Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 10/02/2003

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Consejería de Agricultura y Pesca

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Jaén, por el que se notifica la Orden de 26 de septiembre de 2002, por la que se resuelve el expediente sancionador SA-36/02, incoado a Roti Nutrición, SL.

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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica a la entidad Roti Nutrición, S.L., la resolución cuyo texto íntegro es del siguiente tenor literal:

«Visto el expediente sancionador instruido por la Delegación Provincial de esta Consejería en Jaén con el núm. SA-36/2002, contra la entidad Roti Nutrición, S.L., con domicilio en C/ Juan de Juanes, núm. 6, de Móstoles (Madrid), por presunta infracción a la normativa vigente en materia de medicamentos veterinarios, resuelvo con la decisión que figura al final que trae causa de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º Con fecha 7 de mayo de 2002, el Delegado Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca en Jaén acordó iniciar procedimiento sancionador núm. SA-36/2002 por los siguientes hechos:

Como consecuencia de las actuaciones practicadas los días 29 de noviembre y 4 de diciembre de 2000 por la Inspección Veterinaria de la Delegación Provincial de Jaén en la finca denominada «Graveras¯, del término municipal de Segura de la Sierra, se puso de manifiesto que la empresa Roti Nutrición, S.L., suministró a la explotación ganadera Ganados de Asyn, S.L., según facturas núms. 170 y 218, de fechas 29 de agosto y

10 de noviembre de 2000, los productos medicamentosos que a continuación se indican:

- Doxitos (en factura Doxicilina MB).

- Fórmula 253.

Según informe de la Subdirección General de Medicamentos de Uso Veterinario, de fecha 13 de diciembre de 2000, estos productos carecían de la preceptiva autorización sanitaria.

2.º Dicho acuerdo fue debidamente notificado al interesado con fecha 14 de mayo de 2002 sin que conste que haya presentado escrito de alegaciones.

3.º El órgano instructor del expediente emite el 8 de julio de 2002 Propuesta de Resolución, considerando que los hechos motivadores de la incoación del presente expediente son constitutivos de una infracción administrativa prevista en los artículos 44 y 108.2.c) de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, en conexión con los artículos 13.1 y 108.2.c)

1.ª y 2.ª del Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, teniendo la calificación jurídica de muy grave, según lo dispuesto en el artículo 108.2.c) de la citada Ley/1990.

4.º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento que regula la Potestad Sancionadora, con fecha 18 de julio de 2002 fue notificada la Propuesta de Resolución al interesado, sin que conste que haya presentado alegaciones.

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero. Es competente para resolver el presente expediente sancionador el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca, en virtud de lo dispuesto en el art. 2.2.c) del Decreto 141/1997, de 20 de mayo, por el que se atribuyen competencias en materia sancionadora a determinados órganos de la Consejería, en relación con el Decreto 178/2000, de 23 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Segundo. El expediente se ha tramitado conforme con lo

establecido en el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, antes citado, y a efectos del plazo para su tramitación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantías

procedimentales para los ciudadanos.

Tercero. Los hechos indicados, ciertos y probados, no

desvirtuados por el interesado, son constitutivos de una infracción administrativa prevista en los artículos 44 y

108.2.c) de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del

Medicamento, en conexión con los artículos 13.1 y 108.2.c) 1.ª y 2.ª del Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, teniendo la calificación jurídica de muy grave, según lo dispuesto en el artículo 108.2.c) de la citada Ley 25/1990.

De la mencionada infracción se considera responsable a Roti Nutrición, S.L., y por la que se le puede imponer una sanción de 15.026 euros.

En virtud de cuanto antecede y de conformidad con establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común; el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, y demás normas concordantes, complementarias y de general aplicación, esta Dirección General resuelve:

Sancionar a la entidad Roti Nutrición, S.L., con multa por importe de 15.026 euros, como responsable de infracción a la normativa vigente en materia de medicamentos veterinarios.

Notifíquese la presente Orden al interesado en legal forma, con indicación de que contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este Orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El Consejero de Agricultura y Pesca. Fdo.: Paulino Plata Cánovas.¯

Jaén, 15 de noviembre de 2002.- El Delegado, José Castro Zafra.

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