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Por Decreto de Alcaldía de fecha 26.2.03 se ha resuelto que se modifiquen las bases para cubrir una plaza de Policía Local, por el sistema de movilidad, para este Ayuntamiento, publicadas en el BOJA núm. 19 de fecha
29.1.03, en el siguiente sentido:
"Para dar cumplimiento al escrito recibido de la Delegación de Gobierno de Málaga con fecha 14.2.2003, R.E. núm. 5072, relacionado con las bases para la provisión, entre otras, de una plaza de Policía Local, por el sistema de movilidad mediante procedimiento de concurso de méritos, publicadas en el BOJA núm. 19, de 29 de enero pasado, se propone modificar las bases antes mencionadas en los términos que a continuación se detallan: Base 8. Proceso selectivo.
Donde dice:
Formación, se valorarán los cursos superados en centros docentes policiales o concertados por Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, a excepción de los obligatorios para adquirir la condición de funcionario de los Cuerpos de Seguridad. Este apartado se valorará con un máximo de 4 puntos.
Por cada curso de 20 a 50 horas: 0,24 puntos. Por cada curso de 51 a 75 horas: 0,36 puntos. Por cada curso de 76 a 100 horas: 0,51 puntos. Por cada curso superior a 100 horas: 0,75 puntos.
Debe decir:
Formación, los cursos superados en los Centros docentes policiales o concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, o los de manifiesto interés policial superados en la Universidad, Administraciones Públicas y a través de los Planes de Formación Continua, a excepción de los obligatorios para adquirir la condición de funcionario de cualquier categoría de los Cuerpos de Seguridad, según su duración, serán valorados, cada uno, con arreglo a los tramos siguientes. Máximo 4 puntos:
Por cada curso de 20 a 34 horas: 0,24 puntos.
Por cada curso de 35 a 69 horas: 0,36 puntos. Por cada curso de 70 a 99 horas: 0,51 puntos. Entre 100 y 200 horas lectivas: 0,75 puntos. Más de 200 horas lectivas: 1 punto.
- Los cursos precedentes, impartidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden, con duración entre
10 y 19 horas lectivas, se valorarán con: 0,15 puntos.
- Los cursos en los que solamente se haya obtenido "asistencia" se valorarán con la tercera parte.
- Ejercer de profesor en los cursos anteriores se valorará, por cada hora impartida: 0,03 puntos.
- Las ponencias y publicaciones se valorarán en función del valor específico, interés policial y difusión, hasta un máximo de: 1 punto."
Lo que se publica a los efectos oportunos.
Benalmádena, 26 de febrero de 2003.- El Alcalde.
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