Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 03/03/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE INSTRCC. Nº1 MARBELLA (ANTIGUO MIXTO Nº1)

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 349/2001. (PD. 612/2003).

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NIG: 2906943C20011000372.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 349/2001. Negociado: NR. Sobre: Juicio ordinario.

De: Caja General de Ahorros de Granada, La General. Procurador: Sr. Guillermo Leal Aragoncillo. Letrada: Sra. Concha Páez López.

Contra: Don Pedro Zouein Zouein.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 349/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Marbella a instancia de Caja General de Ahorros de Granada, La General contra Pedro Zouein Zouein sobre Juicio Ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

Juez que la dicta: Doña M.ª José Lario Parra. Lugar: Marbella.

Fecha: Doce de diciembre de dos mil dos.

Parte demandante: Caja General de Ahorros de Granada, La General.

Abogado: Concha Páez López.

Procurador: Guillermo Leal Aragoncillo.

Parte demandaba: Pedro Zouein Zouein.

Objeto del Juicio: Juicio ordinario.

FALLO

Que estimando la demanda planteada por el procurador Sr. Leal Arogoncillo en nombre y representación de la Caja General de Ahorros de Granada contra Pedro Zouein Zouein debo condenar a la significada parte demandada a abonar a la actora la suma de

706.032 pesetas (4.243,34 euros) más los intereses legales correspondientes de dicha cantidad determinados a partir de la interposición de la demanda judicial, y todo ello con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia a dicha parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Pedro Zouein Zouein, extiendo y firmo la presente en Marbella a veinticuatro de enero de dos mil tres.- La Secretaria.

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