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Don José Medrano Nieto, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía,
HACE SABER
Que por Decreto de la Alcaldía núm. 31/2003, se modifican las bases que van a regir la convocatoria para la provisión de tres plazas de Técnicos Especialista en Jardín de Infancia como personal laboral fijo, servicios territoriales. Plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público del 2001, y cuyo detalle es el siguiente:
Decreto 31/2003
Las bases de convocatoria de tres plazas de técnico de Jardín de Infancia se probaron mediante decreto de la Alcaldía 197/2002 y se han publicado en BOJA núm.
139, de 28 de noviembre.
En las mismas se establecía como sistema de selección el de oposición libre, y como titulaciones exigidas: FP II - Técnico especialista en jardín de infancia o Profesor de EGB especialista en preescolar. Posteriormente a la publicación se advierte error en la determinación de las titulaciones exigidas, comprobándose que el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, en su art. 15, establece que el personal cualificado a que se refiere el apartado anterior estará formado por Maestros especialistas en Educación Infantil o Profesores de Educación General Básica especialistas en Preescolar, y por Técnicos superiores en Educación Infantil o Técnicos especialistas en Jardín de Infancia.
En relación con la titulación, a juicio del responsable del Area de Servicios Sociales, debe, en todo caso exigirse la de Técnico Especialista en Jardín de Infancia, FP II, Técnicos Superiores en Educación Infantil, en virtud de lo dispuesto en el RD 1004/1991, de 14 de junio, ya que los puestos de trabajo ofertados son de grupo C y en la plantilla del centro ya existen dos maestros especialistas en Educación Infantil.
Por otra parte, dada la delicada naturaleza de las funciones propias de los puestos ofertados, que implica el trato con menores entre 0 y 3 años, y en orden a garantizar la calidad de la enseñanza, a través de la especialización de funciones en el Centro de Educación Infantil Municipal, se ha propuesto adoptar como sistema selectivo el de concurso oposición, lo que parece lógico, puesto que este sistema permite valorar sucesivamente los méritos de los aspirantes y la capacidad y aptitud de los mismos, con lo que se asegura la selección de aspirantes que gozan de conocimientos específicos y, al mismo tiempo, experiencia profesional en las funciones propias del puesto.
Finalmente, la Comisión de Personal del Ayuntamiento, vistas las bases aprobadas, elevaron al Alcalde solicitud de introducir en el Tribunal de selección un representante del personal laboral, de entre los delegados sindicales de este colectivo. De las recientes elecciones sindicales han resultado propuestos como delegados sindicales al menos dos trabajadores con la titulación o especialización igual a la exigida a los aspirantes, con lo cual se salva el requisito de composición predominantemente técnica que establece el art. 4 e) del RD 896/1991, de 7 de junio.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Art. 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local atribuye al
Alcalde la competencia de aprobar las bases de las
pruebas para la selección del personal.
Art. 15.5 del RGI aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, en el que se establece que las
convocatorias o sus bases, una vez publicadas,
solamente podrán ser modificadas con sujeción
estricta a las normas de la Ley de Régimen Jurídico
del Procedimiento Administrativo Común.
STS de 16 de julio de 1982, sobre los derechos
adquiridos en relación con la anulación de unas bases
de convocatoria.
Art. 4.e) del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.
Art. 15.1 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio
Esta Alcaldía Presidencia, tiene a bien dictar
Decreto comprensivo de las siguientes disposiciones:
Primera. Modificar las bases de selección de tres
Técnicos de Jardín de Infancia que quedarán como a
continuación se expresa:
BASES PARA LA SELECCION MEDIANTE CONCURSO OPOSICION
DE TRES PLAZAS DE TECNICO ESPECIALISTA EN JARDIN DE
INFANCIA PERTENECIENTES A LA PLANTILLA DEL PERSONAL
LABORAL FIJO
Convocatoria y bases de las pruebas selectivas para
acceder en propiedad a tres plazas de Técnicos
Especialistas en Jardín de Infancia vacantes en la
plantilla de personal laboral fijo de este
Ayuntamiento.
I. Objeto de la convocatoria
Primera. Se convocan para ingreso en la plantilla del
personal laboral fijo, servicios territoriales, las
siguientes plazas:
Denominación del puesto/plaza: Técnico Especialista
en Jardín de Infancia.
Número de plazas: Tres.
Grupo: C.
Titulación exigida: Técnico Especialista en Jardín de
Infancia, FP II, o Técnicos Superiores en Educación
Infantil.
Sistema de selección: Concurso-oposición.
Derechos de examen: 12 euros.
Las plazas están incluidas en la Oferta de Empleo
Público del 2001, como personal laboral fijo, grupo
C, con sueldo y demás retribuciones establecidas de
conformidad con las disposiciones legales en vigor y
la relación de puestos de trabajo de esta Entidad
Local.
II. Normativa aplicable
Segunda. A estas bases y pruebas les será de
aplicación lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Reforma de la Función
Pública; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18
de abril, Texto Refundido de disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto
896/1991, que establece las reglas básicas y
programas mínimos del procedimiento de selección de
los funcionarios de administración local, las bases
de la presente convocatoria y supletoriamente el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el
Reglamento General de Ingreso en la Administración
del Estado.
III. Requisitos de los aspirantes
Tercera. Para ser admitidos a la realización de las
pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Ser español o ciudadano de los países miembros de
la UE.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder
de aquella en que falten 10 años para la jubilación
forzosa.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida
el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de las funciones públicas.
e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de
incapacidad establecidos por la legislación vigente.
f) Estar en posesión o en condiciones de obtener los
títulos académicos exigidos para el ingreso en la
categoría y grupo a los que se refiere esta
Convocatoria.
g) Estar en posesión del título de FP II, técnico
especialista en Jardín de Infancia o Técnicos
Superiores en Educación Infantil.
Cuarta. Los requisitos establecidos en las bases
anteriores, así como otros que pudieran recogerse en
los anexos respectivos, deberán cumplirse el último
día de plazo de presentación de solicitudes.
IV. Solicitudes
Quinta. Las solicitudes para participar en el
presente procedimiento se dirigirán al Sr. Alcalde-
Presidente de la Corporación, dentro del plazo de 20
días naturales contados a partir del siguiente al de
la publicación del anuncio de la convocatoria en el
"Boletín Oficial del Estado" y se presentarán en el
Registro General. En la solicitud se hará constar
expresamente que se reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos en la convocatoria, con
referencia a la fecha de expiración del plazo
señalado para la presentación de instancias.
También podrán presentarse en la forma que determina
el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
A las solicitudes habrá de acompañarse, además de los
justificantes de ingreso de los derechos de examen,
la fotocopia del DNI.
V. Admisión de candidatos
Sexta. Terminado el plazo de presentación de
instancias, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional
de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación
en este caso de la causa de exclusión, la cual deberá
hacerse pública en el tablón de anuncios de la
Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia,
disponiendo los aspirantes excluidos de un plazo de
diez días hábiles para la subsanación de errores, de
conformidad con lo establecido en el art. 71 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En el mismo acuerdo se hará público el lugar y fecha
del comienzo de los ejercicios.
Contra esta resolución cabrá reclamación en el plazo
de diez días, que serán estimadas o desestimadas en
la relación que apruebe la lista definitiva, que se
hará pública en la forma indicada. De no presentarse
reclamaciones, la lista provisional se elevará
automáticamente a definitiva
VI. Tribunal calificador
Séptima. El Tribunal calificador de los ejercicios y
méritos de los aspirantes a que se contrae la
convocatoria se designará a tenor y de conformidad
con lo señalado en el Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, y estará integrado por los siguientes
miembros:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la
misma en quien delegue, actuando con voz y voto.
Vocales:
- Un asesor de la Diputación Provincial.
- Un representante de los grupos políticos elegido
por el Pleno del Ayuntamiento de entre los que tengan
la titulación igual o superior a la exigida a los
aspirantes.
- Se elegirá por mayoría simple de votos entre los
propuestos por cada uno de los grupos, y, en caso de
empate, se resolverá por sorteo.
- Un representante de los trabajadores, propuesto por
los delegados sindicales del personal laboral al
servicio del Ayuntamiento entre los empleados que
tengan la titulación igual o superior a la exigida a
los aspirantes.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en
quien delegue, que actuará con voz y sin voto.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y
los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las
circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La designación de los miembros el Tribunal se hará
pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y
en el Boletín Oficial de la Provincia
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la
asistencia del Presidente, el secretario y, al menos,
la mitad de sus miembros, titulares o suplentes,
teniendo competencia y plena autoridad para cuantas
incidencias se presenten y que no se hallen en estas
bases. Sus decisiones se tomarán por mayoría de los
votos presentes, resolviendo en caso de empate, el
voto de calidad del Presidente.
VII. Llamamientos y calendario de las pruebas
Octava. En cualquier momento el Tribunal podrá
requerir a los opositores para que acrediten su
personalidad y otros extremos que estime
convenientes.
Los opositores serán convocados para ejercicio en
llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente justificado y, apreciado por el Tribunal.
A partir del inicio de la oposición el Tribunal
determinará la fecha para la práctica de las
sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de
una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos
de 72 horas ni más de 45 días naturales.
VIII. Sistema de selección
Novena. El sistema de selección será el de concurso
oposición.
Procedimiento de Selección: Constará de las
siguientes fases:
Fase de Concurso.
Valoración de méritos:
a) Servicios prestados: Se valorarán hasta un máximo
de 3 puntos, a razón de:
- 0,06 puntos/mes de servicios prestados en Centros
de Educación Infantil de carácter público instalados
y gestionados por Entidades pertenecientes a la
Administración Local.
- 0,03 puntos/mes de servicios prestados en Centros
de Educación Infantil de carácter público instalados
y gestionados por otras Administraciones.
- 0,01 punto/mes de servicios prestados en Centros de
Educación Infantil de carácter privado.
b) Formación:
Se valorará hasta un máximo de 1 punto la realización
de cursos de formación siempre que se encuentren
relacionados con los contenidos de la plaza
convocada, según el siguiente baremo:
- De 20 a 40 horas: 0'02 puntos.
- De 40 a 60 horas: 0'04 puntos.
- De 60 a 100 horas: 0'06 puntos.
- De 100 horas en adelante: 0'08 puntos.
Fase de Oposición.
Décima. La fase de oposición constará de dos
ejercicios, uno teórico y otro práctico.
Primer ejercicio (teórico): Comprenderá dos pruebas:
a) Prueba consistente en desarrollar por escrito en
el tiempo máximo de una hora y media, un tema
extraído al azar de entre los comprendidos en Bloque
I del temario que figura en el anexo I. Este
ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos.
La calificación de esta prueba será la media
resultante de dividir la suma de los puntos otorgados
por cada uno de los miembros del Tribunal entre el
número de los mismos. Las votaciones serán secretas.
b) Prueba consistente en un test teórico de 40
preguntas, referidas a las materias comprendidas en
el Bloque II del temario que figura en el anexo I,
para lo cual los aspirantes dispondrán de un tiempo
de 1 hora. En el test se formulará una pregunta con
tres respuestas alternativas, de las cuales sólo una
será la correcta. Este ejercicio se puntuará de 0 a
10 puntos.
La calificación de esta prueba será la media
resultante de dividir la suma de los puntos otorgados
por cada uno de los miembros del Tribunal entre el
número de los mismos. El ejercicio es eliminatorio,
quedando eliminados los aspirantes que no superen la
puntuación de cinco puntos.
La calificación total del ejercicio teórico resultará
de calcular la media de la puntuación obtenida por el
aspirante en cada una de las pruebas propuestas.
Segundo ejercicio (Práctico): Consistirá en la
realización, en un plazo de dos horas de un supuesto
práctico relativo a las materias contenidas en el
Bloque II del temario que figura en el anexo I.
El Tribunal facilitará a los aspirantes un total de
dos supuestos prácticos. Los aspirantes deberán
realizar uno de los casos propuestos.
El Tribunal valorará la adecuada estructuración,
claridad en la exposición y correcta aplicación de
los conocimientos. Este ejercicio se puntuará de 0 a
10 puntos.
La calificación del segundo ejercicio será la media
resultante de dividir la suma de los puntos otorgados
por cada uno de los miembros del Tribunal entre el
número de los mismos. El ejercicio es eliminatorio,
quedando eliminados los aspirantes que no superen la
puntuación de cinco puntos.
Los ejercicios serán leídos ante el Tribunal por los
aspirantes.
IX. Sistema de calificación de las pruebas de
oposición
Undécima. La puntuación máxima de la fase de
oposición será de 10 puntos, resultantes de calcular
la nota media de las obtenidas en ambas pruebas.
Se entenderá que han superado la oposición aquellos
aspirantes que hayan obtenido un mínimo de 5 puntos,
una vez calculada la suma de las calificaciones
obtenidas en cada uno de los ejercicios.
La puntuación máxima total será de 14 puntos, y
resultará de sumar la obtenida en ambas fases, de
concurso y oposición.
En caso de que se produzca empate entre dos o más
aspirantes, primará la mayor puntuación obtenida por
cada uno en la fase de oposición.
X. Puntuación final y propuesta de nombramiento
Duodécima. Realizadas las pruebas, el Tribunal hará
pública en el tablón de anuncios de la Corporación,
la puntuación de los aspirantes que hubieran superado
la fase de oposición así como la propuesta de
contratación a favor de los aspirantes, que hallan
obtenido mayor puntuación total sumadas las obtenidas
en ambas fases de oposición y concurso sin que puedan
rebasar éstos el número de plazas convocadas.
XI. Presentación de documentos
Decimotercera. Los aspirantes seleccionados deberán
presentar la documentación acreditativa de hallarse
en posesión de los requisitos que se exigen para
acceder a las plazas convocadas, en el plazo de
veinte días naturales contados a partir del siguiente
al de la publicación de la propuesta de nombramiento.
Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza
mayor, el interesado no presenta los documentos o de
los mismos se dedujese que carece de alguno de los
requisitos exigidos, no podrá ser nombrado quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
depuración de otras responsabilidades que pudieran
existir.
En este caso, reunido el Tribunal, propondrá al
Presidente de la Corporación la contratación a favor
del aspirante que, habiendo aprobado todos los
ejercicios de la fase de oposición, figurara en el
puesto inmediato inferior en orden de calificación al
último aspirante propuesto.
Una vez ratificada por la Presidencia de la
Corporación la propuesta del Tribunal Calificador, el
opositor u opositores habrán de firmar el contrato y
tomar posesión en el plazo de un mes, contado a
partir del siguiente en que les sea notificado el
nombramiento, publicándose la misma en el Boletín
Oficial de la Provincia.
XII. Impugnación
Decimocuarta. La presente convocatoria, podrá ser
impugnada por los interesados mediante la
interposición con carácter potestativo, del recurso
de reposición en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente a la publicación en el BOP de las
presentes bases, ante el mismo órgano que lo ha
dictado, de acuerdo con los arts. 116 y 117 de la Ley
30/1992 en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de enero, o del recurso extraordinario de revisión,
cuando concurra alguna de las causas establecidas en
el art. 118 de la misma norma, ante el mismo órgano
que dictó el acto, aún cuando éste sea firme en vía
administrativa.
Si optaran por no recurrir en la vía administrativa,
podrán los interesados acudir a la vía
jurisdiccional, interponiendo el recurso Contencioso-
Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos
meses contado desde el día siguiente a la publicación
de las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el
art. 25 de la Ley 29/1998, de 13 julio.
Los actos del Tribunal, se recurrirán en alzada ante
la autoridad que haya nombrado a su presidente,
conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de
la Ley 30/1992 en su redacción dada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
XIII. Otras incidencias
Decimoquinta. La presentación de instancias
solicitando tomar parte en la convocatoria, supone el
sometimiento expreso del aspirante a estas bases que
tienen la consideración de Ley reguladora de la
convocatoria.
ANEXO I
Bloque I.
Tema 1. El título preliminar de la Constitución. Los
principios constitucionales: El Estado social y
democrático de Derecho. Los valores superiores en la
Constitución española. Libertad, igualdad,
solidaridad y pluralismo político. Las declaraciones
del artículo noveno.
Tema 2. Los derechos y deberes fundamentales, las
libertades públicas y los principios rectores de la
política social y económica en la Constitución
Española.
Tema 3. La Corona. Las funciones del Rey. El
refrendo. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales.
Composición, elección, y disolución. Atribuciones.
Tema 4. El Poder Ejecutivo. El Gobierno en el sistema
constitucional español. La designación y la remoción
del Presidente del Gobierno. Las funciones del
Presidente del Gobierno. El Gobierno: Composición y
funciones.
Tema 5. La Administración Pública en la Constitución.
La regulación de la Administración en la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
Tema 6. Las formas de organización territorial del
Estado. El caso español; situación actual.
Características del Estado autonómico. Los Estatutos
de Autonomía.
Tema 7. El Régimen local: Significado y evolución
histórica. La Administración local en la
Constitución. La Carta europea de la autonomía local.
El principio de autonomía local: Significado,
contenido y límites. Clases de entidades locales.
Tema 8. Principios inspiradores de la Ley General
Tributaria: Propósitos. Características. Ley de
derechos y garantías de los contribuyentes.
Bloque II.
Tema 9. Introducción a la sicología. Teorías y
mecanismos de aprendizaje. Sicología de la atención y
la memoria. Sicología de la motivación.
Tema 10. Introducción a la sicología evolutiva.
Herencia-medio. Principales teorías evolutivas.
Estadios del desarrollo.
Tema 11. Teorías educativas e implicaciones
didácticas. La escuela nueva y los movimientos de
renovación pedagógica. Ideas educativas y didácticas
de especial relevancia en la educación infantil.
Tema 12. Evolución del niño de 0 a 3 años.
Caracterización general del desarrollo desde el
nacimiento a los 3 años. Principales áreas del
desarrollo. Rasgos evolutivos más destacables en cada
una de ellas.
Tema 13. Salud y autonomía personal. Necesidades
infantiles primarias: Afecto, alimentación, aseo e
higiene, descanso y sueño, vestido y calzado. La
transición en la alimentación. El control de
esfínteres. La autonomía e identidad personal.
Problemas más frecuentes en la adquisición de
autonomía y forma de afrontarlos.
Tema 14. Aprendizaje de hábitos de autonomía.
Formación de hábitos. Programación y evaluación de
actividades para la adquisición y mantenimiento de
hábitos. Pautas de intervención ante conflictos y
trastornos más habituales. Importancia de la relación
con la familia.
Tema 15. Enfermedades y accidentes infantiles.
Enfermedades infantiles más frecuentes. Accidentes
infantiles. Primeros Auxilios. Legislación y normas
sobre seguridad infantil. Prevención de riesgos.
Procedimiento de actuación ante enfermedades y
accidentes.
Tema 16. Desarrollo físico y sensoriomotor.
Desarrollo físico en los años de la escuela infantil.
El desarrollo de los sentidos. Desarrollo motor:
Bases físicas y sicológicas. Principales etapas del
desarrollo perceptivo-motor. Trastornos más
frecuentes.
Tema 17. Educación sensorio-motora. La estimulación
del desarrollo físico sensorial y motor en los
primeros años. Principales estrategias de
estimulación. Espacios, materiales, recursos y
programación.
Tema 18. Conceptos fundamentales: Desarrollo de la
identidad, esquema corporal, tono y relajación,
coordinación visomotora, equilibrio, lateralidad,
orientación y ritmo. Conceptos espacio-temporales.
Trastornos más frecuentes.
Tema 19. La educación sico-motriz. Objetivos.
Metodología. Actividades. Espacios. Recursos.
Programación de la práctica sico motriz en la Escuela
Infantil. Expresión gestual y corporal, rítmica y
musical. Evaluación. Intervención ante los trastornos
más frecuentes.
Tema 20. Desarrollo cognitivo en los años de la
Escuela Infantil. Principales dimensiones del
desarrollo cognitivo. Desarrollo de la atención, de
memoria y de la inteligencia. Las bases del
pensamiento lógico.
Tema 21. Educación de la dimensión cognitiva en los
diferentes períodos. Estimulación de las capacidades
cognitivas básicas. Objetivos. Metodología.
Actividades y recursos. Conocimiento del entorno
físico y social. Aprendizaje de conceptos lógicos-
matemáticos.
Tema 22. Desarrollo afectivo y de la personalidad. La
formación del apego y su desarrollo. Factores que
influyen sobre el apego. Las emociones básicas y su
desarrollo. Bases del desarrollo de la personalidad
infantil. Autoconcepto y autoestima. Trastornos del
apego y la personalidad más frecuentes.
Tema 23. Desarrollo de la sexualidad infantil.
Principales aspectos y etapas del desarrollo de la
sexualidad infantil. Intervención educativa.
Educación no sexista. Principales problemas en la
sexualidad infantil.
Tema 24. Desarrollo social. Bases del desarrollo
social. Evolución de las conductas y las
interacciones sociales. Desarrollo de la agresividad.
Desarrollo de la conducta prosocial. Desarrollo de
los valores morales. Problemas más frecuentes en el
desarrollo y las relaciones sociales.
Tema 25. Educación de lo socio-afectivo. La
estimulación educativa de las relaciones y las
interacciones sociales. Relaciones educador-niño y
niño-niños. Actividades y momentos de especial valor
afectivo. La estimulación de la autoestima positiva.
Estrategias para ayudar a los niños a hacer frente a
situaciones conflictivas.
Tema 26. Evolución del lenguaje. Evolución del
lenguaje: Etapas prelingüistica y lingüistica.
Desarrollo fonológico, léxico, sintáctico y
semántico. La función reguladora del lenguaje.
Diferencias individuales en la adquisición del
lenguaje. Principales problemas evolutivos en la
adquisición del lenguaje.
Tema 27. Estimulación y educación de la comunicación
y el lenguaje. Principios y estrategias en la
estimulación de la comunicación y el lenguaje.
Afectividad, socialización y lenguaje. El papel de
los modelos adultos, el papel del juego, el cuento,
las canciones.
Tema 28. Educación de la expresión corporal, plástica
y musical. La creatividad infantil. Expresión
corporal. El juego dramático. Expresión plástica. La
línea, el color, la forma y volumen. Materiales y
soportes. Expresión musical. La voz. Ruidos y
sonidos. Escuchar música y canciones: Los
instrumentos musicales.
Tema 29. El juego. Definición y teorías del juego.
Etapas en el desarrollo del juego: Sensoriomotor,
simbólico y de reglas. Juego libre y juego dirigido:
El papel del educador. La importancia del juego en
los niños con necesidades educativas especiales.
Tema 30. El juego en la clase. Los juguetes según las
edades. Materiales. Normas de seguridad. Tipos de
juegos. El tiempo de juego en la clase. El espacio
del juego, los rincones. El juego y la socialización.
Aprendizaje de normas sociales.
Tema 31. Animación y dinámica de grupo. El Grupo. El
líder. Cooperación. Cohesión. Organización y reparto
de tareas. La Asamblea, la toma de decisiones.
Sociometría básica. Ludotecas. Organización y
actividades. El papel del animador. Proyectos de
animación de grupo.
Tema 32. Atención de la diversidad. Niños con
necesidades especiales. Alteraciones. Déficits y
trastornos. Adaptaciones curriculares para niños con
NEE en el ámbito sensorio-motor, cognitivo y socio-
afectivo. El papel del educador: Formación requerida,
interpretación y utilización de informes de otros
profesionales. Organización del espacio y tiempo.
Tema 33. Estimulación temprana. Concepto y bases
síquicas y fisiológicas. Objetivos de la estimulación
temprana. Metodología. Actividades. Organización
espacio-tiempo. Papel y actitud del educador.
Tema 34. La infancia. Concepto y evolución.
Organismos y legislación internacional, nacional y
autonómica sobre el Menor. Plan integral de Infancia
y Familia. Ambitos de atención. Servicios socio-
comunitarios. Entidades públicas y privadas. Perfiles
profesionales.
Tema 35. El maltrato infantil. Definición. Tipos.
Indicadores. Consecuencias. Intervención. Prevención.
La detección y actuación en el Centro Educativo.
Tema 36. El currículo de la Educación Infantil.
Concepto y fuentes del currículo en la educación
infantil. Objetivos Generales. Ejes trasversales.
Estructura curricular de la E.I. Proyectos
Curriculares de etapa y ciclo. Proyecto educativo de
Centro.
Tema 37. La programación. Caracteres y funcionalidad
de la programación. Elementos de la Programación.
Coherencia entre proyecto de centro y programación
del aula. Programaciones anual, trimestral, mensual,
semanal, diaria. Centros de interés. Memoria Anual.
Tema 38. La evaluación. Evaluación. La observación y
el registro. Instrumentos, situaciones de
observación: Las rutinas, el juego, las actividades
programadas. Modelo de evaluación del niño. La
evaluación según los niveles educativos y la edad.
Investigación-acción.
Tema 39. La organización de la clase. El espacio.
Zonas. Rincones. Mobiliario. Materiales. Juegos. El
tiempo. Organización diaria. Rutinas. Actividades de
aprendizaje y de juego. Programación diaria de clase.
Tema 40. El papel del Educador en la E.I. Actitudes
básicas en la relación con el niño, afecto, empatía.
El educador como modelo. El papel de la disciplina.
El autocontrol. Estrategias ante situaciones
conflictivas. Actitudes en su relación con la
familia.
Tema 41. El equipo educativo. Composición.
Coordinación. Dinámica de trabajo. Salud laboral.
Condiciones de trabajo. Factores de riesgo.
Prevención. Protección. Relaciones con las familias.
Relaciones con el entorno.
Tema 42. La relación del Centro Infantil con la
familia. Modelos y proyectos de la intervención con
familias. Metodología. Comunicación escuela-familia.
Escuela de padres. Asociaciones de madres y padres.
Materiales para el trabajo con familias.
Segunda. Exponer al público las presentes bases en el
BOP y BOJA, así como anuncio de convocatoria en el
BOE.
Dado por el Sr. Alcalde Presidente, don José Medrano
Nieto, ante la secretaria del Ayuntamiento, doña
Rocío Huertas Campos, a los solos efectos de dar fe,
en Fuentes de Andalucía a veinte de febrero de dos
mil tres.- El Alcalde.- Ante mí, La Secretaría.-
Firmas ilegibles.
Fuentes de Andalucía, 21 de febrero de 2003.- El
Alcalde, José Medrano Nieto.
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