Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 14/04/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 89/2003, de 1 de abril, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz), de una parcela sita en el Polígono 1-A Residencial del Actur Río San Pedro de la citada localidad, con destino a Instituto de Enseñanza Secundaria; y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía la parcela E-6 del Polígono

1-A Residencial del Actur Río San Pedro de dicho municipio, con destino a Instituto de Enseñanza Secundaria.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 1 de abril de 2003,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz) de la siguiente finca: Parcela urbana E-6 sita en el Polígono 1-A Residencial del Actur Río San Pedro, al sitio "Coto de la Compañía Trasatlántica" de Puerto Real, con superficie de 10.000 m. Linda: Norte, calle de nueva creación que la separa de zona verde; Sur, calle de nueva creación que la separa de la carretera nacional núm. 443; Este, zona verde; y, Oeste, calle de nueva apertura que la separa de las parcelas I y M. Uso: Equipamiento docente -EGB y Preescolar-.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. de El Puerto de Santa María, a favor del Ayuntamiento de Puerto Real, al folio 91 del tomo 1.289, libro 288, finca núm..491.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley

4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a Instituto de Enseñanza Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 1 de abril de 2003

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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