Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 246 de 23/12/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 2 de diciembre de 2003, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acuerda la exención de la obligación de mantener los puestos de trabajo de Secretario General, Interventor General y Tesorero del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz.

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El Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz, de conformidad con lo acordado en la sesión constitutiva de la Junta General del Consorcio celebrada el día

17 de febrero de 2003, ha solicitado de esta Dirección General de la Función Pública la exención de la obligación de mantener los puestos de trabajo de Secretario General, Interventor General y Tesorero, y la acumulación de sus funciones a los funcionarios con habilitación de carácter nacional que ostentan dichos cargos en el Ayuntamiento de Cádiz.

Se fundamenta la anterior solicitud en que, conforme con la Disposición Transitoria de sus Estatutos, en el momento de la constitución del Consorcio no resulta conveniente la creación formal de los puestos de Secretario General, Interventor General y Tesorero, siendo el posterior funcionamiento del Consorcio de donde se deduzca la necesidad de creación y clasificación de los citados puestos.

Con este fin, se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 4 y 31 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio,

2 del Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio y Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo y demás normativa aplicable.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía de Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía, competencia exclusiva en materia de Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, el artículo 11.1.e) del Decreto

139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto 121/2002, de 9 de abril, he tenido a bien disponer:

Artículo único.

Primero. Se acuerda la exención de la obligación de mantener los puestos de trabajo de Secretario General, Interventor General y Tesorero del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz.

Segundo. Se autoriza la acumulación de las funciones de los puestos de Secretaría General, Intervención General y Tesorería del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz, a los funcionarios con habilitación de carácter nacional que ostenten dichos cargos en el Ayuntamiento de Cádiz, hasta tanto se acuerde la creación y clasificación de los citados puestos.

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 2 de diciembre de 2003.- El Director, José

Taboada Castiñeiras.

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