Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 31/05/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 9 de diciembre de 2003, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en el Delegado Provincial de Córdoba para la modificación del Convenio de Colaboración que se cita.

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Por Resolución del Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud, de 22 de agosto de 2001, publicada en el BOJA núm., de 11 de septiembre, se delegaron competencias en el Delegado Provincial de la Consejería de Salud en Córdoba para la firma de un Convenio de Colaboración con el Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), para la construcción de un Centro de Salud en dicha localidad.

Con fecha de 1 de octubre de 2001, se firmó el Convenio de Colaboración entre la Delegación Provincial de Salud en Córdoba y el Ayuntamiento de Lucena, para la construcción de un Centro de Salud en dicha localidad.

Con fecha 21 de noviembre de 2003, el Delegado Provincial de la Consejería de Salud en Córdoba solicita la delegación de competencias para la modificación de dicho convenio, al amparo de lo preceptuado en el artículo 110 de la Ley General de Hacienda Pública.

La modificación no altera el importe de la subvención concedida.

Por todo ello, en virtud del ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuye el artículo

69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y el artículo 11 del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RESUELVO

Primero. Delegar en el Delegado Provincial de la Consejería de Salud en Córdoba la competencia para la modificación del Convenio suscrito con el Ayuntamiento de Lucena el 1 de octubre de 2001, al amparo de lo preceptuado en el artículo

110 de la Ley General de Hacienda Pública.

Segundo. Dicha modificación no altera el importe de la subvención concedida.

Tercero. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de diciembre de 2003.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.

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