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La Resolución de 24.1.02, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, aprobó el Plan de Pesca para la ordenación de la modalidad de cerco en aguas interiores del caladero Mediterráneo de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año
2002. Dicho Plan contemplaba una serie de medidas a llevar a cabo durante el año 2002, con la posibilidad de prórroga del Plan dentro los límites establecidos en el artículo 34.2 de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 26 de julio de
2000.
La Comisión de Seguimiento del Plan, en su reunión del día
17.12.02, constató los buenos resultados de las medidas llevadas a cabo, así como de las que aún se están realizando, por lo que por votación unánime, se acordó hacer uso de la posibilidad de prórroga para el año 2003.
Por todo lo anterior, a propuesta del sector pesquero dedicado a la pesca de cerco, y en virtud de las facultades que me confiere la Orden de 26 de julio de 2000,
RESUELVO
Primero. Se prorroga el Plan para la ordenación de la modalidad de cerco en aguas interiores del caladero Mediterráneo de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año
2003.
Segundo. De acuerdo con lo establecido en el punto A.2 del citado Plan, queda prohibida la pesca con el arte de cerco en aguas interiores del litoral mediterráneo de Andalucía, excepto para las embarcaciones que cuenten con autorización para la pesca de cebo vivo:
- En la provincia de Almería, de 1 de febrero a 31 de marzo de 2003.
- En las provincias de Granada, Málaga y litoral mediterráneo de la provincia de Cádiz, de 1 de marzo a 30 de abril del mismo año.
Tercero. El importe de las ayudas se ajustará a los límites establecidos en la Orden de 26 de julio de 2000 de la Consejería de Agricultura y Pesca.
Sevilla, 18 de diciembre de 2002.- La Directora General, M.ª Dolores Atienza Mantero.
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