Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 28/04/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 10 de marzo de 2003, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de El Puerto de Santa María (Cádiz). (PP. 907/2003).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto/1988, de

2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de

16 de mayo.

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

A) Tarifa base

- Bajada de bandera 0,98 euros

- Km recorrido 0,49 euros

- Hora de espera 13,42 euros

- Carrera mínima (incluida la bajada de bandera) 2,37 euros A la bajada de bandera, se marcará la carrera mínima en el taxímetro que no empezará a contar los pasos hasta que se supere el importe de dicha carrera mínima.

B) Suplementos

- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 0,35 euros

- Servicios nocturnos en días laborables, desde las 22 a las 6 horas 0,55 euros

- Servicios en días festivos, desde las 0 a las 24 horas 0,55 euros

Los suplementos por servicios nocturnos y días festivos serán incompatibles.

En los días festivos se aplicará únicamente el suplemento de

0,55 euros (de 00,00 a 24,00 horas).

No será de aplicación el suplemento de nocturnidad (22,00 a

6,00 horas) en los servicios que se presten a hospitales, clínicas o servicios médicos.

C) Suplementos locales

- En ferias y Carnavales25%

- De retorno, pasando los límites de: Puente San Alejandro; Ctra. N-IV en Rotonda del Parque de Bomberos, y por el Juncal desde el puente de la variante a Rota; Ctra. de Sanlúcar de Barrameda a la altura de los depósitos de agua; Avda. de Fuentebría a la altura de la Rotonda del Centro Inglés y hasta el cruce de la Venta Vaca hasta el mismo cruce; Avda. de la Libertad a partir de la Glorieta del Pago Alhaja y a la derecha

Camino Arenillas; y Hijuela del Tío Prieto (Bda. del Pilar) 1,37 euros

- Por los trayectos realizados desde o hacia el recinto ferial durante los días de la Feria de la Primavera 1,37 euros

El suplemento a aplicar desde o hacia el recinto ferial durante la Feria de Primavera será incompatible con el suplemento del

25% en Feria para otros trayectos, con el suplemento de retorno y con el suplemento de días festivos.

A la bajada de bandera se marcará automáticamente en el taxímetro la cantidad de 1,37 euros correspondiente al

suplemento de retorno, siempre que se vayan a sobrepasar los límites territoriales establecidos para su aplicación.

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de marzo de 2003.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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