Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 19/12/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 1 de diciembre de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo núm. 2488/97, interpuesto por don Juan Antonio Montes Hurtado, en nombre y representación del Comité de Empresa de Azucareras Reunidas de Jaén, SA.

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De Orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada con fecha 16 de junio de 2003, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo número 2488/97, interpuesto por don Juan Antonio Montes Hurtado, en nombre y representación del Comité de Empresa de Azucareras Reunidas de Jaén, S.A.

F A L L O

Estima el recurso contencioso-administrativo que don Juan Antonio Montes Hurtado, Abogado, en nombre y representación del Comité de Empresa de la Sociedad "Azucareras Reunidas de Jaén, S.A.", interpuso el 20 de junio de 1997 contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía de

23 de abril de 1997, expediente 5/97, que desestimó el recurso ordinario promovido contra la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Jaén de

16 de enero de 1997, expediente de regulación de empleo 2/97, que autorizó la solicitud de autorización de suspensión de las relaciones jurídico laborales de los trabajadores fijos discontinuos temporales de la relación anexa, con efectos del 3 de enero de 1997 y durante veinte días hábiles, por causa de fuerza mayor con exoneración del pago de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores afectados, cuyos actos administrativos anulamos por no parecer conforme a derecho.

Sevilla, 1 de diciembre de 2003.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.

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