Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 22/04/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA

CORRECCION de erratas al Anuncio del Patronato Provincial de Turismo, sobre Bases (BOJA núm. 69, de 10.4.2003).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Advertidas erratas en el anuncio de referencia, a continuación se procede nuevamente a la publicación íntegra del mismo.

Esta convocatoria sustituye a la publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 84, de fecha 6 de mayo de 2002 que, en consecuencia, queda sin efecto.

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la celebración de concurso-oposición para la provisión mediante contratación laboral fija de dos plazas de administrativos de turismo (grupo

C) de la especialidad de inglés-alemán y una plaza de administrativo de turismo (grupo C) de la especialidad inglés- francés, vacantes en la plantilla de personal laboral del Patronato Provincial de Turismo de Almería, mediante el procedimiento de concurso oposición libre. Plazas dotadas con las retribuciones correspondientes al grupo C del convenio colectivo del Personal Laboral de la Excma. Diputación Provincial de Almería, de aplicación parcial a este personal, en virtud del acuerdo del Consejo Ejecutivo del Patronato de 26 de febrero de 2002.

El número de plazas convocadas podrá ampliarse en el caso de que, con anterioridad a la Resolución de la Presidencia fijando la fecha de inicio de la fase de concurso y de oposición, se creara o quedara vacante alguna otra plaza de Administrativo de Turismo. Esta ampliación se aprobará por resolución de la Presidencia.

Los contratados estarán obligados a realizar los viajes que por el Patronato se le indiquen, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, cumpliendo funciones de promoción e información de los recursos turísticos de la provincia y realizando todas las tareas anexas a tal fin. Asimismo, cuando sea necesario, se desplazarán utilizando el vehículo que se ponga a su disposición.

2. Condiciones generales de capacidad que habrán de reunir todos los aspirantes.

A) Estar en posesión de la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea.

B) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de aquélla que, de acuerdo con sus antecedentes de cotización a la Seguridad Social, le permita alcanzar la jubilación en la misma al cumplir los sesenta y cinco años de edad.

C) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

D) Estar en posesión de carné de conducir de vehículos tipo B.

E) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

F) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, ni despedido del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

G) No estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impidan en su Estado, el acceso a la función pública.

3. Instancias y documentos a presentar.

3.1. Los aspirantes deberán presentar instancia en modelo oficial en la que soliciten tomar parte en el concurso- oposición y manifiesten que cumplen todas y cada una de las condiciones generales exigidas en la base segunda, adjuntando fotocopia de los documentos que acrediten que, efectivamente, cumplen estas condiciones, exceptuando las recogidas en los puntos E), F) y G) que habrán de acreditarse posteriormente. En dicha instancia se especificarán la especialidad o

especialidades que el aspirante escoge. En consecuencia, no será necesario presentar una solicitud por cada una de las dos especialidades a las que se puede aspirar.

3.2. Los documentos que han de aportarse para acreditar que se cumplen las condiciones indicadas en la base 2 (apartados A, B,

C) y D) son los siguientes:

1. Documento Nacional de Identidad.

2. En su caso, certificado de cotización a la Seguridad Social.

3. Título exigido o resguardo de haber abonado los derechos por su expedición.

4. Carné de conducir clase B.

5. La nacionalidad deberá poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

En dicha instancia deberá figurar una foto tipo carné del aspirante.

3.3. Las personas con minusvalías, debidamente acreditadas por los órganos competentes de la Consejería correspondiente de la Junta de Andalucía, podrán solicitar en la instancia

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas; adjuntando tanto la certificación que acredite su condición de minusválido, como la que acredite su aptitud para el desempeño de las funciones de Administrativo de Turismo.

3.4. A la instancia habrán de adjuntarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados. La documentación podrá presentarse en fotocopias simples. No serán tenidos en cuenta los méritos que no estén justificados por el documento correspondiente o fotocopia del mismo presentado dentro del plazo de admisión de instancias.

4. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentación se presentarán en el Registro General del Patronato Provincial de Turismo de Almería, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la

publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta al Patronato, el aspirante deberá comunicar mediante fax o telegrama la presentación de la instancia o documento, que deberá ser recibido en este Patronato en el plazo máximo de los diez días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación.

En el anuncio en el que se publique esta convocatoria, en el Boletín Oficial de la Provincia, se fijará el día, hora y lugar para la celebración del sorteo que determine el orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición.

Terminado el plazo de admisión de instancias, en el plazo de un mes, como máximo, el Presidente del Patronato dictará

Resolución declarando aprobadas las dos listas de admitidos y excluidos, en su caso (las listas se elaborarán en función de las dos especialidades indicadas). En dicha Resolución, que se publicará en el BOP, se indicará el lugar en que se encuentran expuestas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación del plazo de subsanación que, en

los términos del artículo 71 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos y determinando lugar y fecha de comienzo de los ejercicios.

La publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

Los aspirantes admitidos deberán presentar el Proyecto de Actuación, como mínimo con 15 días de antelación a la fecha que se fije para el inicio del primer ejercicio.

5. Procedimiento de selección de los aspirantes.

La selección constará de dos fases: Una de Concurso y otra de Oposición. La fase de Concurso será previa a la de Oposición.

El Tribunal publicará conjuntamente las calificaciones

correspondientes a las dos especialidades a las que pueden aspirar los opositores, tanto en la fase de concurso como en la de oposición. Para aquellos aspirantes que opten a las dos especialidades la única diferencia con respecto a los demás, en la fase de oposición, es que tendrán que realizar los supuestos correspondientes a los tres idiomas. El resto de los ejercicios sólo los tendrán que realizar una sola vez y la calificación que obtengan les servirá para las dos especialidades.

Los puntos obtenidos en la fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de Oposición a los efectos de establecer los aspirantes seleccionados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de Oposición.

5.1. Fase de Concurso.

5.1.a) Méritos Profesionales.

a.1. Por cada mes completo de servicios prestados encuadrables en el Grupo C o superior realizando funciones en materia de promoción turística en cualquiera de las Administraciones Públicas, 0,05 puntos (máximo 4,00 puntos).

a.2. Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en el Patronato Provincial de Turismo de Almería, la valoración de cada mes se incrementará en 0,03 puntos (máximo 5,50 puntos).

a.3. Por cada mes completo de servicios prestados en Empresas privadas, en plazas o puestos de igual o similar contenido,

0,02 puntos (máximo 3,00 puntos).

No se computarán servicios que hubieren sido prestados

simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. En todo caso la puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado será de 5,50 puntos).

5.1.b) Méritos Académicos.b.1. Técnico de Empresas y

Actividades Turísticas (Diplomado en Turismo) o en condiciones de obtenerlo, en la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias, 2 puntos.

5.1.c) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

Haber participado o impartido actividades formativas, siempre que se encuentren relacionadas con las funciones a desarrollar y organizados, bien por una Administración Pública o

Universidad, bien por una institución pública o privada en colaboración con la Administración Pública.

c.1. Por la participación como asistente:

- Por cada hora de duración, 0,005 puntos.

c.2. Por la participación como ponente o por impartir un curso:

- Por cada hora de duración, 0,010 puntos.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima de 0,005 puntos o 0,010 en cada caso. En la acreditación de seminarios permanentes que duren un curso lectivo deberán especificar el número de horas, en caso contrario se valorarán con la puntuación mínima.

En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso.

En todo caso la puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado será de 1,00 punto.

5.1.d) Superación de pruebas selectivas.

- Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir permanentemente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder: 0,50 puntos.

- Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir temporalmente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que puede obtenerse por este apartado es de 1 punto.

PUNTUACION MAXIMA FASE DE CONCURSO

La puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de concurso será de 9,50 puntos, siendo las puntuaciones máximas de cada apartado del baremo las siguientes:

Méritos profesionales: 5,50 puntos.

Méritos académicos: 2,00 puntos.

Cursos Seminarios y Congresos: 1,00 punto.

Superación de pruebas selectivas: 1,00 punto.

JUSTIFICACION DE MERITOS ALEGADOS

La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado en el punto 5.1 será la siguiente en cada caso:

a) Experiencia profesional.a.1. La experiencia profesional en plaza o puesto de igual contenido en el ámbito de la

Administración Pública se justificará:

a.1.a. Aportando la documentación indicada en el apartado a.2. o

a.1.b. Presentando certificación expedida por la Secretaría o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:

- Denominación de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado.

- Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.

- Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con la Administración.

a.2. La experiencia profesional en plaza o puesto de igual o similar contenido fuera del ámbito de la Administración Pública se justificará:

a.2.a. En el caso de servicios prestados por cuenta ajena, aportando los siguientes documentos:

1.º Contrato de trabajo o certificación de la empresa

correspondiente al período que se alega.

2.º Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social.

a.2.b. En el caso de servicios prestados por cuenta propia, aportando los siguientes documentos:

1.º Justificante de pago del impuesto de actividades económicas de cada uno de los años en que se haya estado en situación de alta en el mencionado impuesto.

2.º Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social, donde conste período y grupo de cotización, salvo aquellos colectivos profesionales que estén exentos de esta cotización, lo que deberá acreditarse de forma fehaciente.

a.3. En los apartados del punto 5.1.a) del baremo, para acreditar que se han prestado servicios encuadrables en el Grupo C o superiores de igual o similar contenido, cuando no coincidan la denominación de los que se hayan ocupado con el del puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares.

b) Expediente académico.

Para acreditar los méritos señalados en el punto 5.1.b) del baremo habrá de aportarse certificación académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.

c) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Para acreditar los méritos señalados en el punto 5.1.c) del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, jornadas..., o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que conste:

- Denominación del curso, jornadas.

- Número de horas/días de duración.

- Concepto en el que participó el aspirante.

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se valorarán cursos, jornadas..., relacionados con las funciones a

desarrollar en el Patronato para las funciones que se

especifican en el Anexo 2.º de esta convocatoria.

En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del personal al servicio de la Administración Pública, habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada

institución donde consten los extremos antes indicados.

d) Superación de pruebas selectivas.

Habrá de aportarse certificación en la que conste este extremo, indicando asimismo:

- Procedimiento de selección: oposición o concursooposición.

- Carácter temporal o permanente de la provisión.

- Publicidad: Fecha de publicación en los diarios oficiales o medios de comunicación.

- Superación de todos los ejercicios de las correspondientes pruebas selectivas.

5.2. Fase de Oposición. La fase de oposición constará de los cuatro ejercicios que se establecen a continuación y que tienen carácter obligatorio para todos los aspirantes. Los tres primeros ejercicios se puntuarán, cada uno de ellos, entre 0 y

10 puntos. El cuarto ejercicio se puntuará entre 0 y 20 puntos. Esta fase de oposición está enfocada a seleccionar a aquellos aspirantes que, considerando el conjunto de los ejercicios, obtengan mayor puntuación. Por otro lado, es necesario eliminar a aquellos aspirantes que obtengan, en un ejercicio, una calificación notoriamente deficiente, por esta razón se establece que los tres primeros ejercicios tendrán carácter eliminatorio para aquellos aspirantes que obtengan 2,5 o menos puntos y el cuarto ejercicio tendrá carácter eliminatorio para aquellos aspirantes que obtengan 5 o menos puntuación. Para superar el conjunto de la fase de oposición será necesario obtener un mínimo de 25 puntos sumando la puntuación conseguida en los cuatro ejercicios.

1. Ejercicio de idiomas (primer ejercicio).

Consistirá en la realización de supuestos prácticos

determinados por el Tribunal concernientes a la función a desarrollar, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes, en el tiempo y con la extensión que fije el Tribunal. El Tribunal preparará tres supuestos prácticos: uno para ser desarrollado en inglés; otro en alemán y otro en francés. Aquellos aspirantes que solamente hayan escogido una especialidad, desarrollarán los dos supuestos correspondientes a los idiomas de la especialidad que hayan escogido. Los aspirantes que hayan optado a las dos

especialidades realizarán los tres supuestos. En consecuencia el supuesto de inglés será común a las dos especialidades. Este ejercicio será leído por los aspirantes en los idiomas en los que esté escrito y en castellano. Se le podrán formular preguntas relativas a los supuestos, en los idiomas en los que estén escritos. En este ejercicio se valorará prioritariamente el conocimiento de los idiomas elegidos (70% de la puntuación), en segundo lugar, se valorará el contenido de los supuestos prácticos desarrollados (30% de la puntuación). En un mismo anuncio se publicarán las calificaciones obtenidas por los aspirantes a las dos especialidades. Este ejercicio será eliminatorio y para superarlo y pasar al siguiente será necesario obtener una puntuación superior a 2,5 puntos.

2. Ejercicio práctico (segundo ejercicio) (el mismo para las dos especialidades).

Desarrollar el supuesto práctico sobre promoción turística que proponga el Tribunal. El Tribunal podrá determinar que el ejercicio sea leído por los aspirantes. Este ejercicio será eliminatorio y para superarlo y pasar al siguiente será necesario obtener una puntuación superior a 2,5 puntos.

3. Ejercicio práctico de ofimática (tercer ejercicio) (el mismo para las dos especialidades).

Consistirá en realizar durante un tiempo máximo de hora y media un ejercicio utilizando las herramientas Word y Excel, de la aplicación Office 2.000. El ejercicio de Word consistirá en realizar el documento propuesto por el Tribunal utilizando el citado procesador. Se valorará, en el ejercicio de Word, la debida utilización de las funciones de edición del citado procesador y en general se valorará el uso y conocimiento de estas herramientas. Para la realización de estas pruebas, el Patronato facilitará los medios informáticos. Este ejercicio será eliminatorio y para superarlo y pasar al siguiente será necesario obtener una puntuación superior a 2,5 puntos.

4. Cuarto ejercicio: Proyecto de Actuación; Defensa del Proyecto de Actuación y entrevista (el mismo para las dos especialidades).

Este ejercicio se compone de tres partes:

a) Proyecto de Actuación: Elaboración de un Proyecto de Actuación, con un mínimo de 30 páginas y un máximo de 40 páginas. Este proyecto de actuación estará basado en la actividad de promoción turística que el aspirante propone se lleve a cabo por el Patronato Provincial de Turismo de Almería y consistirá, fundamentalmente, en una propuesta de desarrollo futuro de la actividad de promoción turística del Patronato. Para ello se tendrá en cuenta la finalidad y actuaciones del Patronato, establecidas en el artículo 4 de sus Estatutos y que se acompaña a estas bases como Anexo 1.º Además se tendrán en cuenta las funciones de las plazas/puestos a los que se opta, que se recogen en el Anexo 2.º Este proyecto de Actuación se presentará en soporte papel y en disquete (Word).

El formato del Proyecto de Actuación será el siguiente: Formato de papel A4, se imprimirá a una sola cara.

Tipo de letra arial, tamaño 12 puntos.

Espacio interlineal 1,5.

Margen superior 2,5 cm.

Margen inferior 2,5 cm.

Margen derecho 3 cm.

Margen izquierdo 3 cm.

Encabezamiento: Centrado. Título o descripción del Capítulo (salvo en la primera de cada capítulo) en las impares y título del trabajo en las pares.

Pie de página: Número de página, que debe ir centrado.

Una vez desarrollado el tercer ejercicio y antes de que se celebre la defensa del Proyecto de Actuación y la entrevista, los miembros del Tribunal procederán a la lectura de los mismos. A estos efectos los aspirantes deberán presentar, en sobre cerrado, el Proyecto de Actuación, como mínimo con 15 días de antelación a la fecha que se fije para la realización del primer ejercicio.

b) y c) Defensa del Proyecto de Actuación y entrevista: Los candidatos presentarán y defenderán oralmente el Proyecto de Actuación elaborado, durante treinta minutos como máximo y veinticinco minutos como mínimo. Podrán utilizar para dicha presentación los medios técnicos que consideren convenientes. Estos medios deberán indicarse en el propio Proyecto de Actuación, con la finalidad de que puedan estar preparados.

A continuación se celebrará la entrevista en la que los miembros del Tribunal formularán preguntas sobre el trabajo presentado y, en general, sobre actividades de promoción turística en la provincia de Almería, opinión personal e iniciativas del aspirante al respecto. La entrevista durará media hora como máximo y veinte minutos como mínimo.

Calificación del cuarto ejercicio.

El Proyecto de Actuación se valorará conjuntamente con la defensa oral y la entrevista. Los miembros del Tribunal que juzgue el concurso-oposición puntuarán este Proyecto de Actuación con un máximo de diez puntos. La defensa oral del Proyecto de Actuación y la entrevista se valorará hasta un máximo de cinco puntos cada parte, por tanto hasta un máximo de

10 puntos.

Por tanto, en este cuarto ejercicio, se podrá obtener hasta un máximo de 20 puntos. Tendrá carácter eliminatorio, siendo necesario para superarlo obtener más de 5 puntos.

Calificación final de la fase de oposición.

Como ya se ha indicado anteriormente, para superar el conjunto de la fase de oposición, en las dos especialidades, será necesario obtener un mínimo de 25 puntos sumando la puntuación conseguida en los cuatro ejercicios. A estos efectos, el Tribunal en el mismo anuncio en el que haga público el

resultado del cuarto ejercicio, incluirá la relación de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición en las dos especialidades.

6. Calendario de las pruebas.

La celebración del concurso-oposición no se iniciará antes de la primera semana de mayo de 2003.

7. Formación y actuación del Tribunal Calificador.

El Tribunal que juzgará el concurso-oposición estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El Vicepresidente del Patronato Provincial de Turismo de Almería, o miembro del Consejo Ejecutivo en quien delegue.

Vocales:

- Cuatro miembros del Consejo Ejecutivo del Patronato

designados por el Presidente del Patronato.

- El Gerente del Patronato Provincial de Turismo de Almería.

- El Secretario Delegado del Patronato de Turismo, que actuará además como Secretario del Tribunal.

Como asesores especialistas para la celebración y calificación del primer ejercicio se nombrarán tres representantes de la Escuela Oficial de Idiomas (especialistas en francés, inglés y alemán).

Como asesores especialistas para la celebración y calificación del tercer ejercicio se nombrarán dos informáticos de la Diputación.

Todos los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas (grupo C).

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran circunstancias de las previstas en el artículo

28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando en éstos concurran

circunstancias de las determinadas en el mencionado precepto legal.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos, para todas o alguna de las pruebas, de asesores especialistas que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

Calificación de la fase de concurso.

El Tribunal estudiará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes admitidos, calificándolos con arreglo al Baremo que figura en la base quinta; pudiendo obtenerse con su aplicación un máximo de nueve puntos y medio (9,50) puntos.

Calificación de la fase de oposición.

Los miembros del Tribunal que juzgue el concurso-oposición puntuarán cada uno de los tres primeros ejercicios, de los cuatro en que se divide la fase de oposición, con un máximo de diez puntos, el cuarto ejercicio compuesto por tres pruebas se puntuará con un máximo de 20 puntos. La puntuación de cada aspirante, en cada parte, será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, eliminándose del cálculo la mayor y la menor puntuación otorgadas.

Las cuatro partes de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para superar las tres primeras obtener más de 2,5 puntos, en cada una de ellas. Para superar el cuarto ejercicio será necesario obtener más de 5 puntos.

Para superar el conjunto de la fase de oposición será necesario obtener un mínimo de 25 puntos, sumando la puntuación

conseguida en los cuatro ejercicios.

Calificación final.

La suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en la fase de oposición, por quienes superen esta fase, dará la calificación final.

En caso de empate en la puntuación final, el Tribunal llevará a cabo el desempate de los aspirantes con la aplicación de los criterios que se relacionan, por orden de prelación:

1.º Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en el Patronato Provincial de Turismo de Almería.

2.º Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la Administración Pública.

3.º Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la empresa privada.

4.º Por sorteo o entrevista con los aspirantes, a criterio del Tribunal.

En aplicación de lo establecido en el párrafo 5.º del art. 18 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas respectivas un número superior de aspirantes al de las plazas/puestos convocadas en cada una de las dos especialidades. El Tribunal hará pública la propuesta de los aspirantes aprobados en cada una de las especialidades. No obstante, el Tribunal, además de hacer pública la propuesta de aspirantes aprobados, publicará, en su caso, la relación, por orden de preferencia, de los aspirantes que, aun no habiendo aprobado, han superado todos los ejercicios y se consideran capacitados para la prestación de servicios con carácter temporal, en puesto análogo, en cada una de las dos especialidades. En consecuencia, se formará una lista de espera para futuras contrataciones con una validez de tres años, para cada una de las dos especialidades. Este período de vigencia se podrá prorrogar por otros dos años, en caso de que no se hubiera tramitado otras pruebas selectivas de la misma

naturaleza y especialidad para cubrir de forma definitiva o temporal plazas/puestos iguales.

Contra la propuesta del Tribunal que culmine el procedimiento selectivo, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Presidente del Patronato, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de diez días durante los cuales se expondrá el anuncio con la propuesta del Tribunal en el tablón de anuncios del Patronato, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

El Tribunal que juzgará el concurso-oposición objeto de la presente convocatoria se clasifica dentro de la segunda categoría, a los efectos prevenidos en el Real Decreto

462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

En lo no previsto en estas bases, el Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten, adoptando las medidas necesarias para el normal desarrollo del concurso-oposición.

8. Presentación de documentación.

Los aspirantes aprobados deberán presentar en el Patronato Provincial de Turismo de la Provincia de Almería, sito en Plaza Bendicho s/n, en el plazo de 20 días naturales, contados desde que se haga pública la propuesta del Tribunal, los siguientes documentos:

a) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio, expedido por el Servicio de Prevención de este Patronato o por la Mutua de Accidentes de Trabajo o enfermedades profesionales a que esté adscrito el personal laboral del Patronato.b) Título exigido o resguardo del pago de los derechos del mismo, pudiendo presentar fotocopia para su compulsa con el original.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

d) Declaración jurada de no estar incurso en causa de

incapacidad de las contenidas en el art. 36 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local.

e) Declaración jurada de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su art. 10 y en todas las disposiciones que se dicten en su desarrollo.

f) Declaración jurada de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se va a desempeñar en este Patronato y/o solicitud, en su caso, de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen del Patronato.

g) Documento Nacional de Identidad y fotocopia del mismo.

Asimismo habrán de aportar los documentos originales de los méritos alegados y presentados mediante fotocopia simple junto a la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición objeto de la presente convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser

nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

9. Base final.

En lo no previsto en las bases anteriores regirá, la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, así como el R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios y personal laboral de

Administración Local y el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, y demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación.

Almería, 28 de marzo de 2003.- El Vicepresidente del Patronato, José Luis Aguilar Gallart.

Diligencia: Para hacer constar que la presente convocatoria ha sido aprobada por resolución de la Presidencia del Patronato núm. 32, de fecha 27 de marzo de 2003, se compone de nueve (9) bases y dos (2) anexos, transcritos en veintiocho (28) folios, por una sola cara, rubricados al margen por la jefa de

negociado y por el funcionario que suscribe.

Almería, 28 de marzo de 2003.- El Secretario Delegado del Patronato, Juan Antonio Varona Arciniega.

ANEXO 1.º

FINALIDADES Y ACTUACIONES DEL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE LA PROVINCIA DE ALMERIA. (ARTICULO DE LOS ESTATUTOS DEL PATRONATO)

El fin del Patronato lo constituye el desarrollo del turismo en el ámbito de la provincia de Almería, a tal efecto, irán encaminadas las siguientes actuaciones:

a) Promover la difusión de la imagen "Costa de Almería", conjugando el turismo del litoral, interior y ciudad.

b) Realización de todo tipo de actuaciones encaminadas a la captación del turismo.

c) Intensificación de acciones y gestiones ante Organismos oficiales y particulares, tendentes a mejorar la imagen turística de los municipios de la provincia de Almería, en el panorama turístico nacional e internacional.

d) Preparación de publicaciones, folletos, carteles, vídeos e iniciativas, en orden a mejorar la información sobre los valores turísticos de la provincia de Almería.

e) Promover el estudio y desarrollo de las particularidades de los municipios de la provincia de Almería en el orden

turístico, potenciando sus factores básicos.

f) Coordinar la labor con otras Instituciones Turísticas de la provincia o nacionales, siempre que redunden en el cumplimiento de los fines del Patronato.

g) Suscribir Convenios de colaboración con cualquier Entidad pública o privada con fines de índole turística.

h) Otorgar subvenciones que supongan apoyo a las actividades de promoción turística realizada por entidades públicas o

privadas.

i) Colaborar en el desarrollo de medidas de fomento de la calidad, formación, innovación y modernización en el sector turístico en la provincia de Almería, así como aquéllas dirigidas a la mejora de la seguridad y defensa del usuario turístico.

j) En general, cuantas actuaciones sean necesarias en orden a la promoción del turismo, actividades y productos

complementarios en la provincia de Almería.

ANEXO 2.º

FUNCIONES DE LAS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO

DE TURISMO

- Colaboración en el proyecto de promoción de Patronato, Junta de Andalucía y Turespaña.

- Análisis de Datos del Aeropuerto y Observatorio Turístico para la elaboración del Programa de Promoción.

- Definir al máximo el Programa de Promoción de enero a diciembre.

- Conocimiento total de los receptivos y de los tour operadores con los que trabajan.

- Elaboración y revisión de Guías y Folletos, de acuerdo a las indicaciones recibidas del superior jerárquico.

- Estadísticas del Aeropuerto para poder conocer el producto "Costa de Almería", la oferta y la demanda (receptivos, mayoristas, ttoo).

- Informática. Internet, actualización de la pagina web del Patronato.

- Asistencia a ferias y eventos nacionales e internacionales relacionados con el turismo:

- Agencia de viajes, hotel, avión.

- Preparación de reuniones.

- Petición de dinero.

- Informe de asistencia.

- Nota de prensa, etc...

- Recepción de Fam-trips (sólo acompañamiento).

- Especialización en el conocimiento de los mercados de los países que se le asignen, para que, en la medida en que ello sea posible, cada persona se encargue de los mercados

correspondientes.

- Participación en actividades turísticas del Patronato.

- Contacto con el Observatorio Turístico.

- Contacto con las diferentes Oficinas Españolas de Turismo, información de las novedades de nuestro mercado.

- Manejo de herramientas y programas informáticos.

- Coordinación, seguimiento, enseñanza a estudiantes en prácticas asignados a estos puestos.

- Cualesquiera otras funciones y tareas que les encomiende el superior dentro del ámbito de sus competencias.

Sevilla, 15 de abril de 2003

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