Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 26/02/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Otros. CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 13 de febrero de 2003, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Administrativos, opción Administración General de esta Institución.

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El Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en cumplimiento del Acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno el día 21 de enero de 2003, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 52 apartado e) del Reglamento de Funcionamiento y Organización de esta Institución, ha resuelto convocar pruebas selectivas por promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Administrativos, opción Administración General de la Cámara de Cuentas, de acuerdo con las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas de promoción interna para cubrir seis plazas del Cuerpo de Administrativos, opción Administración General de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

1.3. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en la base sexta y Anexos correspondientes.

1.4. El temario sobre el que versarán las pruebas teóricas y las materias sobre las que se realizará el caso práctico figuran en el Anexo IV y V, respectivamente.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en el concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser funcionario de carrera del Cuerpo Auxiliares de la Cámara de Cuentas de Andalucía con dos años, como mínimo, de antigüedad en dicho Cuerpo.

2.1.2. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachiller LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

Aquellos funcionarios del Grupo D que carezcan de la titulación requerida en el apartado anterior, podrán participar en estas pruebas siempre que tengan reconocida una antigüedad de, al menos, diez años como funcionarios de carrera en dicho Grupo, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésimo Segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2.1.3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos en el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud, cuyo modelo se reproduce en el Anexo I de esta convocatoria, será facilitada en el Registro General de la Cámara de Cuentas de Andalucía, Avda. Ramón y Cajal, número 35, de Sevilla.

3.2. A la solicitud se acompañará:

3.2.1. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de

Identidad.

3.2.2. Copia autenticada del título exigido para tomar parte en esta convocatoria o documento suficiente que justifique su posesión.

3.2.3. Relación de méritos alegados, así como la documentación autenticada de los mismos.

Los méritos se especificarán en el modelo del Anexo II de esta convocatoria y su justificación se efectuará en la forma en que se expone en el apartado B (Acreditación documental) del Anexo III de la presente convocatoria.

Los méritos y circunstancias que no se especifiquen

documentalmente en el momento de la presentación de la

instancia no serán valorados.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, dentro de los 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.

3.4. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Cámara de Cuentas o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3.5. El plazo para la presentación de solicitudes será

improrrogable.

3.6. Las solicitudes no darán lugar al pago de derechos de examen.

3.7. Todas las fases de las pruebas selectivas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.

3.8. Las personas con minusvalía que lo deseen deberán reseñar en el citado apartado 4 las adaptaciones que soliciten, al objeto de establecer las medidas necesarias de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas.

3.9. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. El domicilio que figura en la misma se considerará el único válido a efectos de

notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante, tanto los errores en la cumplimentación del mismo, como la no comunicación de cualquier cambio de domicilio.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía dictará Resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, indicando en la misma los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, en las que constarán el nombre y apellidos del candidato, número de su DNI y, en su caso, la causa de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la

publicación de la Resolución, para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

4.3. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.4. Concluido dicho plazo, y una vez resueltas las posibles reclamaciones existentes, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos.

5. Tribunal Calificador.

5.1. La composición del Tribunal calificador encargado de resolver el concurso-oposición es el que figura en el Anexo VI de la presente convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la norma citada en el párrafo anterior.

5.3. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal calificador con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, pudiendo el Presidente hacer uso del voto de calidad.

5.4. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización, valoración de las pruebas y para la publicación de sus

resultados.

5.8. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como con lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal sin apelación alguna.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Cámara de Cuentas de Andalucía, Avda. Ramón y Cajal, número 35, Sevilla, teléfono 95/500.96.00.

6. Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición constará de dos fases diferenciadas, primero se celebrará la fase de oposición y después, entre quienes la superen, la de concurso.

6.2. La fase de oposición no comenzará antes del día 1 de noviembre del 2003; el lugar, la fecha y la hora de celebración del primer ejercicio se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con una antelación mínima de quince días hábiles.

6.3. Las citaciones para los siguientes ejercicios se harán públicas en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas y, en su caso, en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con una antelación mínima de setenta y dos horas.

6.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará, por orden alfabético del primer apellido, por los que empiecen por la letra Z conforme al sorteo realizado a estos efectos por la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA número

73, de 22 de junio de 2002).

6.5. Los aspirantes serán requeridos para el desarrollo de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal que resolverá lo que estime más procedente.

6.6. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad, pudiendo excluir a quienes no lo hagan. Igualmente, si en cualquier momento del proceso, el Tribunal tuviera constancia del incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos para participar en la presente convocatoria por parte de algún aspirante, procederá a su exclusión, comunicándolo el mismo día a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas y, si hubiera advertido falsedad en la declaración o documentación del interesado, pasará el tanto de culpa a la jurisdicción ordinaria.

Fase de Oposición.

6.7. Primer ejercicio.

Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en el desarrollo escrito, durante un tiempo máximo de 1 hora, de un tema escogido mediante sorteo entre dos sobre las materias que componen el temario. La valoración máxima de este ejercicio será de 10 puntos, siendo eliminados quienes no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Los ejercicios realizados serán leídos ante el Tribunal. Terminado el ejercicio se introducirá en un sobre, cuya solapa, una vez cerrada, firmará el aspirante y el Secretario del Tribunal, que será responsable de su custodia hasta el acto de su lectura, cuya celebración se anunciará a los aspirantes antes de empezar el desarrollo escrito del ejercicio.

6.8. Segundo ejercicio.

Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la resolución de un supuesto práctico, a elegir entre dos propuestos por el Tribunal, adecuado a las funciones propias del Cuerpo de Administrativos, sobre los que se formularán cuestiones concretas. Las materias sobre las que versará este ejercicio son las enumeradas en el Anexo V. Para la realización de este ejercicio los aspirantes podrán utilizar calculadora y los textos legales correspondientes. Una vez resuelto el supuesto, el opositor copiará tanto el enunciado del mencionado supuesto como la resolución de las cuestiones planteadas, en un

ordenador personal que tendrá instalado el procesador de texto Word 7.0 para Windows 95. La valoración máxima de este

ejercicio será de diez puntos, siendo eliminados quienes no alcancen un mínimo de 5 puntos.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas y treinta minutos.

6.9. Fase de Concurso.

A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les valorarán los méritos acreditados según lo establecido en el Anexo III.

6.10. Superación del proceso selectivo.

Superarán el proceso selectivo y, en consecuencia, serán propuestos por el Tribunal para ingresar en el Cuerpo de Administrativos, Opción Administración General de la Cámara de Cuentas de Andalucía, los aspirantes que mejor puntuación total hayan alcanzado, una vez sumadas las obtenidas en cada

ejercicio de la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación de los ejercicios por orden inverso al de su celebración y en caso de persistir, atendiendo a la mayor antigüedad en la Administración.

6.11. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas de Andalucía, la relación de los candidatos que hubiesen superado el concurso-oposición, por orden de puntuación total obtenida, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios. Dicha relación será elevada al Consejero Mayor de la Cámara por el Tribunal calificador, con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera de dicha Institución.

7. Presentación de documentos.

7.1. Toda documentación que no haya sido aportada por los aspirantes al presentar la solicitud, deberá ser entregada en el plazo de veinte días naturales, a contar desde la

publicación de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior.

7.2. Junto a esta documentación deberán presentar certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; este certificado deberá expedirse por el facultativo de medicina general de la

Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirá por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

7.3. Quienes tengan la condición de minusválido, deberán presentar certificado de los órganos competentes del Instituto Andaluz de Servicio Sociales u organismos similares de otras Administraciones Públicas, que acrediten tal condición, especificando el grado de minusvalía que padece y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las plazas de esta convocatoria.

7.4. Aquellos que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro de Personal o de la Consejería, Ministerio u Organismo del que dependiesen para acreditar tal condición.

7.5. Quienes dentro del plazo fijado y salvo caso de fuerza mayor no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8. Solicitud de destino, nombramiento de funcionario de carrera y toma de posesión.

8.1. Antes de proceder al nombramiento de funcionario de carrera, la Secretaria General de la Cámara de Cuentas ofertará los puestos de trabajo, publicándose la correspondiente oferta en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde la publicación de la citada oferta, para presentar la petición de destino. El sistema de adjudicación de destino se efectuará de acuerdo con las peticiones de los aspirantes según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

Los funcionarios que ocupen con carácter definitivo puestos de doble adscripción podrán solicitar la adjudicación del mismo, siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo.

8.2. Posteriormente, los aspirantes serán nombrados

funcionarios de carrera del Cuerpo de Administrativos, opción Administración General de la Cámara de Cuentas de Andalucía por el Consejero Mayor de esta Institución.

Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

8.3. La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, debiendo asimismo, prestar juramento o promesa en la forma establecida en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula para la toma de posesión de cargos o funcionarios públicos.

8.4. Se entenderá que renuncia a los derechos derivados de la superación del concurso-oposición quien no tome posesión en el plazo señalado.

9. Norma Final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO III

BAREMO DE LA FASE DE CONCURSO

A) Valoración de méritos.

1. Cursos de perfeccionamiento: máximo: de 1 punto. Sólo se valorarán los cursos relacionados directamente con las

funciones a desarrollar en el cuerpo de administrativos realizados u homologados por entidades, instituciones o centros públicos. Se valorará con 0,10 puntos cada curso de duración igual o superior a 20 horas; no se considerarán aquellos cursos de los que no se acredite su duración en horas. El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos, siempre que igualen o superen las 20 horas, dividiendo el total entre 20; el cociente resultante se multiplicará por

0,1 y el resto se desechará.

2. Antigüedad: La antigüedad de funcionario en el Cuerpo de auxiliares de la Cámara de Cuentas de Andalucía se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de

0,5 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

3. Trabajo desarrollado en los últimos 5 años: Según el nivel del complemento de destino correspondiente a los puestos de trabajo ocupados en la Cámara de Cuentas de Andalucía, se otorgará por cada año completo la siguiente puntuación:

Nivel 16: 0,5 puntos.

Nivel 17: 1,0 puntos.

Nivel 18: 1,5 puntos.

Nivel 20: 2,0 puntos.

B) Acreditación documental.

1. Los cursos de perfeccionamiento se acreditarán mediante copia compulsada del título, diploma o certificado que acredite la realización del curso o actividad correspondiente,

realizados u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, debiendo figurar su duración en horas.

2. La antigüedad en la Administración y el trabajo desarrollado se acreditará mediante certificación original o copia

compulsada expedida por la Secretaria General de la Cámara de Cuentas, con expresa mención a los extremos especificados a los efectos de valoración.

No se computarán los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

ANEXO IV

Tema 1. Fuentes del Derecho Administrativo. Jerarquía

normativa. La Ley: Concepto y clases. Leyes Orgánicas y Ordinarias. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley: Decretos Leyes, Decretos-Legislativos. El Reglamento: Concepto y clasificación.

Tema 2. El Acto Administrativo: Concepto, clases y elementos. Su motivación, notificación y publicación. Eficacia, validez de los actos administrativos y Revisión de oficio.

Tema 3. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Ambito de aplicación y principios generales. El Procedimiento

Administrativo. Su naturaleza y fines. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento administrativo común.

Tema 4. Los recursos administrativos: Concepto y clases. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión. Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Ambito, objeto del recurso y procedimiento.

Tema 5. La Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Estructura y principios generales.

Tema 6. El Presupuesto. Concepto, fines y ciclo presupuestario. El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Concepto, estructura, elaboración y aprobación.

Tema 7. La ejecución del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Andalucía: El procedimiento general, órganos competentes y documentos contables, fases. Procedimientos especiales de gastos. Los gastos plurianuales, los expedientes de tramitación anticipada y la convalidación de gastos. Las operaciones de cierre del ejercicio. Los pagos: Concepto y clasificación. Anticipo de Caja Fija. Los pagos en el

extranjero. Modificaciones presupuestarias.

Tema 8. La Tesorería de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Cuentas Generales, Cuentas Autorizadas. La contabilidad auxiliar de las cuentas de habilitación de personal y de gastos de funcionamiento: Principios generales, libros necesarios y normas sobre su cumplimentación y control.

Tema 9. El Control Externo de las Administraciones Públicas. Tribunal de Cuentas: Organización. Función fiscalizadora. Procedimientos fiscalizadores.

Tema 10. La Cámara de Cuentas de Andalucía: Organización y funcionamiento. Competencias, funciones, composición y

atribuciones. Miembros de la Cámara y personal a su servicio.

Tema 11. La Función Pública en el Estado español: Principios constitucionales. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública: Organos Superiores de la Función Pública.

Tema 12. La selección del personal al servicio de las

Administraciones Públicas: Trámites administrativos del procedimiento de selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 13. La provisión de puestos de trabajo y promoción profesional. El Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de la provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado. El Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional.

Tema 14. Las Situaciones administrativas de los funcionarios. Reglamento de Situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Tema 15. Deberes y Derechos de los Funcionarios. Régimen disciplinario: Tipificación de las faltas y sanciones y Procedimiento disciplinario. Reglamento de Régimen

Disciplinario de los funcionarios de la Administración del Estado.

Tema 16. Las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Especial referencia a la Ley

53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 17. La Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía: Estructura y

contenido. Atribuciones orgánicas.

Tema 18. El Registro General de Personal. Normativa aplicable en la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Tema 19. Los contratos de la Administración. Legislación vigente. Organos competentes para su celebración. Capacidad y prohibiciones para contratar con la Administración.

Tema 20. Régimen jurídico del contrato de obras: Actuaciones preparatorias y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción.

Tema 21. Régimen jurídico de los contratos de gestión de servicios y suministros. Actuaciones preparatorias y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción.

Tema 22. Los contratos de consultoría y asistencia y los de servicios. Actuaciones preparatorias y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción.

ANEXO V

Materias sobre las que versará el caso práctico:

1. Contratación administrativa: Procedimiento, formas de adjudicación y garantías.

2. Ejecución del presupuesto de gastos: Modificaciones

presupuestarias.

3. Función Pública.

ANEXO VI

TRIBUNAL CALIFICADOR

Miembros titulares:

Presidente: Excmo. Sr. don Rafael Navas Vázquez, Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Vocales:

Ilmo. Sr. don Francisco Javier Romero Alvarez, Técnico

Superior Economista del Ayuntamiento de Huelva y Consejero de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Sr. don Alejandro Teré Pérez, Jefe de Equipo de Fiscalización de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Sr. don Luis García Lorite, Jefe de Servicio de Legislación de la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía.

Secretaria: Ilma. Sra. doña Carmen Garrido González,

Funcionaria del Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de Andalucía y Secretaria General de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Miembros suplentes:

Presidenta: Ilma. Sra. doña Carmen Iglesias García de Vicuña, Consejera de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Vocales:

Sr. don Fernando Bretón Besnier, Asesor Técnico de

Legislación de la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía.

Sra. doña Dolores Morales Risco, Asesora Técnica de Legislación de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de

Andalucía.

Sra. doña Mariluz Martínez Becerra, Jefa de Servicio Personal de la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía.

Secretaria: Sra. doña Margarita Regli Crivell, Letrada Jefa de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Sevilla, 13 de febrero de 2003.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.

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