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Mediante Resolución de fecha 25.3.04, la Comisión Provincial de Medidas de Protección ha acordado la promoción judicial de adopción de la menor C.F.G.
De conformidad con el artículo 49 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre de Acogimiento Familiar y Adopción, y el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al ignorarse el paradero de doña Silvia Esther Fernández Granados, se le requiere para que, en el plazo de quince días hábiles, comparezca ante el Servicio de Protección de Menores, sito en C/ Santos Zárate, núm. 15-bis para la notificación del contenido íntegro de la Resolución y al objeto de prestar conformidad, en su caso.
Se le significa que contra la misma podrá interponer oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, por los trámites que establecen los artículos 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada Ley Procesal.
Almería, 5 de mayo de 2004.- El Delegado, Luis López Jiménez.
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