, en la página web municipal www.ayto-coriadelrio.es (icono Datos Grles.- Bandos y anuncios).

12. Impugnación de las bases.

Contra las presentes bases podrá interponerse recurso

potestativo de reposición ante la Comisión de Gobierno

Municipal en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Junta de Andalucía o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, todo ello de conformidad con los artículos 109.C), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

A N E X O

Modelo de instancia

Don/Doña,

con DNI núm., domicilio en C/Avda.,

, de,

provincia de, C.P.,

y teléfono....................

E X P O N E

Que estando interesado/a en tomar parte en la convocatoria de ese Ayuntamiento para la provisión mediante movilidad sin ascenso, de dos plazas de Policía Local, vacantes en la plantilla de funcionarios de esta Corporación, pertenecientes a la oferta pública de empleo del año 2003.

DECLARO BAJO JURAMENTO/PROMETO que reúno los requisitos exigidos en la Base 4 A de la convocatoria.

Se adjunta resguardo justificativo de haber abonado en forma los derechos de examen por importe de 30 euros, fotocopia compulsada del DNI y documentos justificativos de la fase de concurso.

Por todo lo expuesto SOLICITA:

Se tenga por presentada esta solicitud en tiempo y forma a los efectos de ser admitido/a en la citada convocatoria.

En, a ..... de de 200 ...

Firma

Coria del Río, 10 de noviembre de 2003.- El AlcaldePresidente, José Vicente Franco Palencia.

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