Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 04/03/2003

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, sobre Resolución de 7 de octubre de 2002, por la que se publican actos administrativos relativos a procedimientos de Resolución denegatoria subvención de ayuda de manutención de Formación Profesional Ocupacional.

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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos los siguientes actos administrativos al alumno que a continuación se relaciona y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Modificada por Ley 4/1999 de 13 de enero. De igual forma se publica en el tablón de edictos del Ayuntamiento de San Juan del Puerto según documentación acreditativa que obra en el expediente. Así mismo y a tenor de lo dispuesto en el art. 60.2 de la citada Ley anterior, se procede a la publicación íntegra del acto.

Resolución de subvención de ayuda de manutención. Expte. FPO núm. HU-432/98.

De conformidad con las normas vigentes, este Servicio de Formación Profesional Ocupacional, eleva a V.I. la siguiente Propuesta de Resolución:

Visto el expediente referenciado, incoado a instancia de don Diego Rojas Pérez, para la obtención de las ayudas contempladas al amparo de la Orden de 17 de marzo de 1998, de convocatoria y desarrollo de los programas de Formación Profesional Ocupacional establecidos en el Decreto 204/1997, de 3 de septiembre.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º Con cargo al ejercicio de 1998, y al amparo del Decreto

204/1997, de 3 de septiembre, por el que se establecen los programas de Formación Profesional Ocupacional, la Consejería de Trabajo e Industria dictó Resolución para la concesión de subvención en fecha 17.12.98 a favor de la Entidad Consorcio Provincial Contra Incendios y Salvamento, con número de expediente 21-068/98J., para la impartición de 2 cursos, previa solicitud y dentro de la convocatoria efectuada por la Orden de

17 de marzo de 1998.

2.º Don Diego Rojas Pérez tras un proceso de selección de candidatos a los cursos, participó como alumno en el curso Experto en Riesgo y Protección, núm. 21-2 impartido por la citada Entidad en la localidad de Ayamonte dirigido a 21 alumnos desempleados.

3.º Dicho alumno presentó, en esta Delegación Provincial, solicitud para la obtención de la ayuda de desplazamiento por la asistencia al citado curso a que hace referencia el artículo

10 de la Orden mencionada, así como la documentación acreditativa por la cual reúne los requisitos necesarios para la obtención de esta ayuda.

4.º Comprobados y estudiados los documentos mencionados en el punto anterior, y existiendo la posibilidad presupuestaria para dicho concepto, se deniega.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Será competente para conocer y resolver sobre la solicitud de la ayuda a los alumnos, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en virtud de lo establecido en el art. 10.1 de la Orden de 17 de marzo de 1998. Según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, el art. 6 establece que corresponden a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico las competencias que en la actualidad tiene atribuidas la Consejería de Trabajo e Industria, haciéndose extensiva dicha reestructuración a las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería, de acuerdo con el Decreto 130/2000, de 9 de mayo, sobre reestructuración de las Delegaciones Provinciales.

Segundo. A tenor de lo dispuesto en el citado artículo 10, los alumnos podrán percibir ayudas en concepto de

desplazamiento, manutención y alojamiento cuando las

condiciones de acceso a la formación así lo requieran, que se tramitarán a instancia del interesado, que deberá solicitarlo en la correspondiente Delegación Provincial de Trabajo e Industria, estableciéndose en los apartados segundo y tercero la cuantificación de estas ayudas.

Vistas las actuaciones practicadas, los preceptos legales citados y demás de general aplicación, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico

R E S U E L V E

Primero. Se deniega la solicitud formulada por don Diego Rojas Pérez en concepto de manutención por la asistencia como alumno del curso Experto en Riesgo y Protección, núm.-2, impartido por la Entidad Consorcio Provincial Contra Incendios y Salvamento, núm. de expediente 21-068/98J.

Notifíquese esta Resolución a los interesados en la forma prevista en los arts. 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con la advertencia expresa de que contra la misma podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de

notificación de esta Resolución, de conformidad con lo

establecido en los arts. 107, 114 y siguientes de la Ley antes citada. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto, la misma será firme a todos los efectos.

Huelva, 6 de febrero de 2003.- El Delegado, Manuel Alfonso Jiménez.

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