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En virtud del Decreto 250/1997, de 28 de octubre, por el que se regulan los aprovechamientos apícolas en los montes pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía y, de acuerdo con lo previsto en los Programas Anuales de Aprovechamientos de las respectivas provincias, HE RESUELTO
Primero. Aprobar la relación de montes pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía objeto de asentamientos apícolas, con determinación del número de colmenas por asentamiento apícola y localización de los mismos, que figure en el Anexo I de la presente Resolución.
Segundo. El período de adjudicación será por cinco años.
Tercero. Los interesados en solicitar dichos asentamientos deberán presentar sus solicitudes en el plazo de treinta días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según modelo que se adjunta en el Anexo II de la presente Resolución.
Cuarto. Dichas solicitudes, se dirigirán a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente de las respectivas provincias donde esté ubicado el monte que se solicite. Las instancias podrán presentarse en los registros, oficinas y lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de abril de 2004.- El Director General, José Guirado Romero.
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