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Vistas las solicitudes presentadas por el referido personal, relativas a la modalidad «Médica, Protésica y Odontológica¯, correspondientes a las ayudas con cargo al fondo de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que establece la Orden de fecha 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), mediante el Reglamento de las citadas ayudas, tienen lugar los siguientes
H E C H O S
Primero. Que el artículo 3.2 en relación con el artículo 1 de la mencionada Orden establece que la modalidad de ayuda «Médica, Protésica y Odontológica¯ tendrá el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio.
Segundo. Que en la sección 1.ª del Capítulo II de la repetida Orden se regula específicamente cuanto se refiere a la expresada modalidad de ayuda «Médica, Protésica y Odontológica¯.
Tercero. Que todas las solicitudes presentadas y aprobadas, y que mediante esta resolución se publican, reúnen los requisitos fijados reglamentariamente para su concesión.
Cuarto. Que en caso de las solicitudes presentadas y excluidas, y que asimismo mediante esta Resolución se publican, no quedan acreditados los requisitos fijados reglamentariamente.
A tales Hechos resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. El artículo 11.6 de la Orden de fecha 18 de abril de 2001, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, mediante la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social, establece que la competencia para gestionar y resolver las solicitudes de la ayuda «Médica, Protésica y Odontológica¯, presentadas por el personal destinado en los servicios periféricos, la tienen delegada los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública.
II. El artículo 3.2 del citado Reglamento establece el carácter de la actividad continua a lo largo de cada ejercicio para esta modalidad de ayuda.
III. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la misma Orden, reguladora del procedimiento de Resolución y adjudicación de estas ayudas, la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 11 de febrero de 2002, fija las cantidades de tales ayudas para el ejercicio 2002.
Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial
R E S U E L V E
Publicar los listados del personal admitido y excluido de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2002, en la modalidad de «Médica, Protésica y Odontológica¯, con indicación de las causas de exclusión, así como las cantidades concedidas, en su caso, que a tales efectos quedarán expuestos en la Delegación Provincial de la Consejería de Justicia y Administración Pública de Huelva.
Las solicitudes a que se refiere esta Resolución son las correspondientes a personal de servicios periféricos en la provincia de Huelva, y que han tenido entrada con toda la documentación requerida en el periodo del 1 de julio al 31 de julio de 2002, con las siguientes excepciones, que exceden del ámbito de este acto y para las que se procederá a su
notificación de forma personal:
Expediente Interesado
725/2/21 Cordero Gómez, Antonio Alejandro
732/2/21 Lozano Sánchez, Juan Manuel
643/2/21 Castilla Navas, M.ª Dolores
636/2/21 Maestre León, Concepción
709/2/21 Sánchez Barranco, Aurelio Jesús
644/2/21 Acevedo Rodríguez, M.ª Jesús
652/2/21 Guerrero Morales, M.ª Carmen
684/2/21 Cano Pérez, Rocío
730/2/21 Fernández Jara, Carmen
718/2/21 García Delgado, José Jaime
680/2/21 González Borrego, Manuel Jesús
675/2/21 Pérez Gragera, Juan Antonio
608/2/21 Luardo Robles, Manuela
Contra lo establecido en la presente Resolución, el personal funcionario y no laboral podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; y el personal laboral, podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Huelva, 16 de diciembre de 2002.- El Delegado, Manuel Bago Pancorbo.
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