Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 21/03/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 12 de marzo de 2003, por la que se modifican las condiciones de autorización de determinadas ferias comerciales oficiales de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Por Resolución de 17 de diciembre de 2002, se autoriza la celebración de ferias comerciales con el carácter de oficial en Andalucía y se aprueba el Calendario de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía para el año 2003 (BOJA núm., de 2 de enero de 2003), entre las que figuran I Feria del Comercio y Servicio, I Muestra Promocional del Vino, y Almoneda Jaén Feria de las Antig?edades y Coleccionismo.

Las entidades organizadoras de estas ferias solicitan autorización para modificar las condiciones de celebración de las mismas, conforme a lo establecido en el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, aprobado por Decreto 81/1998, de 7 de abril, que en su artículo 21 permite modificar las condiciones de autorización de una Feria Comercial Oficial.

En su virtud, en uso de las competencias que me atribuyen la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, y el Decreto

81/1998, de 7 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, en relación con el Decreto 137/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, y previo informe del Comité Consultivo de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía

RESUELVO

Modificar las condiciones de autorización de las Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía que se reseñan en el Anexo adjunto a esta Resolución.

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el titular de la Consejería de Economía y Hacienda en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 12 de marzo de 2003

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

Descargar PDF