Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 01/04/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 13 de marzo de 2003, por la que se concede la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento al Centro Privado de Educación Infantil Divina Pastora de Martos (Jaén).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Dolores Aguila Barranco, en su calidad de representante de la Congregación "Instituto Calasancio Hijas de la Divina Pastora", entidad titular de los centros docentes privados de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria "Divina Pastora", con domicilio en C/ Carrera, núm. de Martos (Jaén), en solicitud de ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento del mencionado centro en 1 unidad de Educación Infantil (2.º ciclo) y supresión de 1 unidad de Educación Secundaria Obligatoria;

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Jaén;

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial; Resultando que con código 23003053, hay autorizados tres centros: de Educación Infantil con 5 unidades de segundo ciclo para 125 puestos escolares, por Orden de 14 de julio de 1999, de Educación Primaria con 12 unidades para 300 puestos escolares y de Educación Secundaria con 8 unidades de Educación Secundaria Obligatoria para 240 puestos escolares, por Orden de 18 de diciembre de 1996;

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa aparece que la titularidad de los Centros la ostenta la Congregación "Instituto Calasancio Hijas de la Divina Pastora".

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del

4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4 de octubre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE del 26 de junio), modificado por el Real Decreto 835/2002, de

2 de agosto (BOE del 3 de agosto); el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo (BOE del 25 de junio); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA del 20 de junio); Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Primero. Conceder la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para 1 unidad de Educación Infantil (2.º ciclo) para 25 puestos escolares y la supresión de 1 unidad de Educación Secundaria Obligatoria para 30 puestos escolares a los centros docentes privados "Divina Pastora", quedando con la autorización definitiva que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: Divina Pastora.

Código de Centro: 23003053.

Domicilio: C/ Carrera, núm..

Localidad: Martos.

Municipio: Martos.

Provincia: Jaén.

Titular: Instituto Casalancio Hijas de la Divina Pastora. Composición resultante: 6 unidades de Educación Infantil (segundo ciclo) para 150 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: Divina Pastora.

Código de Centro: 23003053.

Domicilio: C/ Carrera, núm..

Localidad: Martos.

Municipio: Martos.

Provincia: Jaén.

Titular: Instituto Calasancio Hijas de la Divina Pastora. Composición resultante: 12 unidades de Educación Primaria para

300 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: Divina Pastora.

Código de Centro: 23003053.

Domicilio: C/ Carrera, núm.

Localidad: Martos.

Municipio: Martos.

Provincia: Jaén.

Titular: Instituto Calasancio Hijas de la Divina Pastora. Composición resultante: 7 unidades de Educación Secundaria Obligatoria para 210 puestos escolares.

Transitoriamente, hasta finalizar el curso escolar 2003/04 o hasta que la titularidad de este centro solicite el cambio de enseñanzas de Preescolar a Educación Infantil, de conformidad con la Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de 31 de enero de 1992 (BOJA de 10 de marzo), podrá funcionar impartiendo Educación Preescolar con 3 unidades para 115 puestos escolares y Educación Infantil con 3 unidades de segundo ciclo para 75 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio) y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE del 19 de octubre).

Tercero. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Jaén la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de marzo de 2003

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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