Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 26/02/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 38/2003, de 11 de febrero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Lebrija (Sevilla), de una parcela sita en la Plaza Rector Merina núm. 2, de la citada localidad, con destino a la ampliación de la Casa de la Juventud; y se adscribe al Instituto Andaluz de la Juventud.

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Por el Ayuntamiento de Lebrija (Sevilla) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela, sita en la Plaza Rector Merina núm. 2 de dicho municipio, esquina con la calle Alcaidía, con destino a ampliar las instalaciones de la colindante Casa de la Juventud.

Por la Consejería de la Presidencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación y prestaciones del citado centro.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el de 11 de febrero de 2003.

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Lebrija (Sevilla), de una parcela, con 150,98 m¯ de superficie, que será segregada de la siguiente finca:

Casa, hoy solar, en el término de Lebrija, en Plaza Rector Merina, con superficie de 713 m¯. Linda por la derecha entrado, la calle Alcaidía y casa que fue segregada de ésta; izquierda, casa de herederos de José María Delgado Guerrero y casa de Antonio Jarana Vidal; y, fondo, casa que fue segregada de ésta y casa de calle Antonio de Nebrija.

Consta inscrita la finca matriz en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Utrera, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de Lebrija, al folio 206 y vuelto, tomo 1460, libro 415, finca

6474.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe al Instituto Andaluz de la Juventud con destino a la ampliación de la Casa de la Juventud.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, de 11 de febrero 2003

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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