Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 26/05/2003

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Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 28 de abril de 2003, de la Delegación Provincial de Huelva, Comisión Provincial de Protección de Menores, dictada al Expte. núm. 99/21/0093 (FJ.N.H.).

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Doña M.ª Luisa Faneca López, Presidenta de la Comisión Provincial de Protección de Menores de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía de Huelva, en virtud del presente, hago saber, que en esta Delegación Provincial, se sigue expediente sobre protección de menores número 99/21/0093, relativo al menor FJ.N.H., en el que se notifica a la madre del mismo doña Concepción Hernández Fernández, al desconocerse su actual paradero, la Resolución dictada con fecha 28.4.03 donde se Acuerda:

1. Mantener lo acordado en la Resolución de fecha 5.10.1999, sobre la situación legal de Desamparo del menor, y la asunción automática por esta Entidad Pública de la Tutela sobre el mismo.

2. Cesar el Acogimiento familiar Simple acordado en Resolución de fecha 19.11.02.

3. Constituir el Acogimiento residencial del menor que será ejercido por el Director del Centro "Unidad Familiar núm." de Ayamonte.

4. Iniciar de Oficio el procedimiento de Acogimiento familiar con familia Ajena.

Contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva, por los trámites que establecen los arts. 779 y ss. de la LEC. Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad, el reconocimiento de derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley/1996 de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada Ley, se le reconocerá tal derecho de gratuidad. En caso contrario, estará obligado a abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados.

Huelva, 28 de abril de 2003.- La Delegada, M.ª Luisa Faneca López.

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