Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 25/04/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 3 de abril de 2003, de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera, por la que se modifican los tipos de interés del Convenio Junta de Andalucía y Entidades Financieras del año 2002.

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El 8 de mayo de 2002 se firmó el Convenio Junta de Andalucía y Entidades Financieras que define los términos de colaboración entre ambas partes para la financiación de las Pymes andaluzas y de la propia Comunidad Autónoma.

El enunciado 3, dedicado a la financiación de las Pymes, establece tanto las condiciones generales como las financieras entre las que se incluye el tipo de interés.

Por otra parte, la estipulación 1.7 prevé la posibilidad de revisión de los tipos a partir de los tres meses de la firma del Convenio, que se realizará modificándolos al alza o a la baja siempre que exista una variación de más o menos 0,5 puntos porcentuales entre las magnitudes que se definen en esta estipulación. Asimismo está prevista la variación del tipo de interés cuando las condiciones del mercado lo hagan de forma sustancial.

Finalmente, la estipulación 1.5 establece la constitución de una Comisión de Seguimiento que, integrada por representantes de las entidades financieras partícipes y de la propia Administración, es el órgano que debe dar respuesta a las cuestiones que se susciten en relación con el desarrollo y ejecución del Convenio.

Habida cuenta que los tipos de interés han venido descendiendo durante los últimos meses, la Comisión de Seguimiento del Convenio en sesión celebrada el día 24 de enero de 2003 y en base a la estipulación 1.7.1 ha adoptado, por unanimidad, el acuerdo de reducir los tipos fijos de interés de las operaciones acogidas al Convenio, así como la fecha a partir de la cual serán aplicables los mismos, que quedó fijada en la anteriormente indicada, circunstancias que se harán públicas para general conocimiento.

Por todo ello, en virtud de lo anteriormente expuesto y de acuerdo con la estipulación 1.7.1 del Convenio Junta de Andalucía y Entidades Financieras del año 2002, R E S U E L V O

Primero. Revisar los tipos fijos de las operaciones acogidas al Convenio Junta de Andalucía y Entidades Financieras regulados por la estipulación 3.2.1 del mismo.

Los nuevos valores máximos de dicho tipo son los siguientes:

- Operaciones con plazo menor o igual a 5 años: 4,70%.

- Operaciones con plazo mayor de 5 años y menor o igual a 7: el

4,90%.

- Operaciones con plazo mayor de 7 años y menor o igual a 10:

5,10%.

- Leasing mobiliario: 5,10%.

Segundo. Establecer que dichos tipos serán de aplicación a las operaciones que se formalicen a partir del 24 de enero de 2003.

Tercero. Hacer pública la presente Resolución mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de abril 2003.- El Director General, Antonio González Marín.

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