Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 27 de diciembre de 2002, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en las Escalas de Gestión de Sistemas e Informática y de Ayudantes Técnicos de Informática de esta Universidad.

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Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo

2.e) de la misma norma y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de Sistemas e Informática y en la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática de esta Universidad, por el sistema general de acceso libre, con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas Generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir por el sistema general de acceso libre, las siguientes plazas de las Escalas de funcionarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla:

- 2 Plazas (Opción A: Informática y Comunicaciones) de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Grupo B).

- 1 Plaza (Opción B: Análisis de datos) de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Grupo B).

- 3 Plazas de la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Grupo C).

Las citadas plazas podrán tener una jornada de trabajo en turno de mañana o en turno de tarde.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE de fecha 24 de diciembre), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Fase de concurso y Fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado, serán nombrados funcionarios de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla o de la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, según corresponda.

1.6. El primer ejercicio se iniciará a partir del 31 de diciembre de 2002. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la resolución del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯, en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

1.7. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que de comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, se hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a

familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.

2.1.3. Estar en posesión de la siguiente titulación académica o legalmente equivalente:

2.1.3.1. Para la Escala de Gestión de Sistemas e Informática: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,

Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

2.1.3.2. Para la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática: Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su

homologación en España.

2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.6. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia (Anexo III), que será facilitada gratuitamente en la Unidad de Asuntos Generales de esta Universidad. También podrá ser utilizado el modelo oficial aprobado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública. A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad. La falta de este requisito determinará la exclusión del aspirante.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.2. Los aspirantes a la Escala de Gestión de Sistemas e Informática deberán indicar en la instancia (Anexo III) la opción por la que eligen presentarse a las pruebas selectivas. Aquellos que elijan la Opción A deberán especificar en el apartado 5.A) de «Otros datos a consignar¯ lo siguiente: «Opción A: Informática y Comunicaciones¯.

Aquellos que elijan la Opción B deberán especificar en

el apartado 5.B) de «Otros datos a consignar¯ lo siguiente: «Opción B: Análisis de datos¯.

3.3. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4. Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán

presentar certificación expedida por la Area de Recursos Humanos de esta Universidad, acreditativa de las condiciones estipuladas en el Anexo I de esta convocatoria.

3.5. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, (Ctra. de Utrera Km 1, 41013 Sevilla) o por cualquiera de los

procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯, y se dirigirán a la Excelentísima y Magnifica Señora Rectora de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Esta convocatoria será también publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser

certificadas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado, a través de las representaciones

diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a esta Universidad.

3.6. El número de referencia de esta convocatoria es el 9/02.

3.7. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla:

3.7.1. Para la Escala de Gestión de Sistemas e Informática (Grupo B): la cantidad de 24,04 Euros en concepto de derechos de examen.

3.7.2. Para la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática (Grupo C): la cantidad de 18,03 Euros en concepto de derechos de examen.

El ingreso o transferencia bancaria deberá efectuarse a la cuenta 0049-5048-50-2616135233 abierta en el Banco Santander Central Hispano a nombre de «Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Ingresos diversos¯.

La solicitud deberá ir acompañada del resguardo original acreditativo del ingreso o transferencia en el que deben constar los siguientes datos: Nombre y apellidos del

interesado, documento nacional de identidad y referencia núm.

9/02.

Aquellos aspirantes que utilicen el modelo de instancia aprobado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública, sólo podrán efectuar el abono de los derechos de examen a través de transferencia bancaria.

La falta del justificante del pago determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.5 de esta convocatoria.

3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.9. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza.

4. Admisión de aspirantes

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Rectora de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, dictará Resolución en el plazo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En dicha resolución, que será publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯ figurarán los aspirantes excluidos (apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad), con indicación expresa de la causa de exclusión; la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio, así como los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto en todo caso en la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Rectorado).

4.2. Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯ para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o la omisión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. A estos efectos, los aspirantes deberán comprobar, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos. La Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso

contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de Abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no

imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo IV de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la Rectora de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar, de los miembros del Tribunal, declaración expresa de no hallarse incursos en las

circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas

selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrarán la sesión de constitución con una antelación mínima de quince días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría de sus miembros titulares o suplentes, indicada en el apartado anterior.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Rectora de la Universidad Pablo de Olavide.

5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones a las de los demás opositores, para la realización de los ejercicios. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso colaboración de los servicios técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la

Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía.

5.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que los ejercicios de la fase de oposición se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios. Asimismo, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado¯ de fecha 22 de febrero) o cualquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Ctra. de Utrera Km 1, 41013 Sevilla, teléfono 954349206.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que a cada Escala corresponda, de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯ de 21 de abril).

5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas por Escala y opción. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente Resolución de la mencionada Secretaría de Estado.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan salvo, en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el tribunal.

6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del mismo ejercicio o de veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.

6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad Pablo de Olavide comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados.

7.1. Finalizados el primer y segundo ejercicios el Tribunal hará públicas en el Rectorado de la Universidad las listas de aspirantes con las puntuaciones correspondientes, con

indicación de su documento nacional de identidad.

7.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el Rectorado de la Universidad, la relación de aspirantes, por orden de puntuación final alcanzada, que han superado el proceso selectivo conforme a lo indicado en la base

7.3.

El Presidente del Tribunal enviará copia de dicha relación a la Rectora de la Universidad que ordenará su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

7.3. La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declaración de aprobados vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.

En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y en el supuesto de que persistiera el mismo, se atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso y en último lugar, de persistir el empate, atendiendo al criterio de preferencia de la mayor edad.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera.

8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hagan públicas las listas de aprobados en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯, los opositores aprobados deberán presentar en el Area de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2 de la Convocatoria y cumplimentarán la declaración que se incluye como Anexo V de la misma.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán también presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como Anexo VI a esta convocatoria.

8.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados

funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯.

8.4. Una vez concluido el proceso selectivo se podrá

confeccionar una lista ordenada, en la que figuren los

aspirantes que no hubieran obtenido plaza y seleccionados conforme a los criterios que la Universidad y la Junta de Personal de Administración y Servicios Funcionario determinen, para su posible nombramiento como funcionarios interinos, siempre y cuando las necesidades de personal existentes en la Universidad Pablo de Olavide así lo requieran.

9. Norma final

9.1. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Contra esta Resolución, podrá interponerse por los interesados recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de fecha 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente se pueda

presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso Contencioso-Administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero de 1999 (BOE de fecha 14 de enero). Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal calificador de las pruebas, conforme a lo establecido en la citada Ley 30/1992.

Sevilla, 27 de diciembre de 2002.- El Rector Accidental, Juan Jiménez Martínez

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACION

Fase de concurso.

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

Para acceder a la Escala de Gestión de Sistemas e Informática (Grupo B): Se valorarán exclusivamente los servicios prestados por los aspirantes en la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, como funcionarios interinos en la Escala de Gestión de Sistemas e Informática.

Para acceder a la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática (Grupo C): Se valorarán exclusivamente los servicios prestados por los aspirantes en la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, como funcionarios interinos en la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática o como contratado laboral con carácter temporal desempeñando funciones propias de la Escala convocada o similares.

La valoración se realizará otorgando 0,5 puntos por mes completo de servicios prestados o fracción, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, hasta un máximo de 10 puntos.

Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase oposición. Fase de oposición.

Para acceder a la Escala de Gestión de Sistemas e Informática (GrupoB):

La oposición estará formada por los ejercicios que a

continuación se indican. El aspirante por una sola vez podrá realizar el ejercicio siguiente, aún en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos, debiendo obtener en este caso un mínimo de 3 puntos. Una vez utilizada esta opción, los siguientes ejercicios tendrán la consideración de

eliminatorios.

Primer ejercicio: En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán responder a un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa que figura como Anexo II de esta convocatoria. El número de preguntas correspondientes a la primera parte del temario no será superior al 20% del total de preguntas. El número de preguntas correspondientes al módulo general no será superior al 40% del total de preguntas. El resto de preguntas se corresponderán con la opción elegida por el candidato.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones. El Tribunal podrá establecer una penalización por las

respuestas contestadas erróneamente.

Segundo ejercicio: En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán realizar dos supuestos prácticos

directamente relacionados con la segunda parte del programa que figura como Anexo II.

El Tribunal propondrá dos supuestos por cada uno de los bloques de temas en que se divide la segunda parte del programa. Los opositores deberán elegir un supuesto del módulo general y otro supuesto que se corresponda con la opción elegida.

En este ejercicio se valorará el rigor analítico, la

sistemática y claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada de resolución.

Se calificará de 0 a 5 puntos cada supuesto, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones. Tercer ejercicio: Los aspirantes deberán desarrollar por escrito dos temas elegidos entre los cuatro propuestos por el Tribunal, distribuidos en uno por cada uno de los bloques de temas en que se divide el programa del Anexo II excluida la primera parte. Los opositores deberán elegir un tema del módulo general y otro tema que se corresponda con la opción elegida. El Tribunal podrá determinar que el ejercicio sea leído en sesión pública, en cuyo caso podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio.

El Tribunal determinará el tiempo máximo para la realización de este ejercicio.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones. Para la realización de los anteriores ejercicios no podrá utilizarse apuntes, documentos o libros.

Calificación Final.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición conforme a lo establecido en la base 7.3.

Para acceder a la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática (Grupo C):

La oposición estará formada por los ejercicios que a

continuación se indican. El aspirante por una sola vez podrá realizar el ejercicio siguiente, aún en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos, debiendo obtener en este caso un mínimo de 3 puntos. Una vez utilizada esta opción, los siguientes ejercicios tendrán la consideración de

eliminatorios.

Primer ejercicio: En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán responder a un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa que figura como anexo II de esta convocatoria. El número de preguntas correspondientes a la primera parte del temario no será superior al 20% del total de preguntas.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones. El Tribunal podrá establecer una penalización por las

respuestas contestadas erróneamente.

Segundo ejercicio: En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán realizar dos supuestos prácticos

directamente relacionados con la segunda parte del programa que figura como Anexo II.

El Tribunal propondrá dos supuestos por cada uno de los grupos de temas en que se divide la segunda parte del programa (Informática General y Sistemas Operativos, Redes e Internet, Gestión de Instalaciones y Servicios). Los opositores deberán elegir dos de esos grupos y en cada uno de ellos uno de los supuestos propuestos.

En este ejercicio se valorará el rigor analítico, la

sistemática y claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada de resolución.

Se calificará de 0 a 5 puntos cada supuesto, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones. Tercer ejercicio: Los aspirantes deberán desarrollar por escrito dos temas elegidos entre los tres propuestos por el Tribunal, distribuidos en uno por cada uno de los grupos de temas en que se divide el programa del Anexo II excluida la primera parte.

El Tribunal determinará el tiempo máximo para la realización de este ejercicio.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones. Para la realización de los anteriores ejercicios no podrá utilizarse apuntes, documentos o libros.

Calificación Final.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición conforme a lo establecido en la base 7.3.

ANEXO II

P R O G R A M A

GRUPO B:

ESCALA DE GESTION DE SISTEMAS E INFORMATICA

Primera parte.

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y Contenido.

2. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas con fuerza de Ley. El Reglamento.

3. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Los órganos de las Administraciones Públicas. Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas. Las disposiciones y los actos administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y

finalización del procedimiento. Ejecución. Revisión de los actos en vía administrativa.

4. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas: Concepto, clases, grupos de clasificación.

Procedimientos de selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo. Promoción.

5. Derechos y deberes de los funcionarios públicos.

Incompatibilidades del Personal al Servicio de las

Administraciones Públicas. Régimen disciplinario. Situaciones administrativas. La representación de los funcionarios: Delegados de Personal y Juntas de Personal.

6. La Ley Orgánica de Universidades. La Ley 3/1997, de 1 de julio, de Creación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

7. Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.

Segunda parte.

Módulo general.

Bloque 1.

1. UNIX: Sistema de ficheros. Gestión de ficheros y

directorios.

2. UNIX: El shell. Redirecciones. Tuberías. Programación en shell.

3. UNIX: Procesos. Planificación de tareas. Impresión.

4. Arranque y parada de un sistema UNIX. Copias de seguridad. Instalación y administración de software.

5. Configuración de servicios de red TCP/IP en el sistema operativo Unix. Servidor de ficheros: Samba.

6. Windows 2000, Windows XP. Directorio activo. Sistema de archivos.

7. Windows 2000, Windows XP. Seguridad: Usuarios y archivos.

8. Windows 2000, Windows XP. Seguridad en redes y

comunicaciones.

9. Ordenadores personales. Principales componentes. Equipos periféricos.

10. Gestión automatizada de ordenadores personales y arranque remoto.

11. Software de microinformática: Paquetes ofimáticos,

procesadores de texto, hojas de cálculo, sistemas de gestión de bases de datos, etc.

Bloque 2.

12. Help Desk: Conceptos generales. Objetivos. Funciones. Gestión de recursos humanos.

13. Help Desk: Organización. Calidad de servicio. Acuerdo de nivel de servicio (SLA).

14. Help Desk: Herramientas. Gestión de incidencias. Resolución de problemas. Relaciones con el usuario (comunicación).

15. Clasificación de las redes de datos por su cobertura física. Modelo de referencia OSI. Tipos de servicio

16. Internet: Introducción a TCP/IP. Relación de servicios básicos.

17. Internet. Servidores de directorio (LDAP). Servidor de dominios. Protocolo de sincronización horaria.

18. Seguridad física de las instalaciones informáticas. Normativa de seguridad, contraseñas y herramientas.

19. Lenguajes de Bases de datos relacional: SQL, SQL* plus, PL/SQL.

20. Gestión de datos corporativos. Sistemas de soporte a la decisión. Datawarehouse, Datamining, Datamart. OLAP, EIS, Indicadores.

21. Diseño conceptual de base de datos. Modelo E/R. Diagrama de flujo de datos.

22. Base de datos Oracle 8.x. Arquitectura.

Opcion A: Informatica y comunicaciones

Bloque 1.

23. Internet. Servicios avanzados: VOZ-IP. GRID (Computación distribuida).

24. Mensajería. Transferencia de ficheros. Protocolos y estándares.

25. World Wide Web. Servidores Web. Programación CGI.

Servidores ProxyCache.

26. Lenguajes HTML y XML.

27. Seguridad en la red. Herramientas y monitorización. Auditoría de seguridad de la red.

28. Criptografía. Infraestructura de clave pública.

29. Lenguaje C: Definición y características.

30. Lenguaje Java. Definición y características.

31. Base de datos Oracle 8.x. Seguridad y auditoría de la base de datos. Procedimientos de copia de seguridad y recuperación.

32. Base de datos Oracle 8.x. Planificación y creación de bases de datos: Configuración lógica y física de la base de datos. Bloque 2.

33. Medios físicos de transmisión en redes. Elementos de interconexión de redes. Tipos de redes conmutadas. Ethernet. Fast Ethernet. Gigabit. RDSI. Redes inalámbricas.

34. ATM: Modelo de referencia. Emulación LAN.

35. Modelo de capas. Protocolo IP. Protocolo TCP. Protocolo UDP.

36. Protocolo de gestión de red: SNMP, RMON.

37. Infraestructura de almacenamiento. RAID. Redes SAN. Servicios NAS. Fibre Channel. Infiniband.

38. Alta disponibilidad. Sistemas de misión crítica.

Redundancia. Balanceo de carga. Clusters.

39. Creación y digitalización de información multimedia. Codificación y compresión.

40. Transmisión de datos multimedia en redes de datos.

41. Distribución de señal de televisión en circuito cerrado.

Opcion B: AnAlisis de datos

Bloque 1.

1. Conceptos de estadística. Elementos, variables,

distribuciones. Tablas de frecuencia. Representaciones

gráficas.

2. Medidas descriptivas. Estadísticos de tendencia central. Estadísticos de posición.

3. Medidas de dispersión Varianza. Desviación típica.

Coeficiente de variación. Recorrido intercuartílico. Momentos.

4. Medidas de asimetría y concentración. Curva de Lorenz. Indice de Gini.

5. Distribuciones bidimensionales. Tablas de doble entrada. Representaciones gráficas.

6. Distribuciones marginales y condicionales. Dependencia e independencia.

7. Momentos de las distribuciones bidimensionales. Covarianza. Correlación.

8. Números índices. Indices simples y compuestos. Principales indicadores universitarios y su cálculo.

9. Regresión. Recta de regresión. Coeficiente de correlación líneas.

10. Distribuciones n-dimensionales. Momentos. Correlación múltiple. Bondad de ajuste.

Bloque 2.

1. Fenómenos aleatorios. Concepto de probabilidad. Axiomas. Propiedades. Independencia de sucesos. Teorema de Bayes.

2. Variables aleatorias: Concepto. Distribuciones de

probabilidad y función de distribución. Propiedades.

Distribuciones de variables aleatorias discretas. Funciones de distribución y probabilidad. Distribuciones de variables aleatorias continuas: Función de densidad. Propiedades.

3. Esperanza matemática. Varianza. Función característica. Función generatriz de momentos. Desigualdad de Tchebychev.

4. Distribuciones discretas: Binomial, Poisson. Definición y propiedades. Relación entre ellas. Otras distribuciones discretas.

5. Distribuciones continuas: Distribución normal: Definición y propiedades. Aproximación de las distribuciones Binomial y de Poisson mediante la normal. Otras distribuciones.

6. Inferencia: Concepto. Población y muestra. Estadístico. Estadísticos muestrales. Distribución de estadísticos

muestrales.

7. Contrastes de hipótesis: Conceptos. Tipos de errores. El enfoque de Newman y Pearson. Contrastes relacionados con una y dos muestras.

8. Muestreo y censos. Recogida de datos universitarios y organismos implicados. Métodos de recogida. Variables de estudio.

9. Muestreo aleatorio simple. Muestreo estratificado. Muestreo por conglomerados. Muestreo sistemático. Población y selección de la muestra. Estimadores y errores asociados a cada uno de ellos.

GRUPO C:

ESCALA DE AYUDANTES TECNICOS DE INFORMATICA

Primera parte.

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y Contenido.

2. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: La actividad de las Administraciones Públicas. Las disposiciones y los actos administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y

finalización del procedimiento. Revisión de los actos en vía administrativa.

3. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas: Concepto, clases, grupos de clasificación.

Procedimientos de selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo. Promoción.

4. Derechos y deberes de los funcionarios públicos.

Incompatibilidades del Personal al Servicio de las

Administraciones Públicas. Régimen disciplinario. Situaciones administrativas.

5. La Ley Orgánica de Universidades. La Ley 3/1997, de 1 de julio, de Creación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

6. Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.

Segunda parte.

Informática General y Sistemas Operativos.

1. Equipos informáticos. Arquitectura, concepto y componentes.

2. Dispositivos de E/S. Dispositivos de almacenamiento de datos.

3. Sistemas operativos. Conceptos básicos. El núcleo de un sistema operativo.

4. Proceso y tratamiento de los procesos. Multiprogramación y multiproceso.

5. Sistemas operativos en ordenadores personales (PC). Linux. Windows 2000.

6. Aplicaciones de productividad personal (procesadores de texto, hojas de calculo, bases de datos).

7. Trabajo colaborativo: Compartición de ficheros en red a través de red (SAMBA, BSCW). Flujo de trabajo (BSCW). Flujo de expedientes.

Redes e Internet.

1. Telefonía, nociones básicas. RTC. Conceptos de PBX/PABX. Centrales digitales, principales facilidades.

2. Redes de área local. Protocolo Ethernet, FastEthernet, Gigabit Ethernet. Redes inalámbricas. Conceptos de RDSI y ATM.

3. Cableado de datos. Cableado de campus. Cableado

estructurado.

4. Arquitectura y protocolo TCP/IP.

5. La red Internet. Origen y evolución. Servicios básicos de internet: Correo, transferencia de ficheros, etc.

6. Servicios avanzados en Internet: Navegadores, streaming, videoconferencia.

7. Sistemas multimedia: Tipos y formatos de datos multimedia. Transmisión de datos multimedia.

Gestión de Instalaciones y Servicios.

1. Medidas de seguridad en una instalación informática y de los soportes de información: Medidas contra incendio, CTV, sistemas de control de acceso, sistemas de control de presencia.

2. Estructura de un armario de cableado. Asignación de usuarios a voz y a datos. Diagnóstico de fallo debido al cableado y herramientas de detección de fallos.

3. Copias de seguridad. Backup y restauración. Herramientas de backup y restauración.

4. Diagnóstico y resolución de problemas en entornos de informática personal (PC).

5. Help Desk: Conceptos generales. Objetivos. Funciones. Gestión de recursos humanos.

6. Help Desk: Organización. Calidad de servicio. Acuerdo de nivel de servicio (SLA).

7. Help Desk: Herramientas. Gestión de incidencias. Resolución de problemas. Relaciones con el usuario (comunicación).

8. Centros de contacto. Integración de las tecnologías de la información en un CAU.

ANEXO IV

TRIBUNAL CALIFICADOR

Escala de Gestion de Sistemas e Informatica

Titulares:

Presidente: Don Manuel Porras Sánchez, Vicerrector de

Estudiantes de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Vocales: Don Felipe Tudela García, Gerente de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Don Juan Camarillo Casado, Director del Centro de Informática y Comunicaciones de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Don Emilio Veas López, Director del Centro de Proceso de Datos de la

Universidad de Sevilla. Doña M.ª Carmen Contreras Espinosa, Funcionaria de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, designada por la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretaria sin voto: Doña M.ª Adela González Jiménez, Adjunta a la Directora del Area de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Suplentes:

Presidente: Doña Ana Gómez Pérez, Vicerrectora de Promoción Social y Participación Universitaria de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Vocales: Don Víctor Hernández Gómez, Funcionario de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Doña Fátima Romero Avilés, Funcionaria de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la

Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Doña Isabel Camacho Osorio, Funcionaria de la Escala Técnica de Gestión

(especialidad Informática) de la Universidad de Sevilla. Don Fernando Ortega de la Fuente, Funcionario de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, designado por la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretaria sin voto: Doña Emilia Muriel Sicilia, Adjunta a la Directora del Area de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

ESCALA DE AYUDANTES TECNICOS DE INFORMATICA

Titulares:

Presidente: Don Manuel Porras Sánchez, Vicerrector de

Estudiantes de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Vocales: Don Felipe Tudela García, Gerente de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Don Juan Camarillo Casado, Director del Centro de Informática y Comunicaciones de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Don Emilio Veas López, Director del Centro de Proceso de Datos de la Universidad de Sevilla. Doña Francisca Rubio Tomillero, Funcionaria de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo Olavide, de Sevilla, designada por la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretaria sin voto: Doña Mª Adela González Jiménez, Adjunta a la Directora del Area de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Suplentes:

Presidente: Doña Ana Gómez Pérez, Vicerrectora de Promoción Social y Participación Universitaria de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Vocales: Don Víctor Hernández Gómez, Funcionario de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Doña Fátima Romero Avilés, Funcionaria de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la

Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Doña Isabel Camacho Osorio, Funcionaria de la Escala Técnica de Gestión

(especialidad Informática) de la Universidad de Sevilla. Don Fernando Ortega de la Fuente, Funcionario de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, designado por la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretaria sin voto: Doña Emilia Muriel Sicilia, Adjunta a la Directora del Area de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

ANEXO V

Don/doña

............................................................... ............... con domicilio en

y documento nacional de identidad núm.

............................ a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala

.......................................... de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, declara bajo juramento o promete, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las correspondientes funciones.

En Sevilla, a....... de

.......................................... de ...............

ANEXO VI

Don/doña

............................................................... ............... con domicilio en

............................................................... ............, y documento de identidad o pasaporte número .........................., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de

.......................................... de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, que no ha sido sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

En Sevilla, a....... de

.......................................... de ...............

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