Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 15/04/2003

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 2 de abril de 2003, de la Delegación Provincial de Granada, sobre expropiación forzosa de terrenos a ocupar con motivo de la ejecución de la obra ETAP de El Chaparral (Granada), de clave: A5.318.736/2111, en el término municipal de Albolote.

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Por Resolución de la Secretaría General de Aguas de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía de fecha 14 de marzo de 2003 se aprobó el Pliego de Bases de la obra "ETAP de El Chaparral (Granada)", clave: A5.318.736/2111, en el término municipal de Albolote (Granada).

Estas obras tienen la declaración de utilidad pública como proyecto de obras de infraestructura hidráulica por el art. 12 de la Ley 11/98, diversas medidas financieras y administrativas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Así mismo por el Decreto 3376/1971, de 23 de diciembre las obras para la potabilización de aguas destinadas al abastecimiento de poblaciones, se declararon de reconocida urgencia a todos los efectos de la aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Este Decreto fue declarado vigente en sentencia del Tribunal Supremo de 24 de junio de

1998.

A la vista de cuanto antecede, esta Secretaría en el ejercicio de las facultades que le confiere la vigente Ley de Expropiación Forzosa,

HA ACORDADO

Primero. Iniciar el procedimiento expropiatorio respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado designando como beneficiario al Consorcio para el desarrollo de la Vega-Sierra Elvira.

Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia y diario "Ideal" de Granada, valiendo como edictos en general respecto a posibles interesados no identificados y en especial por lo que se refiere a titulares desconocidos o de ignorado paradero según lo previsto en el art. 52.2 de la LEF y art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero. Señalar el día 5 de mayo de 2003 a las 10,00 horas, para proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de los bienes, y su comparecencia en el Ayuntamiento de Albolote, sin perjuicio de trasladarse al lugar de la finca afectada, si se considera necesario.

A dicho acto, deberán asistir los titulares de los bienes y derechos que se expropian, personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y Documento Nacional de Identidad, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estima oportuno, de peritos y Notario.

En caso de no asistencia a la firma de las actas debida a no convocatoria por desconocimiento de el/los titulares o a imposibilidad, se abrirá un plazo de 2 días para acudir al Ayuntamiento y se procederá posteriormente a informar al Ministerio Fiscal, de acuerdo con el art. 5 de la LEF.

Publicada esta Resolución y hasta el momento de las Actas Previas, los interesados podrán formular, por escrito, ante esta Delegación (Avda. de la Constitución, 18, portal 2. 18012 Granada), alegaciones, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.

Granada, 2 de abril de 2003.- El Delegado (P.S.R. 21/85), El Secretario General, José Luis Torres García.

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