Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 10/03/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. UNO DE JEREZ

EDICTO dimanante de los autos núm. 489/2001. (PD. 688/2003).

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Procedimiento: Cantidad 489/2001 Negociado: AM. De: Doña María José Gutiérrez Osado.

Contra: Fondo de Garantía Salarial, Andalupaq Express, S.L., y Bética de Mensajeros, S.L.

EDICTO

Don Eloy Hernández Lafuente, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Uno de Jerez.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 489/2001 a instancia de la parte actora doña María José Gutiérrez Osado contra Fondo de Garantía Salarial, Andalupaq Express, S.L. y Bética de Mensajeros, S.L., sobre Cantidad se ha dictado Resolución de fecha 3.7.02 del tenor literal siguiente: Fallo. Que estimando la falta de legitimación pasiva de la empresa Andalupaq Express, S.L., absuelvo a dicha empresa, y estimando parcialmente la demanda interpuesta por María José Gutiérrez Osado contra Bética de Mensajeros, S.L, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de 2.841,36 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes previniéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante, designando Letrado que habrá de interponerlo, siendo posible el anuncio por la mera manifestación de aquellos al ser notificado. La empresa para poder recurrir deberá acreditar haber consignado el importe de la cantidad a que ha sido condenada a abonar en la cuenta este Juzgado abierta en el BBVA, denominada Depósitos y Consignaciones con núm. 0000 65 0489 01, pudiendo sustituirse el aseguramiento mediante aval bancario con responsabilidad solidaria del avalista y asimismo, al interponer el recurso, deberá presentar resguardo de ingreso de depósito de 150,25 euros en la mencionada cuenta.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Bética de Mensajeros, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la J.A., con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jerez de la Frontera, a 25 de febrero de dos mil tres.- El Secretario Judicial.

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