Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 15/12/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 1 de diciembre de 2003, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se notifican y hacen públicas las subvenciones concedidas a empresas que desarrollan su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres durante el año 2003.

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De acuerdo con lo prevenido en el apartado 5 del art. de la Orden de la Consejería de la Presidencia de 16 de abril de 2003 (BOJA núm. 82, de 2 de mayo), por la que se establecen el procedimiento y las bases reguladoras aplicables a la concesión de subvenciones por este Instituto a empresas que desarrollan su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres; y para los efectos de conocimiento general previstos en el art. de la Ley 5/1983, de

19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se notifica a las empresas interesadas que han participado en su convocatoria para este ejercicio (llevada a cabo por la Disposición Adicional Unica de la propia Orden citada) y se hace público que, a propuesta de la Comisión de Selección prevista en dicha Orden reguladora, se ha resuelto conceder las subvenciones relacionadas en el Anexo, en el cual se indican las entidades beneficiarias, la valoración obtenida por sus proyectos de acción positiva, el objeto de las subvenciones concedidas, la cuantía de las mismas, los gastos subvencionados, el presupuesto que se acepta en cada caso y el porcentaje del mismo que se financia (el plazo de ejecución de la actividad subvencionada, la fecha de inicio del cómputo del mismo, la forma y secuencia del pago, los requisitos exigidos para su abono, las condiciones impuestas a las beneficiarias y el plazo y la forma de justificación de los gastos se harán constar en las notificaciones que de forma individualizada les serán remitidas).

Al propio tiempo, se notifica que han sido desestimadas las solicitudes que no se mencionan en dicho Anexo.

Contra la Resolución adoptada, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Instituto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de inicio de cómputo anteriormente indicada (si se opta por el recurso de reposición no podrá interponerse el contencioso-administrativo hasta que aquél no sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta).

Sevilla, 1 de diciembre de 2003.- La Directora, Teresa Jiménez Vílchez.

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