Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 14/02/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, por el que se somete a información pública el procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, categoría Monumento, a favor de la Iglesia Parroquial de San Miguel Arcángel de Cumbres Mayores (Huelva).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Encontrándose en tramitación el procedimiento de Declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de la Iglesia Parroquial de San Miguel Arcángel de Cumbres Mayores (Huelva), y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, de conformidad con los artículos 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; 13.1 de su Reglamento de desarrollo, Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y apartado 13.2 de la Resolución de 1 de junio de

1999 de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico (BOJA núm. 73, de 26 de junio), se anuncia la apertura de período de información pública del expediente por plazo de veinte días. A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por el plazo indicado, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo, puedan en el citado plazo examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes. El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura, Departamento de Protección e Instituciones del Patrimonio Histórico, Avda. de Alemania,, de Huelva, de nueve a catorce horas.

Huelva, 5 de diciembre de 2002.- La Delegada, Guadalupe Ruiz Herrador.

A N E X O

JUSTIFICACION DE LA DECLARACION

La declaración como Bien de Interés Cultural de la Iglesia Parroquial de San Miguel Arcángel de Cumbres Mayores (Huelva) se justifica en la consideración de una serie de valores de diversa índole, que a partir de este momento pasamos a detallar.

En primer lugar, por ser uno de los templos de tipo gótico con bóvedas nervadas, más claro y representativo de la Sierra onubense. Todo el conjunto queda resaltado por las modificaciones realizadas tanto en el interior como en su exterior, incluida la torre, llevadas a cabo durante el siglo XVIII.

En segundo lugar, la conservación y protección que se solicita para este inmueble no debe considerarse de forma aislada, pues la parroquia se encuentra entre el Castillo de Sancho IV y la Plaza de Toros de Cumbres, alcanzando el conjunto interesantes valores arquitectónicos. Es un entorno de gran fuerza y belleza que se debe preservar.

Se aconseja contar con los medios legales necesarios para resguardar tanto el edificio en sí como el conjunto urbanístico donde se encuentra situado, de cualquier alteración que destruya este espacio.

Si el valor arquitectónico alcanza valores importantes, no lo son menos algunos de los bienes muebles -de especial interés son las piezas de platería americana del siglo XVIII que se guardan en su interior.

Así, el legado americano más completo de piezas de platería que custodia actualmente la Diócesis de Huelva se encuentra en la villa serrana de Cumbres Mayores. Varias son las circunstancias que han propiciado su conservación, aunque dos sobresalen por encima de las demás: La estratégica situación geográfica del lugar, enclavado en uno de los parajes naturales más bellos e inaccesibles de la provincia, distanciado de las rutas habituales de tránsito y con difíciles accesos hasta hace poco tiempo, y la cultura de sus habitantes en la pasada guerra civil, que impidieron la destrucción de las obras suntuarias del templo parroquial.

De gran interés es también el retablo mayor atribuido al tallista José García, cuyo costo alcanzó la cifra de 12.000 reales de vellón, como la obra más significativa del mecenazgo de Gómez Márquez. Tras su restauración en 1994-1995, este ha recuperado todo su prístino esplendor. Todas estas

consideraciones nos llevan a considerar la Iglesia Parroquial de San Miguel Arcángel de Cumbres como un magnífico contenedor adecuado para las obras de arte que se encuentran ligadas a la localidad, y que por tanto desde hace bastante tiempo,

contribuye a que sus habitantes puedan identificarse con ellos.

Finalmente debemos considerar la propia significación del inmueble al margen de sus valores artísticos, al convertirse en el principal hito arquitectónico y urbanístico de la modesta población, contribuyendo con sus formas a singularizar la imagen urbana de la localidad.

JUSTIFICACION DE LA DELIMITACION DEL ENTORNO AFECTADO

Para la delimitación del entorno afectado por la declaración de B.I.C., de la parroquia de San Miguel Arcángel de Cumbres Mayores se ha seguido el criterio fundamental de incluir todas aquellas parcelas catastrales en las que la alteración de sus fachadas afectaría negativamente a la actual percepción visual del monumento. Entendiendo por alteración la variación de su volumetría y de su altura, lo cual podría afectar cubriendo total o parcialmente perspectivas del monumento actualmente visibles. También se considera alteración las reformas de las fachadas variando materiales o elementos constructivos

considerados como de interés o pertenecientes a una tipología tradicional, lo que supondría una disminución en la calidad estética del entorno.

Según las normas para la delimitación de entornos elaboradas por la D.G. de BB.CC., se han incluido parcelas catastrales completas, aun cuando la fachada que afecte a la visión del B.I.C., suponga un porcentaje reducido en relación con la superficie total de la misma.

La iglesia de San Miguel, edificio configurador de la trama urbana junto al Castillo de Sancho IV, se encuentra situada en la Plaza de Portugal, junto al Castillo y la Plaza de Toros de Cumbres Mayores; es por tanto un entorno con unas

características muy definidas, que habría que definir.

La situación del edificio, adosado a otras edificaciones, y su proximidad a otro Bien de Interés Cultural, categoría

Monumentos, como es el mencionado Castillo, le confieren un carácter que lleva a afectar a todos aquellos edificios que conforman el espacio en que se ubica el mismo, haciendo necesaria que el alcance de la afección sea el necesario para mantener las características de su propia ubicación.

DELIMITACION LITERAL DEL ENTORNO

Espacios privados

Manzana 65577

- parcela 01 (Plaza de Portugal núm. 16)

- parcela 02 (Plaza de Portugal núm. 17)

- parcela 03 (Plaza de Portugal núm. 18)

- parcela 04 (Plaza de Portugal núm. 19)

- parcela 05 (Plaza de Portugal núm. 20)

- parcela 06 (Plaza de Portugal núm. 21)

- parcela 07 (Plaza de Portugal núm. 22)

- parcela 08 (Plaza de Portugal núm. 23)

- parcela 09 (Plaza de Portugal núm. 24)

- parcela 10 (Plaza de Portugal núm. 25)

- parcela 11 (Plaza de Portugal núm. 26)

- parcela 13 (Plaza de Portugal núm. 28)

- parcela 14 (C/ Castillo Iglesia núm. 3)

- parcela 15 (C/ Castillo Iglesia núm. 5)

- parcela 16 (C/ Castillo Iglesia núm. 7)

- parcela 17 (C/ Castillo Iglesia núm. 9)

- parcela 18 (C/ Castillo Iglesia núm. 11)

- parcela 19 (C/ Castillo Iglesia núm. 13)

- parcela 20 (C/ Castillo Iglesia núm. 15)

Manzana 66578

- parcela 01 (C/ Castillo Iglesia núm. 2-D) (Castillo-

B. I. C)

- parcela 02 (C/ Castillo Iglesia núm. 2)

- parcela 03 (C/ Castillo Iglesia núm. 4)

- parcela 04 (C/ Castillo Iglesia núm. 6)

- parcela 05 (C/ Castillo Iglesia núm. 8)

- parcela 06 (C/ Castillo Iglesia núm. 10)

- parcela 07 (C/ Castillo Iglesia núm. 12

- parcela 08 (C/ Castillo Iglesia núm. 14)

- parcela 09 (C/ Castillo Iglesia núm. 16)

- parcela 55 (C/ Dr. Carranza núm. 26)

- parcela 56 (C/ Dr. Carranza núm. 28)

- parcela 57 (C/ Plaza de Portugal núm. 30)

- parcela 58 (C/ Plaza de Portugal núm. 29)

Manzana 65560

- parcela 01 (C/ Narciso Suárez núm. 46)

- parcela 02 (C/ Plaza de Portugal núm. 5)

- parcela 03 (C/ Daniel Rodríguez núm. 10)

- parcela 04 (C/ Plaza de Portugal núm. 4)

- parcela 05 (C/ Plaza de Portugal núm. 3)

- parcela 06 (C/ Plaza de Portugal núm. 2)

- parcela 07 (C/ Daniel Rodríguez núm. 2)

- parcela 08 (C/ Benito Moro núm. 35)

- parcela 09 (C/ Daniel Rodríguez núm. 4)

- parcela 10 (C/ Daniel Rodríguez núm. 6)

- parcela 11 (C/ Daniel Rodríguez núm. 8)

Manzana 64550

- parcela 44 (C/ Narciso Suárez núm. 69)

- parcela 45 (C/ Narciso Suárez núm. 71)

- parcela 46 (C/ Narciso Suárez núm. 73)

- parcela 47 (C/ Narciso Suárez núm. 75)

- parcela 48 (Plaza de Portugal núm. 7)

- parcela 49 (Plaza de Portugal núm. 8)

- parcela 50 (Plaza de Portugal núm. 9)

- parcela 51 (Plaza de Portugal núm. 10)

- parcela 52 (Plaza de Portugal núm. 11)

- parcela 53 (Plaza de Portugal núm. 12)

- parcela 54 (Plaza de Portugal núm. 13)

- parcela 55 (Plaza de Portugal núm. 14)

Espacios públicos

Plaza de Portugal.

- Calle Castillo Iglesia. Desde la línea recta virtual que une el punto en el que se separan las fachadas 09 y 10 de la manzana 66578, y el punto en el que se separan las fachadas de las parcelas 20 y 21 de la manzana 65577, hasta confluir en la Plaza de Portugal.

- Calle Dr. Carranza Castaño. Desde la línea recta virtual que une el punto en el que se separan las fachadas de las parcelas

55 y 56 de la manzana 66578, con la parcela 08 de la manzana

65560, hasta confluir con la Plaza de Portugal.

- Calle Narciso Suárez. Desde la línea recta virtual que une el punto en el que se separan las fachadas de las parcelas 44 y 43 de la manzana 64550, con la parcela 01 de la manzana 65560, hasta confluir con la Plaza de Portugal.

Descargar PDF