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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente Riloma, SL de la resolución adoptada por el Consejero de Gobernación al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado de Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro:
Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva núm. 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.
«Visto el recurso de alzada interpuesto por don Oskar Rivar Orcera, en nombre y representación de la entidad Riloma, SL contra la Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, de fecha 26 de julio de 2001, recaída en el expediente CSM 138/01.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla dictó la Resolución de referencia, por la que se impone a la citada entidad una sanción de 500.000 ptas. (3.005,53 euros) de conformidad con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho contenidos en la misma, a la que nos remitimos íntegramente.
Segundo. Contra la anterior resolución el interesado interpuso recurso de alzada, alegando lo que a su derecho convino.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Consejero realizada por la Orden de fecha 18 de junio de 2001, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y
39.8 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 138/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Gobernación, modificado por Decreto 373/2000, de 16 de mayo.
Segundo. El artículo 115.1 de la LRJAP-PAC, da como plazo para la interposición de recurso de alzada contra las resoluciones administrativas el de un mes a partir, según su artículo 48.2, del día siguiente al de su notificación. A la vista de la fecha de la notificación de la resolución (8 de agosto de 2001) y de la de interposición del recurso de alzada (5 de octubre), éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene firme la resolución recurrida. Vistos la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios; la Ley 5/1985, de 8 de julio, de los Consumidores y Usuarios en Andalucía; el RD 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones concordantes y de general aplicación, esta Secretaría General Técnica
R E S U E L V E
No admitir el recurso de alzada interpuesto por don Oskar Rivas Orcera, en nombre y representación de la entidad Riloma, SL contra Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, y en consecuencia mantener la misma en sus propios términos.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-
administrativa. Sevilla, 30 de octubre de 2002.- El Secretario General Técnico. Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos.¯
Sevilla, 16 de diciembre de 2002.- El Secretario General Técnico, Rafael Cantueso Burguillos.
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