Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 01/06/2004

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Córdoba, del trámite de audiencia del expediente de reintegro de 5 de enero de 2004 a don Antonio López Moreno.

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Esta Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Córdoba, al amparo de la Orden de 2 de enero de 2002 de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería para el año 2002 (BOJA núm. 22, de 21 de febrero) concedido a don Antonio López Moreno una subvención de 142 E para una Ayuda Individual para Personas Mayores, en la modalidad de Ayuda Técnica (Colchón Antiescaras).

A fin de declarar la procedencia del reintegro, y determinar la cantidad que en consecuencia debiera reintegrar, se inició expediente de reintegro con fecha 5 de enero de 2004.

HECHOS

En la instrucción del expediente se han determinado hechos probados que don Antonio López Moreno, no ha justificado la subvención en el plazo de un mes, previsto en el art. 22 de la Orden anteriormente citada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El art. 112.c) de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone que procederá el reintegro de la subvención en el caso de que el beneficiario incumpla la obligación de justificar, y el art..1.c) de la Orden de la Consejería de Asuntos Sociales de 2 de enero de

2002, expresado en iguales términos.

Instruido el procedimiento de reintegro e inmediatamente antes de redactar la propuesta de Resolución, esta Delegación Provincial

ACUERDA

Conceder Trámite de Audiencia al interesado acogiéndose al art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que en el plazo de 10 días, contados desde el siguiente al de la notificación, pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

Córdoba, 10 de mayo de 2004.- El Delegado, Manuel Sánchez Jurado.

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