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De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, dada la imposibilidad de practicar notificación en el último domicilio conocido a la entidad interesada que a continuación se relaciona, se les hace saber a través de este anuncio, que ha sido dictada la siguiente resolución en expediente administrativo de reintegro:
Entidad: Asesores y Consultores Alméncija Artero, S. Coop. And.
Núm. expte.: SC.0002.AL/97.
Dirección: Avda. Carlos III, 496, local 27 - 04720 Aguadulce (Almería).
Importe a reintegrar (principal e intereses de demora):
2.301,25 euros (1.893,18 euros +,06 euros). Motivo: Incumplimiento de la obligación de justificar.
El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:
a) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente el inmediato hábil posterior.
b) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 de mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
El mismo deberá hacerse efectivo, en la siguiente cuenta bancaria:
Titular: Tesorería General de la Junta de Andalucía. Código de Banco: 0049, Banco Santander Central Hispano. Código de Sucursal: 6726, Oficina Puerta Jerez (Sevilla). Dígito Control: 98.
Núm. c/c: 2516050144. Si transcurrido dicho plazo no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.
Asimismo, se les advierte expresamente a los interesados que contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse:
a) Potestativamente, Recurso de Reposición ante el Director General de Economía Social en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación. Y, hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos
107 y siguientes de la citada Ley 30/92.
b) Directamente, Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Informándole que para el cómputo de los plazos mencionados la notificación se considera realizada a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Sevilla 17 de enero de 2003.- El Director General, Fernando Toscano Sánchez.
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