Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 02/05/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 2 de diciembre de 2002, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se regula la concesión de ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles andaluzas, en los niveles no universitarios, y se convocan ayudas para las actividades a realizar durante el curso 2002/2003 en la provincia de Jaén.

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Habiéndose convocado por Orden de 4 de septiembre de 2002 (BOJA núm. 114, de 28.9.01) las ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles de Andalucía, en los niveles no Universitarios, durante el curso

2002/2003, vistas las solicitudes presentadas por la Comisión constituida de acuerdo con el artículo Octavo de la citada Orden, y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, esta Delegación Provincial, en virtud de los artículos Octavo, Undécimo.1 y 2 y Decimocuarto,

RESUELVO

Primero. Conceder las ayudas económicas para financiar las actividades presentadas a las organizaciones estudiantiles de la provincia de Jaén relacionadas en la relación presupuestaria

0.1.18.00.18.23. 48900.42F.8.

Segundo. Las Entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de las ayudas recibidas, en el plazo de 3 meses, a contar desde la fecha de cobro de las mismas, mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificado de los Gestores de la Entidad en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinada en su integridad a las actividades para las que se concedió y que éste ha quedado asentado en su contabilidad.

b) Carpeta-índice que incluya todos los originales de las facturas y de cualquier otro justificante de gasto legalmente admitido, que sea imputable a la ayuda concedida, o fotocopias debidamente compulsadas de los mismos. La documentación acreditativa de los gastos efectuados deberá contener todos los requisitos formales exigibles a la misma.

c) Memoria Evaluadora del Plan de Actividades.

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

RELACION DE ASOCIACIONES SUBVENCIONADAS

"MuleyXeque". C.P.M.E.A. Pedro Escavias. Andújar: 1.170,00 E.

"El Encuentro". C.P.M.E.A. Dolores González Osorio. Campillo de Arenas: 450,00 E.

"María Jesús Gutiérrez". C. Cristo Rey. Jaén: 866,00 E.

"Alto Guadalquivir". C.E.I.P. San Vicente Mártir. Mogón: 500,00 E.

"Al-Andalus". I.E.S. Guadalentín. Pozo Alcón: 802,00 E.

"Ruradia". C.E.I.P. Nueva Andalucía. Rus: 991,67 E.

"Ibiut". I.E.S. Iulia Salaria. Sabiote: 2.282,00 E,

"Rafael Alberti". C.P.M.E.A. Vicente Soto. Venta de los Santos:

1.350,00 E.

"El Educando". C.E.I.P. Francisco Vadillo. Villagordo: 961,60 E.

RELACION DE ASOCIACIONES NO SUBVENCIONADAS, por falta de calidad

"Forestales de Vadillo". C.C.E. Forestales. Cazorla.

Jaén, 2 de diciembre de 2002.- El Delegado, Miguel

Jurado Hurtado.

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