Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 06/03/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 17 de febrero de 2003, por la que se hace pública una subvención a favor del promotor público Iniciativa Municipal para la Vivienda, SA, INMUVISA, para la construcción de 21 viviendas protegidas de nueva construcción destinadas a arrendamiento en la calle Vendaval núm. 10, finca 19.408, término municipal de Lebrija (Sevilla), acogidas al regimen autonómico de promoción pública en alquiler de la legislación que se cita.

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Ilmos. Sres.: Por don Amador López Muñoz, en representación de INMUVISA, se solicita al amparo de las Disposiciones Adicional Quinta / Transitoria Sexta de la Orden de 27 de enero de 2000, modificadas por la Orden de 3 de agosto de 2001 y de la Disposición Adicional Segunda del Decreto 145/2001, de 19 de junio, la subvención complementaria correspondiente a las actuaciones de Viviendas Protegidas de Nueva Construcción destinadas a Arrendamiento financiadas a través del Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el Real Decreto 115/2001, de 9 de febrero, y que se acogen al Régimen Autonómico de Promoción Pública en Alquiler establecido en la Sección Primera, Capítulo II, Título I, del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 145/2001, de 19 de junio, en virtud del contenido de las mencionadas Disposiciones, todo ello relativo a la promoción de 21 viviendas, en la C/ Vendaval núm. 10, Finca 19.408, término municipal de Lebrija (Sevilla).

Por parte de la entidad Promotora Pública ha sido acreditado la obtención de la Calificación Provisional de Viviendas de Protección Oficial, el préstamo cualificado correspondiente, en el marco del Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el Real Decreto 115/2001, de 9 de febrero, y demás requisitos exigidos en el artículo 69 del Decreto 166/1999, de

27 de julio, y aportada en su momento la documentación que establece el artículo 41 de la Orden de 27 de enero de 2000, modificado por la Orden de 3 de agosto de 2001.

De conformidad con las Disposiciones Adicional Quinta / Transitoria Sexta, de la Orden de 27 de enero de 2000, modificadas por la Orden de 3 de agosto de 2001 y con la Disposición Adicional Segunda del Decreto 145/2001, de 19 de junio, y en relación a las ayudas obtenidas en el marco del Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el Real Decreto 115/2001, de 9 de febrero y las contenidas en el artículo 67 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 145/2001, de 19 de junio, la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, podrá subvencionar a fondo perdido la mencionada actuación protegida en los términos que establecen las citadas Disposiciones.

En su virtud, teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Se concede a INMUVISA, una subvención a fondo perdido aplazada en veinticinco anualidades sucesivas coincidentes con las de amortización del préstamo, calculadas en los términos que se establecen en la Estipulación Quinta del Convenio de Ejecución suscrito al efecto. Dicha subvención tendrá como destino subsidiar las cuotas hipotecarias del préstamo cualificado con el que se financia la promoción de 21 Viviendas Protegidas de Nueva Construcción destinadas a Arrendamiento, en la C/ Vendaval núm. 10, Finca 19.408, término municipal de Lebrija (Sevilla), y que asciende a un total de setecientos treinta y nueve mil trescientos veinticinco euros con setenta y siete céntimos (739.325,77 euros).

Segundo. El abono de la subvención se efectuará por anualidades según el cuadro de anualidades que se adjunta, siendo necesario para el pago de la primera anualidad aportar certificado de la entidad prestamista acreditando la fecha de terminación del período de carencia e inicio del período de amortización, así como el tipo de interés aplicable. Para poder tramitar el abono de la segunda y posteriores cantidades, deberá acreditarse mediante certificación expedida por la entidad prestamista, que los importes percibidos con anterioridad han sido aplicados en su totalidad a la amortización del crédito.

Tercero. La Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, se reserva el derecho de modificar de oficio el importe de las anualidades detalladas en el cuadro anexo, en orden a ajustarlas a los cambios en los tipos de interés del aplazamiento, fechas reales de inicio y terminación de las obras, y otras incidencias que se puedan producir durante el desarrollo del expediente.

Cuarto. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 17 de febrero de 2003

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

CUADRO ANUALIDADES SUBVENCION REA

Expediente: SE-00/38.1-REA.

Promoción: 21 viviendas en C/ Vendaval núm. 10, Finca 19.408. Municipio: Lebrija (Sevilla).

Promotor: INMUVISA.

Anualidad Total euros

2004 7.693,99

2005 15.525,95

2006 15.803,28

2007 16.083,39

2008 16.366,29

2009 19.552,31

2010 22.770,20

2011 23.119,98

2012 23.473,25

2013 23.830,05

2014 24.190,43

2015 24.554,41

2016 24.922,02

2017 25.293,31

2018 25.668,32

2019 26.047,08

2020 26.429,62

2021 26.815,99

2022 27.206,23

2023 27.600,36

2024 41.467,01

2025 55.472,34

2026 56.149,14

2027 56.832,70

2028 57.523,10

2029 28.935,02

TOTAL 739.325,77

El importe de las anualidades de la subvención complementaria se ha calculado con un tipo de interés anual del 4,03% TAE.

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