Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 16/01/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 16 de diciembre de 2003, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se concede al Ayuntamiento de Martos (Jaén) prórroga del plazo de justificación de la subvención recaída en el expediente IR2309203.

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Con fecha 10.12.2003 el Excmo. Ayuntamiento de Martos solicita ampliación del plazo de ejecución y justificación del proyecto subvencionado en el expediente epigrafiado, del cual resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º El Excmo. Ayuntamiento citado, con fecha 26.2.2003, al amparo de la convocatoria que para el ejercicio 2003 se contiene en la Orden de 9 de enero de 2003 de la Consejería de Gobernación presentó solicitud de subvención con la finalidad de ejecutar "Reforma de Casa Consistorial 4.ª Fase" por importe de 67.451,13 euros.

2.º En virtud de Resolución de fecha 3.6.2003 se acuerda el otorgamiento de la subvención por importe de 60.000,00 E; en ella se establece un plazo de seis meses para la realización de la actuación para la que ha sido otorgada, que contará a partir de la materialización efectiva del pago y que concluye el

15.3.04.

3.º La solicitud de ampliación del plazo de justificación se presenta antes de expirar dicho plazo y se basa, en resumen, en los siguientes extremos: el retraso en la finalización y justificación de la 3.ª fase del proyecto, una vez prorrogado éste, debido a los trabajos extraordinarios que hubo que realizar como consecuencia del deficiente estado de cimentación del edificio así como la crítica estabilidad de algunos elementos resistentes, a lo que se unió la necesidad de realización de trabajos de intervención arqueológica y documentación gráfica y fotográfica, así como catalogación de materiales, sondeo arqueológico y memoria final para su presentación en la Delegación Provincial de Cultura, al estar declarado el edificio como Bien de Interés Cultural.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El art. 41 del Decreto 149/88 de 5 de abril por el que se aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía establece que la documentación justificativa de que la subvención ha sido aplicada a su destino, se presentará en el plazo que determine la resolución de otorgamiento; idéntica prescripción dispone el art. 18.1 del Decreto 254/2001 de 20 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico.

2. El párrafo segundo del art. 19 de la Orden de 9 de enero de

2003 por la que se acuerda la convocatoria de subvenciones y la distribución de transferencias corrientes y de capital del programa presupuestario 8.1.A. en relación con el art. 19.2 del Decreto 254/2001 antes citado, dispone la posibilidad de que el beneficiario de la subvención pueda solicitar del órgano concedente, con antelación a la finalización del plazo de ejecución inicialmente concedido, la ampliación del plazo de justificación sin que pueda variarse el destino o finalidad de la subvención.

3. El art. 19.3 del precitado Decreto 254/2001 dispone la competencia de esta Delegación del Gobierno para acordar la modificación de la resolución de concesión.

Vista la propuesta del Servicio de Administración Local, se adopta la siguiente

RESOLUCION

Conceder la ampliación de plazo de justificación de la inversión subvencionada en el expediente IR2309203 por importe de 60.000,00 euros, materializado en su pago con el documento OP número 33404273, con destino a Reforma de Casa Consistorial

4.ª Fase hasta el 15 de junio de 2004.

El contenido de la resolución de otorgamiento dictada con fecha

3.6.2003 permanecerá inalterado en todos sus demás extremos.

Lo que se le comunica con advertencia de que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día

siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Jaén, 16 de diciembre de 2003.- El Delegado del Gobierno, Francisco Reyes Martínez.

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