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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Granada, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto
266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Periodicidad de la facturación: Bimestral
Cuota fija o de servicio
Uso doméstico 0,81 euros/abon./mes
Uso industrial 2,41 euros/abon./mes
Uso benéfico 0,81 euros/abon./mes
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
De 0 hasta 8 m/abon./mes 0,15 euros/m
Más de 8 hasta 21 m/abon./mes 0,24 euros/mMás de 21 m/abon./mes 0,54 euros/m
Uso industrial
De 0 hasta 21 m/abon./mes 0,32 euros/m
Más de 21 m/abon./mes 0,49 euros/m
Uso benéfico
De 0 hasta 12 m/abon./mes Gratuito
Más de 12 m hasta 21 m/abon./mes 0,24 euros/m Más de 21 m/abon./mes 0,54 euros/m
Podrán acogerse a la tarifa de uso benéfico, conforme al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30.10.2002, que se transcribe a continuación:
- "Los perceptores de pensiones contributivas o no contributivas siempre que la suma de los ingresos que perciba la unidad familiar o las personas que convivan con el titular de la pensión incluida ésta, no supere el Salario Mínimo Interprofesional.
- Otras situaciones especiales previo informe de los Servicios Sociales del Ayuntamiento."
Derechos de acometida
Parámetro A:16,83 euros/mm
Parámetro B:75,13 euros/l/seg.
Cuota de contratación
Calibre
del contador en mm Uso doméstico Uso industrial
Hasta 7 16,80 euros 7,26 euros
10 27,61 euros 18,08 euros
13 38,43 euros 28,90 euros
15 45,64 euros 36,11 euros
20 63,67 euros 54,14 euros
25 81,70 euros 72,17 euros
30 99,74 euros 90,20 euros
40 135,80 euros 126,26 euros
50 171,86 euros 162,32 euros
65 225,95 euros 216,41 euros
80 280,04 euros 270,50 euros
100 352,16 euros 342,63 euros
150 532,46 euros 522,93 euros
Cuota de reconexión
Calibre del contador en mm
7 3,80 euros
10 9,47 euros
13 y superiores 19,58 euros
Fianzas
Calibre
del contador en mm Uso doméstico Uso industrial
Hasta 13 20,28 euros 60,58 euros
15 23,40 euros 69,90 euros
20 31,20 euros 93,20 euros
25 39,00 euros 116,50 euros
30 46,80 euros 139,80 euros
40 62,40 euros 186,40 euros
50 78,00 euros 233,00 euros
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,
publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 28 de marzo de 2003.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona
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