Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 16/12/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 2 de diciembre de 2003, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se acuerda la publicación de las subvenciones concedidas para la organización de actividades de deporte para todos y competiciones deportivas oficiales que no excedan del ámbito estatal, así como para la participación de los clubes deportivos en campeonatos oficiales de cualquier ámbito correspondientes al año 2003.

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La Orden 17 de enero de 2003 (BOJA núm. 27 de fecha 10 de febrero de 2003) establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales, clubes deportivos y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro, habiéndose procedido a la convocatoria de las mencionadas ayudas para el ejercicio de 2003 en la misma.

Vistas las solicitudes presentadas y resueltos los expedientes incoados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 18 de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2003 y en el artículo 7 de la Orden de 17 de enero de 2003 de la Consejería de Turismo y Deporte, se publican como Anexo a la presente Resolución las subvenciones concedidas a entidades locales, clubes deportivos y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes:

0.1.09.00.01.14. 460.00.46B.9

0.1.09.00.02.14. 460.00.46B.8

0.1.09.00.01.14. 486.00.46B.2

0.1.09.00.02.14. 486.00.46B.1

Se desestiman aquellas solicitudes que no figuren en el Anexo, quedando, en todo caso, acreditado en los expedientes los fundamentos de las correspondientes resoluciones. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante este Organo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Córdoba, 2 de diciembre de 2003.- El Delegado, Antonio Jurado López.

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