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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre Depósito de Estatutos de las Organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que, en este Consejo, a las 12,00 horas del día 27 de febrero de 2003, fue depositada la modificación de los Estatutos de la organización empresarial denominada Unión de Organizaciones de Productores de Aceite de Oliva (UNAPROLIVA).
La modificación afecta a diferentes artículos entre ellos el del domicilio social, fijándolo en Jaén, Madre Soledad Torres Acosta, núm., 2.º Las restantes modificaciones van referidas a delimitar los derechos y deberes de los asociados; así como especificar las atribuciones de los Organos de Gobierno.
Como firmante de la certificación acreditativa del acuerdo modificatorio aprobado en Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2002, figura don Manuel Villén Jiménez en su calidad de Secretario de la citada Organización.
Sevilla, 3 de abril de 2003.- El Secretario General, Eduardo Candau Camacho.
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