Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 21/04/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE INSTR. Nº1 DE MARBELLA (ANTIGUO MIXTO Nº1)

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 33/2002. (PD. 1392/2003).

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N.I.G.: 2906943C20021000007.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 33/2002. Negociado: BC.

Sobre: Ordinario.

De: Don Fernando Caballero Reyes.

Procurador: Sr. Guillermo Leal Aragoncillo.

Contra: Herederos legales llamados a la herencia de doña M. Angeles Fernández Ramos y a la rencia yacente de L

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 33/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Marbella a instancia de Fernando Caballero Reyes contra herederos legales llamados a la herencia de doña M. Angeles Fernández Ramos y a la rencia yacente de L sobre Ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

Juez que la dicta: Doña M.ª José Lario Parra.

Lugar: Marbella.

Fecha: Trece de diciembre de dos mil dos.

Parte demandante: Fernando Caballero Reyes.

Procurador: Guillermo Leal Aragoncillo.

Parte demandada: Herederos legales llamados a la herencia de doña M. Angeles Fernández Ramos y a la rencia yacente de L Objeto del juicio: Ordinario.

FALLO

Que desestimando la demanda planteada por el procurador Sr. Leal Aragoncillo en nombre y representación de don Fernando Caballero Reyes contra los herederos de doña M.ª Angeles Fernández Ramos debo absolver a la significada parte demandada a los pedimentos de la demanda, y todo ello con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia a dicha parte actora.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados herederos legales llamados a la herencia de doña M. Angeles Fernández Ramos y a la rencia yacente de L, extiendo y firmo la presente en Marbella a seis de marzo de dos mil tres.- El/La Secretario.

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