Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 20/03/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE FUENTES DE ANDALUCIA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don José Medrano Nieto, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía,

HACE SABER

Que por Decreto de la Alcaldía núm. 31/2003, se modifican las bases que van a regir la convocatoria para la provisión de tres plazas de Técnicos Especialista en Jardín de Infancia como personal laboral fijo, servicios territoriales. Plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público del 2001, y cuyo detalle es el siguiente:

Decreto 31/2003

Las bases de convocatoria de tres plazas de técnico de Jardín de Infancia se probaron mediante decreto de la Alcaldía 197/2002 y se han publicado en BOJA núm.

139, de 28 de noviembre.

En las mismas se establecía como sistema de selección el de oposición libre, y como titulaciones exigidas: FP II - Técnico especialista en jardín de infancia o Profesor de EGB especialista en preescolar. Posteriormente a la publicación se advierte error en la determinación de las titulaciones exigidas, comprobándose que el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, en su art. 15, establece que el personal cualificado a que se refiere el apartado anterior estará formado por Maestros especialistas en Educación Infantil o Profesores de Educación General Básica especialistas en Preescolar, y por Técnicos superiores en Educación Infantil o Técnicos especialistas en Jardín de Infancia.

En relación con la titulación, a juicio del responsable del Area de Servicios Sociales, debe, en todo caso exigirse la de Técnico Especialista en Jardín de Infancia, FP II, Técnicos Superiores en Educación Infantil, en virtud de lo dispuesto en el RD 1004/1991, de 14 de junio, ya que los puestos de trabajo ofertados son de grupo C y en la plantilla del centro ya existen dos maestros especialistas en Educación Infantil.

Por otra parte, dada la delicada naturaleza de las funciones propias de los puestos ofertados, que implica el trato con menores entre 0 y 3 años, y en orden a garantizar la calidad de la enseñanza, a través de la especialización de funciones en el Centro de Educación Infantil Municipal, se ha propuesto adoptar como sistema selectivo el de concurso oposición, lo que parece lógico, puesto que este sistema permite valorar sucesivamente los méritos de los aspirantes y la capacidad y aptitud de los mismos, con lo que se asegura la selección de aspirantes que gozan de conocimientos específicos y, al mismo tiempo, experiencia profesional en las funciones propias del puesto.

Finalmente, la Comisión de Personal del Ayuntamiento, vistas las bases aprobadas, elevaron al Alcalde solicitud de introducir en el Tribunal de selección un representante del personal laboral, de entre los delegados sindicales de este colectivo. De las recientes elecciones sindicales han resultado propuestos como delegados sindicales al menos dos trabajadores con la titulación o especialización igual a la exigida a los aspirantes, con lo cual se salva el requisito de composición predominantemente técnica que establece el art. 4 e) del RD 896/1991, de 7 de junio.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Art. 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local atribuye al

Alcalde la competencia de aprobar las bases de las

pruebas para la selección del personal.

Art. 15.5 del RGI aprobado por Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, en el que se establece que las

convocatorias o sus bases, una vez publicadas,

solamente podrán ser modificadas con sujeción

estricta a las normas de la Ley de Régimen Jurídico

del Procedimiento Administrativo Común.

STS de 16 de julio de 1982, sobre los derechos

adquiridos en relación con la anulación de unas bases

de convocatoria.

Art. 4.e) del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.

Art. 15.1 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio

Esta Alcaldía Presidencia, tiene a bien dictar

Decreto comprensivo de las siguientes disposiciones:

Primera. Modificar las bases de selección de tres

Técnicos de Jardín de Infancia que quedarán como a

continuación se expresa:

BASES PARA LA SELECCION MEDIANTE CONCURSO OPOSICION

DE TRES PLAZAS DE TECNICO ESPECIALISTA EN JARDIN DE

INFANCIA PERTENECIENTES A LA PLANTILLA DEL PERSONAL

LABORAL FIJO

Convocatoria y bases de las pruebas selectivas para

acceder en propiedad a tres plazas de Técnicos

Especialistas en Jardín de Infancia vacantes en la

plantilla de personal laboral fijo de este

Ayuntamiento.

I. Objeto de la convocatoria

Primera. Se convocan para ingreso en la plantilla del

personal laboral fijo, servicios territoriales, las

siguientes plazas:

Denominación del puesto/plaza: Técnico Especialista

en Jardín de Infancia.

Número de plazas: Tres.

Grupo: C.

Titulación exigida: Técnico Especialista en Jardín de

Infancia, FP II, o Técnicos Superiores en Educación

Infantil.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Derechos de examen: 12 euros.

Las plazas están incluidas en la Oferta de Empleo

Público del 2001, como personal laboral fijo, grupo

C, con sueldo y demás retribuciones establecidas de

conformidad con las disposiciones legales en vigor y

la relación de puestos de trabajo de esta Entidad

Local.

II. Normativa aplicable

Segunda. A estas bases y pruebas les será de

aplicación lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de

abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Reforma de la Función

Pública; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18

de abril, Texto Refundido de disposiciones legales

vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto

896/1991, que establece las reglas básicas y

programas mínimos del procedimiento de selección de

los funcionarios de administración local, las bases

de la presente convocatoria y supletoriamente el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el

Reglamento General de Ingreso en la Administración

del Estado.

III. Requisitos de los aspirantes

Tercera. Para ser admitidos a la realización de las

pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los

siguientes requisitos:

a) Ser español o ciudadano de los países miembros de

la UE.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder

de aquella en que falten 10 años para la jubilación

forzosa.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida

el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado

para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de

incapacidad establecidos por la legislación vigente.

f) Estar en posesión o en condiciones de obtener los

títulos académicos exigidos para el ingreso en la

categoría y grupo a los que se refiere esta

Convocatoria.

g) Estar en posesión del título de FP II, técnico

especialista en Jardín de Infancia o Técnicos

Superiores en Educación Infantil.

Cuarta. Los requisitos establecidos en las bases

anteriores, así como otros que pudieran recogerse en

los anexos respectivos, deberán cumplirse el último

día de plazo de presentación de solicitudes.

IV. Solicitudes

Quinta. Las solicitudes para participar en el

presente procedimiento se dirigirán al Sr. Alcalde-

Presidente de la Corporación, dentro del plazo de 20

días naturales contados a partir del siguiente al de

la publicación del anuncio de la convocatoria en el

"Boletín Oficial del Estado" y se presentarán en el

Registro General. En la solicitud se hará constar

expresamente que se reúnen todos y cada uno de los

requisitos exigidos en la convocatoria, con

referencia a la fecha de expiración del plazo

señalado para la presentación de instancias.

También podrán presentarse en la forma que determina

el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

A las solicitudes habrá de acompañarse, además de los

justificantes de ingreso de los derechos de examen,

la fotocopia del DNI.

V. Admisión de candidatos

Sexta. Terminado el plazo de presentación de

instancias, la Presidencia de la Corporación dictará

resolución declarando aprobada la lista provisional

de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación

en este caso de la causa de exclusión, la cual deberá

hacerse pública en el tablón de anuncios de la

Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia,

disponiendo los aspirantes excluidos de un plazo de

diez días hábiles para la subsanación de errores, de

conformidad con lo establecido en el art. 71 de la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En el mismo acuerdo se hará público el lugar y fecha

del comienzo de los ejercicios.

Contra esta resolución cabrá reclamación en el plazo

de diez días, que serán estimadas o desestimadas en

la relación que apruebe la lista definitiva, que se

hará pública en la forma indicada. De no presentarse

reclamaciones, la lista provisional se elevará

automáticamente a definitiva

VI. Tribunal calificador

Séptima. El Tribunal calificador de los ejercicios y

méritos de los aspirantes a que se contrae la

convocatoria se designará a tenor y de conformidad

con lo señalado en el Real Decreto 896/1991, de 7 de

junio, y estará integrado por los siguientes

miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la

misma en quien delegue, actuando con voz y voto.

Vocales:

- Un asesor de la Diputación Provincial.

- Un representante de los grupos políticos elegido

por el Pleno del Ayuntamiento de entre los que tengan

la titulación igual o superior a la exigida a los

aspirantes.

- Se elegirá por mayoría simple de votos entre los

propuestos por cada uno de los grupos, y, en caso de

empate, se resolverá por sorteo.

- Un representante de los trabajadores, propuesto por

los delegados sindicales del personal laboral al

servicio del Ayuntamiento entre los empleados que

tengan la titulación igual o superior a la exigida a

los aspirantes.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en

quien delegue, que actuará con voz y sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y

los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las

circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La designación de los miembros el Tribunal se hará

pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y

en el Boletín Oficial de la Provincia

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la

asistencia del Presidente, el secretario y, al menos,

la mitad de sus miembros, titulares o suplentes,

teniendo competencia y plena autoridad para cuantas

incidencias se presenten y que no se hallen en estas

bases. Sus decisiones se tomarán por mayoría de los

votos presentes, resolviendo en caso de empate, el

voto de calidad del Presidente.

VII. Llamamientos y calendario de las pruebas

Octava. En cualquier momento el Tribunal podrá

requerir a los opositores para que acrediten su

personalidad y otros extremos que estime

convenientes.

Los opositores serán convocados para ejercicio en

llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor,

debidamente justificado y, apreciado por el Tribunal.

A partir del inicio de la oposición el Tribunal

determinará la fecha para la práctica de las

sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de

una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos

de 72 horas ni más de 45 días naturales.

VIII. Sistema de selección

Novena. El sistema de selección será el de concurso

oposición.

Procedimiento de Selección: Constará de las

siguientes fases:

Fase de Concurso.

Valoración de méritos:

a) Servicios prestados: Se valorarán hasta un máximo

de 3 puntos, a razón de:

- 0,06 puntos/mes de servicios prestados en Centros

de Educación Infantil de carácter público instalados

y gestionados por Entidades pertenecientes a la

Administración Local.

- 0,03 puntos/mes de servicios prestados en Centros

de Educación Infantil de carácter público instalados

y gestionados por otras Administraciones.

- 0,01 punto/mes de servicios prestados en Centros de

Educación Infantil de carácter privado.

b) Formación:

Se valorará hasta un máximo de 1 punto la realización

de cursos de formación siempre que se encuentren

relacionados con los contenidos de la plaza

convocada, según el siguiente baremo:

- De 20 a 40 horas: 0'02 puntos.

- De 40 a 60 horas: 0'04 puntos.

- De 60 a 100 horas: 0'06 puntos.

- De 100 horas en adelante: 0'08 puntos.

Fase de Oposición.

Décima. La fase de oposición constará de dos

ejercicios, uno teórico y otro práctico.

Primer ejercicio (teórico): Comprenderá dos pruebas:

a) Prueba consistente en desarrollar por escrito en

el tiempo máximo de una hora y media, un tema

extraído al azar de entre los comprendidos en Bloque

I del temario que figura en el anexo I. Este

ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos.

La calificación de esta prueba será la media

resultante de dividir la suma de los puntos otorgados

por cada uno de los miembros del Tribunal entre el

número de los mismos. Las votaciones serán secretas.

b) Prueba consistente en un test teórico de 40

preguntas, referidas a las materias comprendidas en

el Bloque II del temario que figura en el anexo I,

para lo cual los aspirantes dispondrán de un tiempo

de 1 hora. En el test se formulará una pregunta con

tres respuestas alternativas, de las cuales sólo una

será la correcta. Este ejercicio se puntuará de 0 a

10 puntos.

La calificación de esta prueba será la media

resultante de dividir la suma de los puntos otorgados

por cada uno de los miembros del Tribunal entre el

número de los mismos. El ejercicio es eliminatorio,

quedando eliminados los aspirantes que no superen la

puntuación de cinco puntos.

La calificación total del ejercicio teórico resultará

de calcular la media de la puntuación obtenida por el

aspirante en cada una de las pruebas propuestas.

Segundo ejercicio (Práctico): Consistirá en la

realización, en un plazo de dos horas de un supuesto

práctico relativo a las materias contenidas en el

Bloque II del temario que figura en el anexo I.

El Tribunal facilitará a los aspirantes un total de

dos supuestos prácticos. Los aspirantes deberán

realizar uno de los casos propuestos.

El Tribunal valorará la adecuada estructuración,

claridad en la exposición y correcta aplicación de

los conocimientos. Este ejercicio se puntuará de 0 a

10 puntos.

La calificación del segundo ejercicio será la media

resultante de dividir la suma de los puntos otorgados

por cada uno de los miembros del Tribunal entre el

número de los mismos. El ejercicio es eliminatorio,

quedando eliminados los aspirantes que no superen la

puntuación de cinco puntos.

Los ejercicios serán leídos ante el Tribunal por los

aspirantes.

IX. Sistema de calificación de las pruebas de

oposición

Undécima. La puntuación máxima de la fase de

oposición será de 10 puntos, resultantes de calcular

la nota media de las obtenidas en ambas pruebas.

Se entenderá que han superado la oposición aquellos

aspirantes que hayan obtenido un mínimo de 5 puntos,

una vez calculada la suma de las calificaciones

obtenidas en cada uno de los ejercicios.

La puntuación máxima total será de 14 puntos, y

resultará de sumar la obtenida en ambas fases, de

concurso y oposición.

En caso de que se produzca empate entre dos o más

aspirantes, primará la mayor puntuación obtenida por

cada uno en la fase de oposición.

X. Puntuación final y propuesta de nombramiento

Duodécima. Realizadas las pruebas, el Tribunal hará

pública en el tablón de anuncios de la Corporación,

la puntuación de los aspirantes que hubieran superado

la fase de oposición así como la propuesta de

contratación a favor de los aspirantes, que hallan

obtenido mayor puntuación total sumadas las obtenidas

en ambas fases de oposición y concurso sin que puedan

rebasar éstos el número de plazas convocadas.

XI. Presentación de documentos

Decimotercera. Los aspirantes seleccionados deberán

presentar la documentación acreditativa de hallarse

en posesión de los requisitos que se exigen para

acceder a las plazas convocadas, en el plazo de

veinte días naturales contados a partir del siguiente

al de la publicación de la propuesta de nombramiento.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza

mayor, el interesado no presenta los documentos o de

los mismos se dedujese que carece de alguno de los

requisitos exigidos, no podrá ser nombrado quedando

anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la

depuración de otras responsabilidades que pudieran

existir.

En este caso, reunido el Tribunal, propondrá al

Presidente de la Corporación la contratación a favor

del aspirante que, habiendo aprobado todos los

ejercicios de la fase de oposición, figurara en el

puesto inmediato inferior en orden de calificación al

último aspirante propuesto.

Una vez ratificada por la Presidencia de la

Corporación la propuesta del Tribunal Calificador, el

opositor u opositores habrán de firmar el contrato y

tomar posesión en el plazo de un mes, contado a

partir del siguiente en que les sea notificado el

nombramiento, publicándose la misma en el Boletín

Oficial de la Provincia.

XII. Impugnación

Decimocuarta. La presente convocatoria, podrá ser

impugnada por los interesados mediante la

interposición con carácter potestativo, del recurso

de reposición en el plazo de un mes contado desde el

día siguiente a la publicación en el BOP de las

presentes bases, ante el mismo órgano que lo ha

dictado, de acuerdo con los arts. 116 y 117 de la Ley

30/1992 en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13

de enero, o del recurso extraordinario de revisión,

cuando concurra alguna de las causas establecidas en

el art. 118 de la misma norma, ante el mismo órgano

que dictó el acto, aún cuando éste sea firme en vía

administrativa.

Si optaran por no recurrir en la vía administrativa,

podrán los interesados acudir a la vía

jurisdiccional, interponiendo el recurso Contencioso-

Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos

meses contado desde el día siguiente a la publicación

de las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el

art. 25 de la Ley 29/1998, de 13 julio.

Los actos del Tribunal, se recurrirán en alzada ante

la autoridad que haya nombrado a su presidente,

conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de

la Ley 30/1992 en su redacción dada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

XIII. Otras incidencias

Decimoquinta. La presentación de instancias

solicitando tomar parte en la convocatoria, supone el

sometimiento expreso del aspirante a estas bases que

tienen la consideración de Ley reguladora de la

convocatoria.

ANEXO I

Bloque I.

Tema 1. El título preliminar de la Constitución. Los

principios constitucionales: El Estado social y

democrático de Derecho. Los valores superiores en la

Constitución española. Libertad, igualdad,

solidaridad y pluralismo político. Las declaraciones

del artículo noveno.

Tema 2. Los derechos y deberes fundamentales, las

libertades públicas y los principios rectores de la

política social y económica en la Constitución

Española.

Tema 3. La Corona. Las funciones del Rey. El

refrendo. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales.

Composición, elección, y disolución. Atribuciones.

Tema 4. El Poder Ejecutivo. El Gobierno en el sistema

constitucional español. La designación y la remoción

del Presidente del Gobierno. Las funciones del

Presidente del Gobierno. El Gobierno: Composición y

funciones.

Tema 5. La Administración Pública en la Constitución.

La regulación de la Administración en la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común.

Tema 6. Las formas de organización territorial del

Estado. El caso español; situación actual.

Características del Estado autonómico. Los Estatutos

de Autonomía.

Tema 7. El Régimen local: Significado y evolución

histórica. La Administración local en la

Constitución. La Carta europea de la autonomía local.

El principio de autonomía local: Significado,

contenido y límites. Clases de entidades locales.

Tema 8. Principios inspiradores de la Ley General

Tributaria: Propósitos. Características. Ley de

derechos y garantías de los contribuyentes.

Bloque II.

Tema 9. Introducción a la sicología. Teorías y

mecanismos de aprendizaje. Sicología de la atención y

la memoria. Sicología de la motivación.

Tema 10. Introducción a la sicología evolutiva.

Herencia-medio. Principales teorías evolutivas.

Estadios del desarrollo.

Tema 11. Teorías educativas e implicaciones

didácticas. La escuela nueva y los movimientos de

renovación pedagógica. Ideas educativas y didácticas

de especial relevancia en la educación infantil.

Tema 12. Evolución del niño de 0 a 3 años.

Caracterización general del desarrollo desde el

nacimiento a los 3 años. Principales áreas del

desarrollo. Rasgos evolutivos más destacables en cada

una de ellas.

Tema 13. Salud y autonomía personal. Necesidades

infantiles primarias: Afecto, alimentación, aseo e

higiene, descanso y sueño, vestido y calzado. La

transición en la alimentación. El control de

esfínteres. La autonomía e identidad personal.

Problemas más frecuentes en la adquisición de

autonomía y forma de afrontarlos.

Tema 14. Aprendizaje de hábitos de autonomía.

Formación de hábitos. Programación y evaluación de

actividades para la adquisición y mantenimiento de

hábitos. Pautas de intervención ante conflictos y

trastornos más habituales. Importancia de la relación

con la familia.

Tema 15. Enfermedades y accidentes infantiles.

Enfermedades infantiles más frecuentes. Accidentes

infantiles. Primeros Auxilios. Legislación y normas

sobre seguridad infantil. Prevención de riesgos.

Procedimiento de actuación ante enfermedades y

accidentes.

Tema 16. Desarrollo físico y sensoriomotor.

Desarrollo físico en los años de la escuela infantil.

El desarrollo de los sentidos. Desarrollo motor:

Bases físicas y sicológicas. Principales etapas del

desarrollo perceptivo-motor. Trastornos más

frecuentes.

Tema 17. Educación sensorio-motora. La estimulación

del desarrollo físico sensorial y motor en los

primeros años. Principales estrategias de

estimulación. Espacios, materiales, recursos y

programación.

Tema 18. Conceptos fundamentales: Desarrollo de la

identidad, esquema corporal, tono y relajación,

coordinación visomotora, equilibrio, lateralidad,

orientación y ritmo. Conceptos espacio-temporales.

Trastornos más frecuentes.

Tema 19. La educación sico-motriz. Objetivos.

Metodología. Actividades. Espacios. Recursos.

Programación de la práctica sico motriz en la Escuela

Infantil. Expresión gestual y corporal, rítmica y

musical. Evaluación. Intervención ante los trastornos

más frecuentes.

Tema 20. Desarrollo cognitivo en los años de la

Escuela Infantil. Principales dimensiones del

desarrollo cognitivo. Desarrollo de la atención, de

memoria y de la inteligencia. Las bases del

pensamiento lógico.

Tema 21. Educación de la dimensión cognitiva en los

diferentes períodos. Estimulación de las capacidades

cognitivas básicas. Objetivos. Metodología.

Actividades y recursos. Conocimiento del entorno

físico y social. Aprendizaje de conceptos lógicos-

matemáticos.

Tema 22. Desarrollo afectivo y de la personalidad. La

formación del apego y su desarrollo. Factores que

influyen sobre el apego. Las emociones básicas y su

desarrollo. Bases del desarrollo de la personalidad

infantil. Autoconcepto y autoestima. Trastornos del

apego y la personalidad más frecuentes.

Tema 23. Desarrollo de la sexualidad infantil.

Principales aspectos y etapas del desarrollo de la

sexualidad infantil. Intervención educativa.

Educación no sexista. Principales problemas en la

sexualidad infantil.

Tema 24. Desarrollo social. Bases del desarrollo

social. Evolución de las conductas y las

interacciones sociales. Desarrollo de la agresividad.

Desarrollo de la conducta prosocial. Desarrollo de

los valores morales. Problemas más frecuentes en el

desarrollo y las relaciones sociales.

Tema 25. Educación de lo socio-afectivo. La

estimulación educativa de las relaciones y las

interacciones sociales. Relaciones educador-niño y

niño-niños. Actividades y momentos de especial valor

afectivo. La estimulación de la autoestima positiva.

Estrategias para ayudar a los niños a hacer frente a

situaciones conflictivas.

Tema 26. Evolución del lenguaje. Evolución del

lenguaje: Etapas prelingüistica y lingüistica.

Desarrollo fonológico, léxico, sintáctico y

semántico. La función reguladora del lenguaje.

Diferencias individuales en la adquisición del

lenguaje. Principales problemas evolutivos en la

adquisición del lenguaje.

Tema 27. Estimulación y educación de la comunicación

y el lenguaje. Principios y estrategias en la

estimulación de la comunicación y el lenguaje.

Afectividad, socialización y lenguaje. El papel de

los modelos adultos, el papel del juego, el cuento,

las canciones.

Tema 28. Educación de la expresión corporal, plástica

y musical. La creatividad infantil. Expresión

corporal. El juego dramático. Expresión plástica. La

línea, el color, la forma y volumen. Materiales y

soportes. Expresión musical. La voz. Ruidos y

sonidos. Escuchar música y canciones: Los

instrumentos musicales.

Tema 29. El juego. Definición y teorías del juego.

Etapas en el desarrollo del juego: Sensoriomotor,

simbólico y de reglas. Juego libre y juego dirigido:

El papel del educador. La importancia del juego en

los niños con necesidades educativas especiales.

Tema 30. El juego en la clase. Los juguetes según las

edades. Materiales. Normas de seguridad. Tipos de

juegos. El tiempo de juego en la clase. El espacio

del juego, los rincones. El juego y la socialización.

Aprendizaje de normas sociales.

Tema 31. Animación y dinámica de grupo. El Grupo. El

líder. Cooperación. Cohesión. Organización y reparto

de tareas. La Asamblea, la toma de decisiones.

Sociometría básica. Ludotecas. Organización y

actividades. El papel del animador. Proyectos de

animación de grupo.

Tema 32. Atención de la diversidad. Niños con

necesidades especiales. Alteraciones. Déficits y

trastornos. Adaptaciones curriculares para niños con

NEE en el ámbito sensorio-motor, cognitivo y socio-

afectivo. El papel del educador: Formación requerida,

interpretación y utilización de informes de otros

profesionales. Organización del espacio y tiempo.

Tema 33. Estimulación temprana. Concepto y bases

síquicas y fisiológicas. Objetivos de la estimulación

temprana. Metodología. Actividades. Organización

espacio-tiempo. Papel y actitud del educador.

Tema 34. La infancia. Concepto y evolución.

Organismos y legislación internacional, nacional y

autonómica sobre el Menor. Plan integral de Infancia

y Familia. Ambitos de atención. Servicios socio-

comunitarios. Entidades públicas y privadas. Perfiles

profesionales.

Tema 35. El maltrato infantil. Definición. Tipos.

Indicadores. Consecuencias. Intervención. Prevención.

La detección y actuación en el Centro Educativo.

Tema 36. El currículo de la Educación Infantil.

Concepto y fuentes del currículo en la educación

infantil. Objetivos Generales. Ejes trasversales.

Estructura curricular de la E.I. Proyectos

Curriculares de etapa y ciclo. Proyecto educativo de

Centro.

Tema 37. La programación. Caracteres y funcionalidad

de la programación. Elementos de la Programación.

Coherencia entre proyecto de centro y programación

del aula. Programaciones anual, trimestral, mensual,

semanal, diaria. Centros de interés. Memoria Anual.

Tema 38. La evaluación. Evaluación. La observación y

el registro. Instrumentos, situaciones de

observación: Las rutinas, el juego, las actividades

programadas. Modelo de evaluación del niño. La

evaluación según los niveles educativos y la edad.

Investigación-acción.

Tema 39. La organización de la clase. El espacio.

Zonas. Rincones. Mobiliario. Materiales. Juegos. El

tiempo. Organización diaria. Rutinas. Actividades de

aprendizaje y de juego. Programación diaria de clase.

Tema 40. El papel del Educador en la E.I. Actitudes

básicas en la relación con el niño, afecto, empatía.

El educador como modelo. El papel de la disciplina.

El autocontrol. Estrategias ante situaciones

conflictivas. Actitudes en su relación con la

familia.

Tema 41. El equipo educativo. Composición.

Coordinación. Dinámica de trabajo. Salud laboral.

Condiciones de trabajo. Factores de riesgo.

Prevención. Protección. Relaciones con las familias.

Relaciones con el entorno.

Tema 42. La relación del Centro Infantil con la

familia. Modelos y proyectos de la intervención con

familias. Metodología. Comunicación escuela-familia.

Escuela de padres. Asociaciones de madres y padres.

Materiales para el trabajo con familias.

Segunda. Exponer al público las presentes bases en el

BOP y BOJA, así como anuncio de convocatoria en el

BOE.

Dado por el Sr. Alcalde Presidente, don José Medrano

Nieto, ante la secretaria del Ayuntamiento, doña

Rocío Huertas Campos, a los solos efectos de dar fe,

en Fuentes de Andalucía a veinte de febrero de dos

mil tres.- El Alcalde.- Ante mí, La Secretaría.-

Firmas ilegibles.

Fuentes de Andalucía, 21 de febrero de 2003.- El

Alcalde, José Medrano Nieto.

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