Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 27/05/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 7 de mayo de 2003, de la Dirección General de Administración Local, por la que se concede beca de formación convocada por Orden que se cita.

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Concluido el proceso selectivo para la concesión de la beca convocada por Orden del Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía de 17 de febrero de 2003 (BOJA núm. 45, de 7 de marzo de 2003) y a la vista de la relación definitiva de los participantes a la misma y en virtud de lo previsto en el artículo 11 de la Orden de 27 de septiembre de 2001, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación

RESUELVO

Primero. Conceder la beca convocada por Orden de 17 de febrero de 2003, imputable a la aplicación presupuestaria

0.1.11.00.01.00.482.00.81A, al siguiente beneficiario: Beneficiario: José M.º Camas Albar.

Cuantía: 906,33 E/mes.

Finalidad: Anexo de la Orden de 17 de febrero de 2003, punto 8.

Segundo. La duración de la beca será de 12 meses a computar desde la fecha de incorporación del adjudicatario a este centro directivo, que habrá de realizarse necesariamente en el plazo de 15 días, a contar desde la fecha en que se reciba la notificación de la resolución de concesión, quedando sin efecto la adjudicación en otro caso, salvo que medie causa justificada.

Tercero. Notifíquese al adjudicatario con indicación de que habrá de aceptar la beca en un plazo de 15 días siguientes a la recepción de la notificación, declarando no hallarse incurso en la incompatibilidad establecida en el apartado 4 del artículo 5 de la Orden de 27 de septiembre de 2001. Asimismo, se le advertirá que pasado el plazo expresado sin que conste la aceptación quedará sin efecto la adjudicación efectuada.

Cuarto. En los supuestos en que se deje sin efectos la adjudicación de la beca que ahora se resuelve, se procederá a dictar nueva resolución a favor del candidato que figure a continuación en la relación ordenada y elaborada por la Comisión de Selección.

Quinto. La presente resolución tendrá efectos desde el momento en que se dicte. No obstante, habrá de ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía conforme a lo previsto en el artículo 11.3 de la Orden de 27 de septiembre de 2001.

Sexto. La presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo ser impugnada ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses desde su publicación o potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante este órgano.

Sevilla, 7 de mayo de 2003.- El Director General, Alfonso Yerga Cobos.

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