Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 08/05/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 21 de abril de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirante admitidos y excluidos y las causas de exclusión, a las becas para la realización de trabajos de investigación y estudio en materia de legislación turística deportiva.

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De conformidad con lo establecido en la base 5.3. del Anexo I de la Orden de 17 de febrero de 2003 (BOJA núm. 42, de 4 de marzo), de la Consejería de Turismo y Deporte por la que se convocan becas para la realización de trabajos de investigación y estudio en materia de legislación turística y deportiva, esta Secretaría General Técnica ha resuelto:

Primero. Aprobar las listas provisionales de los aspirantes admitidos (Anexo I) y excluidos (Anexo II) a dichas becas y las causas de exclusión.

Segundo. Las listas, con los anexos citados, quedarán expuestas al público en los tablones de anuncios de la Consejería de Turismo y Deporte, sita en Sevilla, Edificio Torretriana (Isla de la Cartuja) y en los de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería y del Instituto Andaluz del Deporte.

Tercero. A partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los interesados dispondrán de 10 días hábiles para subsanar los defectos especificados en los anexos.

Los escritos de subsanación acompañados en su caso de la documentación correspondiente se presentarán en el Registro de la Consejería de Turismo y Deporte, en los de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería y en los demás registros que correspondan, de acuerdo en lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Una vez valorados los escritos y, en su caso, subsanados los errores, la Secretaría General Técnica, por delegación del Consejero de Turismo y Deporte, dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá al público en los tablones indicados en el apartado segundo de la presente resolución.

Sevilla, 21 de abril de 2003.- El Secretario General Técnico, Rafael Rodríguez de León García.

A N E X O

CODIGOS DE EXCLUSION

1. Solicitud presentada fuera de plazo.

2. DNI o equivalente no aportado o sin compulsar.

3. Título de Licenciado en Derecho o recibo abono derechos no aportado o sin compulsar.

4. Expediente académico no aportado o sin compulsar.

5. No acreditar documentalmente el conocimiento de idiomas o la totalidad de la documentación aportada referente al conocimiento de otro idioma distinto del castellano no viene acompañada de su traducción oficial (se aceptará la aportación de declaración responsable del interesado traduciendo la documentación).

6. No presentar declaración expresa tanto de no ser beneficiario de ningún tipo de beca como de no percibir sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado.

7. No presentar declaración expresa de no haber sido separado o despedido del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario.

8. No presentar declaración expresa responsable de ser vecino de cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el compromiso de presentar la correspondiente certificación de empadronamiento en el supuesto de resultar seleccionado.

9. No presentar declaración responsable del solicitante de no haber sido objeto de una resolución administrativa o judicial firme de reintegro o, en su caso, acreditación de su ingreso.

10. Disfrutar actualmente de algún tipo de beca con fondos públicos o privados.

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