Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 21/03/2003

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE NUEVE PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ESCALA DE ADMINISTRACION ESPECIAL, SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES, CLASE SERVICIOS DE EXTINCION DE INCENDIOS

-ESCALA BASICA DEL SERVICIO DE PREVENCION DE INCENDIOS Y SALVAMENTO (ARTICULO 39.1.C DE LA LEY

2/2002, DE 11 DE NOVIEMBRE, DE GESTION DE EMERGENCIAS EN ANDALUCIA)- (GRUPO D DEL ARTICULO 25 DE LA LEY

30/1984, DE 2 DE AGOSTO), DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad por el procedimiento de concurso- oposición, de nueve (9) plazas de personal funcionario de la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios (Bomberos) del Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la Frontera, vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la Frontera, incluidas en la Oferta de Empleo Público para el año 2003 (grupo D del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto) del Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la Frontera.

Segunda. Normas generales.

La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas bases y anexo correspondiente, y en su defecto se estará a lo establecido en el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril; Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio por el que se establecen las Reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios de la Administración Local; Ley

2/2002, de 11 de noviembre, del Parlamento de Andalucía, de Gestión de Emergencias de Andalucía; Ley 7/1985, de 2 de abril,

de Bases de Régimen Local; Real Decreto 364/1995, de de abril, y cualquiera otra disposición aplicable.

Tercera. Condiciones de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán cumplir los mismos durante el proceso selectivo:

1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

2. Tener cumplidos 18 años sin exceder de 45 años.

3. Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

4. Estar en posesión del permiso de conducir clase C, sin condición restrictiva limitadora del peso del vehículo.

5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

6. No padecer enfermedad ni estar afectado por

limitación física o psíquica incompatible con el

desempeño de las funciones propias de Bombero, lo que

deberá acreditarse conforme a lo establecido en la

base 8.ª de esta convocatoria.

Cuarta. Instancias.

I. Los solicitantes deberán presentar una instancia

en la que se señalen que cumplen los requisitos

exigidos por la presente convocatoria, dirigida al

Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, según modelo

normalizado que se facilitará en el Registro General

de la Corporación, solicitando tomar parte en el

proceso selectivo, manifestando que el aspirante

reúne las condiciones exigidas en la base Tercera,

referidas siempre a la fecha del último día de plazo

señalado para la presentación de instancias, y

adjuntar obligatoriamente:

a) Titulación y el permiso de conducir exigidos por

la presente convocatoria.

b) Certificado Médico, en impreso oficial, con fecha,

de hasta un mes anterior, del último día de plazo

señalado para la presentación de instancias, en el

que haga constar expresamente lo siguiente: "reúne

las condiciones precisas para realizar las pruebas

físicas que figuran especificadas en el Apartado II-

2.º de la base Séptima, de la convocatoria para

proveer plazas de Bomberos".

c) Todos los justificantes de los méritos alegados y

especificados en la base Séptima.

Los documentos se presentarán debidamente

autentificados o bien se traerán los originales

acompañados de fotocopias para su compulsa por la

Secretaría General de este Excmo. Ayuntamiento.

d) El justificante de haber abonado los derechos de

examen, que se fijan en la cantidad de nueve euros

con dos céntimos (9,02 euros), deberá acompañarse

junto con la instancia.

Dicho abono podrá ser efectuado de alguna de las

siguientes formas:

- Por ingreso en la Tesorería de este Excmo.

Ayuntamiento.

- Por Giro postal o telegráfico a nombre del Excmo.

Ayuntamiento de Arcos de la Frontera.

II. Los aspirantes podrán presentar sus solicitudes

en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de

Arcos de la Frontera o en la forma establecida en el

artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo

de veinte días naturales a partir de la publicación

del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial

del Estado.

Si el último día de presentación finaliza en sábado,

domingo o festivo, el plazo se prorrogará al

siguiente día hábil.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por los

siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación, o miembro de la

misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación, o funcionario de la

misma en quien delegue, con voz y sin voto.

Vocales:

- Dos técnicos o expertos designados por la

Corporación.

- Representante de la Junta de Andalucía.

- Funcionario de Carrera designado por la

Corporación.

- Un represente de los funcionarios nombrado por la

Junta de Personal.

- Un representante de cada Grupo Municipal con

representación en este Excmo. Ayuntamiento.

La designación del Tribunal incluirá la de sus

respectivos suplentes.

Los vocales poseerán igual o superior titulación o

especialización a las exigidas para el acceso a las

plazas convocadas.

Cuando el procedimiento selectivo lo aconseje, el

Tribunal, podrá disponer la incorporación al mismo,

con carácter temporal, de otros funcionarios o

trabajadores municipales, para colaborar en el

proceso de selección.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

formar parte del mismo cuando concurran las

circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas

de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en

los cinco años anteriores a la publicación de esta

convocatoria.Los aspirantes podrán recusar a los

miembros del Tribunal en los términos previstos en el

artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los Tribunales procurarán adoptar las medidas

precisas para que en la corrección de los ejercicios

escritos se cumpla lo dispuesto en la Orden del

Ministerio para las Administraciones Públicas de 18

de febrero de 1995 (BOE del 22), el Tribunal podrá

excluir aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la

identidad del opositor.

Sexta. Admisión de aspirantes y comienzo del

concurso-oposición.

En el plazo de un mes desde la finalización del plazo

de presentación de solicitudes, por Decreto de la

Alcaldía-Presidencia se proclamará la lista de

admitidos y excluidos a las pruebas de selección, la

composición del Tribunal, la fecha y hora del

comienzo de la primera prueba del proceso selectivo,

y el orden en que habrán de actuar los aspirantes en

aquellos ejercicios que no puedan ser realizados

conjuntamente, haciendo notar que la citación para

las sucesivas se hará simultáneamente a la

publicación de las listas con los resultados de cada

una de las pruebas anteriores.

Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de

la Provincia, y a través de ella, se considerarán

citados los aspirantes para el desarrollo de las

pruebas, siendo llamamiento único.

Séptima. Desarrollo del concurso-oposición y

calificación de las pruebas selectivas.

El proceso selectivo constará de dos fases

diferenciadas: concurso y oposición.

I. Fase de concurso.

a) El Tribunal Calificador deberá reunirse, previa

citación de su Presidente, antes de la celebración de

la primera prueba selectiva, para valorar los méritos

del Concurso, con las siguientes puntuaciones:

1. Titulaciones.

- Título de Bachiller Superior, Formación Profesional

de II grado o equivalente: 0,50 puntos.

- Licenciado en Educación Física o equivalente: 0,75

puntos.

- Diplomados en Enfermería (ATS o equivalente): 0,75

puntos.

- Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico o

Ingeniero Técnico: 0,75 puntos.

Sólo se puntuará en este apartado una titulación, la

de mayor puntuación.

2. Profesiones u oficios.

- Oficial 1.ª: 0,30 puntos.

- Oficial 2.ª: 0,150 puntos.

Se deberá acreditar documentalmente, mediante un

certificado de empresa donde aparezcan reflejadas

claramente las cotizaciones a la Seguridad Social,

con un mínimo de seis meses con contrato a jornada

completa, especificando la categoría de Oficial 1.ª o

2.ª, y la especialidad profesional en alguna de las

siguientes materias: Conductor Clase C o superior,

Albañilería, Encofrador, Cerrajería, Soldadura y

Oxicorte Fontanería, Carpintería, Mecánica del

Automóvil, Electricidad del Automóvil, Chapa-Pintura

del Automóvil o Electrónica.

Este certificado deberá acompañarse obligatoriamente

de la certificación expedida para tal efecto por la

Seguridad Social.

Sólo se puntuará en este apartado una especialidad y

dentro de ella una sola categoría.

3. Realización de cursos con aprovechamiento.

Sólo se valorarán los siguientes cursos, y a razón de

0,15 puntos cada uno.

- Materia de Socorrismo, impartido por entidad

acreditada, máximo 1 curso.

- Materias diversas, impartidos por el Centros

acreditados de formación del personal de las

Administraciones Públicas (CEMCI, IAAP, INAP, ESPA,

AFCAP, etc.), máximo 1 curso.

4. Servicios prestados como Bombero en servicios

públicos de Extinción de Incendios y Salvamento.

- Como Bombero en virtud de relación laboral o

funcionarial: 0,15 puntos por mes prestado hasta un

máximo de dos puntos.

- Como voluntario de Bomberos o Protección Civil:

0,10 puntos por mes prestado hasta un máximo de un

punto.

- Como voluntario de Protección Civil de Arcos de la

Frontera: 0,10 puntos por mes prestado hasta un

máximo de tres puntos.

En el caso del tiempo de voluntario, solo se

computarán aquellos meses con un mínimo de 85 horas

de servicio, y siempre que no haya perdido la

condición de voluntarios.

No podrá ser computado un mismo período por ambos

conceptos.

5. Servicios prestados en cualesquiera

Administraciones Públicas.

Como personal laboral o funcionario a jornada

completa: 0,5 puntos por año hasta un máximo de dos

puntos.

Las fracciones inferiores al año se computarán en

proporción al valor asignado a la puntuación por año

de servicio.

b) Una vez efectuada la valoración de estos méritos,

el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del

Excmo. Ayuntamiento, listado provisional, por orden

alfabético, en el que constará detalle de la misma.

Contra los resultados del concurso de méritos

publicado, podrá alegarse por los aspirantes lo que

estimen conveniente, mediante escrito dirigido al

Presidente del Tribunal Calificador, en el plazo de

diez días naturales.

El Tribunal habrá de reunirse nuevamente para

estudiar las alegaciones presentadas, publicando un

listado definitivo de méritos, dando por finalizada

la Fase de Concurso.

Las valoraciones publicadas se sumarán en su momento

a la puntuación obtenida por los aspirantes que

hubiesen superado la Fase de Oposición.

II. Fase de oposición.

La presente fase de Oposición constará de tres

pruebas selectivas que serán obligatorias y

eliminatorias.

1.ª Prueba psicotécnica.

Consistirá en el sometimiento a un reconocimiento

psicotécnico, efectuado por un asesor cualificado, en

el que se realizarán cuantas pruebas se consideren

necesarias para evaluar los siguientes factores:

Problemas de personalidad que afecten de manera

significativa:

- Al control y la estabilidad psíquica.

- A la posibilidad de adaptación a un equipo.

- A la aceptación de normas y de la autoridad.

- A la capacidad de decisión.

- A la excesiva susceptibilidad.

- A las reacciones extremas a estímulos corrientes.

- A las conductas inusitadas y extrañas.

Nivel intelectual con un cociente de inteligencia

general superior a la media de la población española.

Una vez realizado, y con la información que el asesor

facilite al Tribunal Calificador, éste calificará de

forma expresa de "apto" o "no apto", a cada uno de

los aspirantes, siendo necesario ser "apto" para

poder pasar a la siguiente prueba.

El Tribunal Calificador publicará en el tablón de

anuncios de la Corporación, el resultado de esta 1.ª

prueba, por la que los aspirantes "aptos" se

entenderán citados para realizar la siguiente, en el

lugar, fecha y hora que se indicará en la misma

relación.

2.º Prueba Física.

Consiste en la realización de 8 ejercicios, que se

ejecutarán en el orden establecido, con objeto de

respetar los principios de la Ley de la Alternancia.

Cada ejercicio será eliminatorio, siendo pues

necesario superar la marca mínima exigida en cada uno

de ellos, para pasar al siguiente. En aquéllos que no

se especifique lo contrario, sólo se permitirá un

intento.

1. Carrera de 100 metros lisos.

Finalidad: Velocidad.

Descripción: Recorrer la distancia de 100 metros

lisos en pista y sin salirse de su calle.

El ejecutante, a la voz de "a sus puestos", o

"preparada", se colocará en la línea de salida sin

sobrepasar ésta. A la voz de "listos" inclinará el

tronco hacia adelante y flexionará la pierna

adelante. A la voz de "ya" o cualquier otra señal

preestablecida (acústica y/o visual), saldrá. La

salida se puede realizar de pie o agachados, sin

tacos de salida.

Puntuaciones: Tiempo máximo de ejecución (puntuable

con 5 puntos):

16,00 segundos para el aspirante femenino.

14,00 segundos para el aspirante masculino.

Tiempo mínimo de ejecución (puntuable con 10 puntos):

14,50 segundos para el aspirante femenino.

12,50 segundos para el aspirante masculino.

Invalidaciones, Todas aquellas recogidas en el

Reglamento Internacional de la FIAA.

2. Trepa de cuerda lisa.

Finalidad: Medir la fuerza del tren superior.

Descripción: Trepar por una cuerda lisa hasta tocar

el enganche o soporte de la misma a una altura sobre

el suelo de:

- 6 metros para el aspirante femenino.

- 7 metros para el aspirante masculino.

Y descender de nuevo sin deslizarse.

Puntuaciones:

- Ejecutar la prueba con apoyo de los pies (presa) en

la cuerda, durante la totalidad, o en algún momento

de la misma, puntuará de 5 a 6 puntos.

- Ejecutar la prueba en su totalidad sin apoyo de

pies, puntuará de 7 a 8 puntos.

- Ejecutar la prueba en su totalidad sin apoyo de

pies y con flexión de la cadera de 90º (escuadra)

puntuará de 9 a 10 puntos.

Invalidaciones:

- Cuando el ejecutante no alcance la altura marcada.

- Cuando realice el descenso deslizándose.

3. Salto vertical.

Finalidad: Mide la potencia extensora del tren

inferior.

Descripción: Situado el ejecutante de codo, al lado

de una regla graduada en centímetros, en posición de

firmes levantando el brazo más próximo a la misma,

manteniendo los hombros en el mismo plano horizontal,

marcará la altura a que llega con el extremo de los

dedos.

Realizará mediante flexión de piernas, un salto

vertical, señalando la nueva altura alcanzada. La

marca alcanzada en esta prueba será la diferencia en

centímetros entre la altura conseguida por el salto y

la tomada en primer lugar.

Se permitirá levantar los talones y el ballesteo de

piernas, siempre y cuando no haya desplazamiento o se

pierda totalmente el contado con el suelo de los

pies.

Se permitirá en esta prueba un nuevo intento,

únicamente, si el primero resultase fallido.

Puntuación: La marca mínima será (puntuable con 5

puntos).

- 50 centímetros para el aspirante femenino.

- 55 centímetros para el aspirante masculino.

La marca máxima será (puntuable con 10 puntos):

- 60 centímetros para el aspirante femenino.

- 70 centímetros para el aspirante masculino.

4. Press de banca.

Finalidad: Flexo-extensiones de codo para medir la

fuerza rápida de pectorales y extensores del tren

superior.

Descripción: Flexo-extensiones de codo sobre el banco

en decúbito supino, con agarre dígito palmar un poco

más abierto de la anchura de los hombros sobre la

barra.

Posición inicial: Flexión hombro (90º) extensión

codo.

Posición final: Abducción músculos flexores del codo.

Hay que tener presente que las extensiones del codo

deben ser completas (máxima amplitud dependiendo del

sujeto) y cuando se efectúe la flexión del codo, la

banca debe tocar el pecho.

Sin estas dos consideraciones, no se contarán como

válidas las ejecuciones.

Puntuaciones: Se contarán el número de extensiones o

empujes efectuados en 30 segundos con una resistencia

de:

- 36 kilogramos para el aspirante femenino.

Con 14 repeticiones mínimo (puntuable con 5 puntos).

Con 30 repeticiones máximo (puntuable con 10

puntos).

- 44 kilogramos para el aspirante masculino.

Con 18 repeticiones mínimo (puntuable con 5 puntos).

Con 35 repeticiones máximo (puntuable con 10

puntos).

5. Carrera de agilidad.

Finalidad: Coordinación dinámica general y velocidad.

Descripción: El ejecutante recorrerá el espacio

situado entre dos líneas, a 9 metros de separación,

donde sin necesidad de pasar de la línea final,

recogerá un taco de madera del suelo y lo depositará,

sin arrojarlo detrás de la línea de partida inicial.

Inmediatamente regresará por el segundo taco y

volverá a la línea de partida atravesando sobre la

misma a la máxima velocidad y sin depositar esta vez

el taco.

Posición Inicial: Junto a la línea de partida y sin

pisarla, a la voz del juez de la prueba partirá hacia

la otra línea donde sin obligación de atravesar la

misma, recogerá el/los tacos de las dimensiones

aproximadas siguientes: 12 cm x 6 cm x 6 cm.

Toda la prueba, con la excepción del momento previo

al comienzo y del momento de finalizar, se desarrolla

entre ambas líneas, sin que las mismas tengan que ser

atravesadas por las extremidades inferiores del

opositor.

El taco primero debe ser depositado sobre el suelo

mientras que el segundo debe llevarlo el ejecutante

al sobrepasar la línea final.

Se permitirá en esta prueba un nuevo intento,

únicamente, si el primero resultase fallido.

Puntuaciones: Tiempo máximo de ejecución (puntuable

con 5 puntos):

- 10,50 segundos para el aspirante femenino.

- 9,50 segundos para el aspirante masculino.

Tiempo mínimo de ejecución (puntuable con 10 puntos):

- 9,50 segundos para el aspirante femenino.

- 8,50 segundos para el aspirante masculino.

6. Barra de equilibrio.

Finalidad: Coordinación dinámica general

(equilibrio).

Descripción. El ejecutante caminará a lo largo de una

barra de equilibrio de 5 metros de longitud, y 20

centímetros de anchura, situada a 2,50 metros sobre

el nivel del suelo, sin que caiga él o el objeto que

porte.

El sujeto irá lastrado con un saco de 20 kg. Al

llegar al final de la barra pisará la señal sobre la

misma y regresará al punto de partida.

Posición Inicial: A la altura aproximada de la barra,

y frente a la misma, cargando el lastre establecido.

A la voz del juez de la prueba, comenzará a caminar a

lo largo de la barra, hasta regresar al punto de

partida.

Se permitirá en esta prueba un nuevo intento,

únicamente, si el primero resultase fallido.

Puntuaciones: Tiempo máximo de ejecución (puntuable

con 5 puntos).

- 8 segundos para el aspirante femenino.

- 7 segundos para el aspirante masculino.

Tiempo mínimo de ejecución (puntuable con 10 puntos):

- 5 segundos para el aspirante femenino.

- 4 segundos para el aspirante masculino.

7. Dominadas en barra horizontal.

Finalidad: Flexiones de codo para medir la fuerza

rápida de los músculos dorsales y flexores del tren

superior.

Descripción: Efectuar flexiones de codos (rodillas

extendidas en toda la ejecución) de manera que la

barbilla supere el borde superior de la barra. En el

descenso la extensión de los codos deben ser total.

Posición Inicial: Suspendido de la barra (flexión de

hombros 180º, y extensión de codos) con presa dígito

palmar, hacia el frente, de la barra y a la anchura

de los hombros.

Posición final: Abducción de hombros, flexión de

codos en la posición referenciada.

Se contará el número de veces que pase la barbilla

sobre el borde superior de la barra en 30 segundos.

Que serán como mínimo (puntuable con 5 puntos):

- 7 repeticiones para el aspirante femenino.

- 10 repeticiones para el aspirante masculino.

Que serán como máximo (puntuable con 10 puntos):

- 15 repeticiones para el aspirante femenino.

- 20 repeticiones para el aspirante masculino.

8. Carrera de 1.000 metros.

Finalidad: Resistencia orgánica y muscular.

Descripción: Recorrer la distancia de 1.000 metros en

pista por calle libre.

El ejecutante se colocará en la pista en el lugar

señalado, detrás de la línea de salida, sin

sobrepasar ésta. A la voz de "ya", o disparo, o

pitido, saldrá a recorrer la distancia marcada por

calle libre.

Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento

Internacional de la FLAA.

La calificación de la Prueba Física, se obtendrá de

dividir la suma de las puntuaciones otorgadas al

opositor en cada uno de los ejercicios, entre el

número total de ellos.

Publicado el resultado de la misma, en el tablón de

anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la

Frontera, los aspirantes que la hayan superado, se

entenderán citados para realizar la siguiente prueba

selectiva en el lugar, fecha y hora que se indicará

en la misma relación.

Puntuaciones: En un tiempo máximo de (puntuable con 5

puntos):

- 4 minutos y 30 segundos para el aspirante femenino.

- 3 minutos y 45 segundos para el aspirante

masculino.

En un tiempo mínimo de (puntuable con 10 puntos):

- 3 minutos y 45 segundos para el aspirante femenino.

- 3 minutos y 15 segundos para el aspirante

masculino.

3.ª Prueba escrita.

Consiste en responder por escrito un cuestionario de

cincuenta preguntas tipo test, determinado por el

Tribunal Calificador en ese mismo momento, sobre los

temas de los Grupos I y II que figuran como Anexo I a

esta convocatoria, siendo el 20% de éste

perteneciente al Grupo I y el resto al Grupo II, en

un tiempo máximo de una hora.

Este cuestionario se calificará de 0 a 10 puntos,

restándose las preguntas incorrectas de las preguntas

correctas, y debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos

para superar la prueba.

Publicándose el resultado de esta prueba, al igual

que en los casos anteriores, en el tablón de anuncios

de este Excmo. Ayuntamiento.

Desde la terminación de una prueba y el inicio de la

siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72

horas y máximo de 45 días naturales.

La no presentación de un aspirante a cualquiera de

las pruebas selectivas o a alguno de sus ejercicios,

en el momento de ser llamado, salvo casos de fuerza

mayor, debidamente justificados, y apreciados por el

Tribunal Calificador, determinará automáticamente la

pérdida de su derecho, quedando excluido del proceso

selectivo.

La calificación de la Fase de Oposición se obtendrá

de sumar cada una de las puntuaciones de las pruebas

selectivas 2.ª y 3.ª y dividirlas entre dos, dado que

en la 1.ª no existe puntuación, sino la superación o

no, a través del apto o no apto.

El orden de calificación definitiva quedará

determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas

en la Fase de Oposición más la Fase de Concurso, cuya

relación será publicada en el tablón de anuncios,

determinándose en la misma, los aspirantes que

deberán pasar el reconocimiento médico.

Octava. Reconocimiento médico.

El Tribunal Calificador, con objeto de acreditar que

los aspirantes no padecen enfermedad o defecto físico

que les impidan el desempeño de las funciones propias

de Bombero, los someterá a un reconocimiento médico

efectuado por un asesor cualificado, en el que se

realizaran cuantas pruebas clínicas y complementarias

se consideren necesarias para determinar la sujeción

o no del aspirante al cuadro Anexo II, incorporado a

estas bases.

Una vez realizado, y con la información que el asesor

facilite al Tribunal Calificador, éste calificará de

forma expresa

de "apto" o "no apto", a cada uno de los aspirantes,

siendo necesario, ser "apto" para poder adquirir la

condición de funcionario de la Escala Básica (Grupo

D) del Servicio de Prevención y Extinción de

Incendios y Salvamento del Excmo. Ayuntamiento de

Arcos de la Frontera.

Novena. Relación de aprobados.

Terminada la calificación de los aspirantes, y

obtenidos los resultados del reconocimiento médico,

el Tribunal procederá, de la siguiente forma:

1. Elevará propuesta de nombramiento al Ilmo. Sr.

Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento, no

pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas.

2. Acompañará a la mencionada propuesta del Acta de

la última sesión del Tribunal, en la que figuraran

por orden de puntuación todos los aspirantes, aun

cuando superasen el número de plazas indicadas. En

todo caso, no se podrá declarar superado el proceso

selectivo a un número de aspirantes superior al de

las plazas convocadas.

Para aquellos aspirantes que no hubiesen obtenido

plaza, su puntuación les será tenida en cuenta a los

efectos de cubrir interinamente las vacantes,

sustituciones, o contratos eventuales, que se

produzcan en la plantilla de este Excmo.

Ayuntamiento, hasta nueva convocatoria.

Décima. Presentación de documentos.

Los aspirantes propuestos deberán aportar en el plazo

de veinte días naturales, a partir de la publicación

de la relación definitiva de aprobados, los

documentos acreditativos de las condiciones que para

tomar parte en este concurso-oposición se exigen en

la base Tercera.

Aquéllos que dentro del plazo indicado no presentaran

la documentación exigida, salvo casos de fuerza

mayor, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de que pudieran haber

incurrido en falsedad en su instancia.

Decimoprimera. Nombramiento y toma de posesión.

Aportados los documentos a que se refiere la base

anterior, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo.

Ayuntamiento procederá al nombramiento como personal

funcionario de la Escala Básica (Grupo D) del

Servicio de Prevención y Extinción de Incendios del

Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la Frontera con

destino como bombero, y aquéllos que no tomen

posesión en el plazo de un mes, sin causa

justificada, se entenderá que renuncian al mismo.

Decimosegunda. Destino y residencia.

Los funcionarios de la Escala Básica (grupo D) del

Servicio de Prevención y Extinción de Incendios

nombrados serán destinados y adscritos al Parque de

Bomberos del Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la

Frontera y deberán residir en este Municipio.

ANEXO I

PROGRAMA BOMBEROS

I. Temario Administrativo.1. La Constitución Española

de mil novecientos setenta y ocho. Estructura y

principios generales. Los derechos fundamentales en

la Constitución Española. El modelo económico de la

Constitución Española. El Tribunal Constitucional. La

Reforma de la Constitución.

2. La organización del Estado en la Constitución:

organización institucional o política y organización

territorial. La Corona. Las Cortes Generales:

referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de

Cuentas. El Poder Judicial.

3. El Gobierno y la Administración. Principios de

actuación de la Administración Pública. La

Administración General del Estado. Las Comunidades

Autónomas: Especial referencia a los Estatutos de

Autonomía. La Administración Local. La Administración

Institucional.

4. El personal al servicio de las Entidades Locales:

Concepto y clases. Derechos, deberes e

incompatibilidades.

5. El Régimen Local Español: Principios

constitucionales y regulación jurídica. Relaciones

entre Entes Territoriales. La Autonomía Local.

6. El Concepto de Informática. Desarrollo histórico.

La información y el ordenador electrónico. Nociones

sobre microordenadores. Elementos físicos. Sistema

operativo. Programas de aplicación.

II. Temario específico.

A. Area de Ciencias Sociales y Humanas.

A.1. Organización del Servicio.

1. Organización de los Servicios Públicos de

Protección Contra Incendios: Locales, Provinciales y

Regionales.

2. La responsabilidad de las Administraciones

Públicas por la prestación de los servicios públicos

de extinción de incendios y salvamento.

A.2. Normas de actuación.3. Desarrollo general de las

intervenciones.

4. Métodos generales de actuación.

A.3. Derecho.

5. Normas básicas de la edificación: Condiciones de

Protección Contra Incendios.

6. Reglamento de Instalaciones de Protección Contra

Incendios.

7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus

reglamentos.

8. Legislación en el transporte de Mercancías

Peligrosas: TPC/ADR, TRF/RID, IATA, IMCO/IMDG.

9. Ley de Prevención de Incendios Forestales de

Andalucía y su Reglamento.

10. Ley Forestal de Andalucía y su Reglamento.

11. Legislación Básica de Protección Civil.

A.4. Seguridad Vial.

12. Seguridad Vial. Normas generales de conducción.

A.5. Protección Civil.

13. Protección Civil Municipal. Organización y

funciones.

14. Reglamento de las Agrupaciones de Voluntarios de

Protección Civil.

A.6. Psicosociología.

15. Aptitudes físicas y psicológicas del Bombero.

Seguridad básica del Bombero. Precauciones generales

y ante peligros concretos.

16. Comportamiento humano en situaciones límite y de

emergencia.

A.7. Conocimiento del terreno.

17. Demografía, geografía y economía básica de

Europa, España y Andalucía.

18. Demografía, geografía y economía básica de la

provincia de Cádiz.

A.8. Técnicas de expresión.

19. Expresión y comprensión verbal.

20. Reglas básicas de redacción.

A.9. Técnicas de estudio.

21. Técnicas de estudio.

B. Area de Técnicas de Prevención y Extinción.

B.1. Extinción de Incendios.

21bis. Conocimientos básicos del fuego.

22. Materiales combustibles. Características.

23. Sistemas de agua contra incendios.

24. Agentes extintores. Extinción: Agua, espumas,

extintores.

25. Extinción en interiores: Edificios, garajes, etc.

26. Incendios Forestales. Causas, prevención. El

combate del fuego.

27. Extinción según tipos de incendios.

28. Tácticas de las brigadas de combate contra el

fuego.

29. Ventilación. Aparatos de ventilación.

B.2. Prevención y protección contra incendios.

30. Prevención de incendios.

31. Protección Contra incendios en los edificios.

Protección pasiva.

32. Instalaciones y medios de protección contra

incendios en los edificios. Protección activa.

B.3. Investigación de incendios.

33. Inspecciones de incendio.

34. Daños causados por el fuego.

C. Area de Técnicas de Salvamento.

C.1. Socorrismo.

35. Primeros auxilios.

C.2. Salvamentos.

36. Salvamento en el interior de pozos.

37. Salvamento en hundimientos.

38. Salvamento en accidentes de vehículos.

39. Salvamento en ascensores.

C.3. Ayudas Técnicas.

40. Saneamiento y consolidación de construcciones.

Apuntalamiento. Apeos.

41. Desag?es.

42. Acceso a locales.

43. Fuga de gases.

44. Intervenciones en presencia de electricidad.

Material de aislamiento eléctrico.

D. Area de material y equipos.

D.1. Material.

45. Equipo personal del Bombero.

46. Equipos de protección respiratoria.

47. Trajes de protección personal.

48. Cuerdas, tiros y material de amarre.

49. Escalas.

50. Aparatos para sistemas de agua. Bombas.

50bis. Material de elevación y tracción.

51. Material de corte, separación y desencarcelación.

52. Herramientas de Bombero. Usos múltiples.

D.2. Vehículos.

53. Vehículos de extinción.

54. Vehículos de salvamento.

55. Vehículos especiales.

56. Vehículos auxiliares.

E. Area de Ciencias Tecnológicas.

E.1. Física y Química.

57. Hidráulica e hidrodinámica.

58. Matemáticas elementales.

59. Física: Conceptos fundamentales.

60. Química básica.

E.2. Construcción.

61. Introducción general a la edificación.

62. Construcción. Cimentaciones.

E.3. Instalaciones.

63. Instalaciones de gas en viviendas.

64. Instalaciones eléctricas en viviendas.

65. Instalaciones de agua en viviendas.

66. Instalaciones de alcantarillado.

E.4. Telecomunicaciones.67. Manejo de emisoras.

E.5. Topografía.

68. Lectura de mapas.

E.6. Interpretación de planos.

69. Nociones básicas de dibujo técnico.

E.7. Mecánica.

70. Ideas básicas de mecánica.

71. Mantenimiento y prevención de averías.

F. Area de Mercancías Peligrosas.

72. Etiquetado y señalización de vehículos que portan

mercancías peligrosas.

73. Cilindros de gas en fuego.

74. Accidentes en el transporte y almacenamiento de

mercancías peligrosas.

ANEXO II

LISTADO DE EXCLUSIONES POR MOTIVOS

DE ENFERMEDAD 0 DEFECTO FISICO

No será declarado "apto" para el trabajo de Bombero

todo aspirante al que en el reconocimiento médico

previo presente alguna de estas circunstancias:

- Defectos físicos que impidan desarrollar ejercicios

físicos de moderada a gran intensidad, o que

requieran moderada destreza manual y rapidez de

movimientos.

- Enfermedad del aparato respiratorio que supongan

alteraciones de las pruebas funcionales

respiratorias.

- Enfermedades del sistema cardiovascular que

supongan una mala tolerancia o adaptación al

ejercicio físico de moderado a intenso.

- Enfermedades del aparato digestivo que requieran un

seguimiento por parte del aspirante de una dieta

rigurosa que interfiera el seguimiento de un horario

de trabajo continuado o sometido a turnicidad.

- Enfermedades renales que interfieran el

funcionalismo renal.

- Hepatopatías crónicas que se manifiesten con

alteraciones enzimáticas.

- Enfermedades neurológicas que se manifiesten con

alteraciones motoras, sensitivas o del nivel de

consciencia.

- Enfermedades endocrinometabólicas que requieran

dietas y tratamientos que interfieran el seguimiento

de un horario de trabajo continuado o sometido a

turnicidad.

- Enfermedades osteoartículares que supongan una

pérdida de la capacidad funcional del individuo.

- Enfermedades dermatológicas que se puedan ver

agravadas por la exposición a sustancias con las que

el Bombero se pone en contacto en su ejercicio

profesional.

- Enfermedades oftalmológicas y defectos ópticos que

supongan una pérdida de visión de más de 2/3 (sin

corrección).

- Enfermedades otorrinolaringológicas que supongan

pérdida de audición o alteraciones del equilibrio.

- Enfermedades psiquiátricas que supongan el

seguimiento de tratamiento prolongado con sicotropos.

- Enfermedades infecciosas crónicas en las que el

paciente sea portador.

ANEXO III

CALENDARIO PRUEBAS FISICAS

Ejemplo A.

Día 1.º:

- 100 metros lisos.

- Press de banca.

- Carrera de agilidad.

- 1.000 metros lisos.

Día 2.º:

- Trepa de cuerda lisa.

- Barra de equilibrio.

- Salto vertical.

- Dominadas.

Ejemplo B.

Día 1.º:

- 100 metros lisos.

- Salto vertical.

- Carrera de agilidad.

Día 2.º:

- Press de banca.

- 1.000 metros lisos.

Día 3.º:

- Trepa cuerda lisa.

- Barra equilibrio.

- Dominadas.

Arcos de la Frontera, 4 de marzo de 2003.- El Tte. de

Alcalde Delegado de Personal, José Antonio Oñate

Gómez.

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