Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 04/06/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

ORDEN de 19 de mayo de 2004, por la que se aprueba el deslinde del Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules, código CA-30018-CAY, propiedad del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules y situado en el mismo término municipal de la provincia de Cádiz.

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Expte. núm. 421/02.

Examinado el expediente de Deslinde del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules", Código de la Junta de Andalucía CA-

30018-CAY, propiedad del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules y situado en el mismo término municipal, instruido y tramitado por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, resultan los siguientes H E C H O S

1.º El expediente de deslinde del monte público "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" surge ante la necesidad de determinar el perímetro del monte al objeto de su posterior amojonamiento.

2.º Autorizado el deslinde administrativo de dicho monte por Resolución de Inicio de la Consejera de Medio Ambiente de fecha de 28 de junio de 2002, y habiéndose acordado que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se publica en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Alcalá de los Gazules, Cortes de la Frontera, Jerez de la Frontera, Jimena de la Frontera y Ronda, y en los Boletines Oficiales de las Provincias de Cádiz y Málaga, el anuncio de Resolución de Inicio de deslinde.

3.º Al no haberse presentado reclamación alguna contra esta Resolución de Inicio, se publicó en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Alcalá de los Gazules, Cortes de la Frontera, Jerez de la Frontera, Jimena de la Frontera y Ronda, y en los Boletines Oficiales de las Provincias de Cádiz y Málaga el preceptivo anuncio señalando fecha y lugar para dar comienzo a las operaciones de apeo de las líneas provisionales el día 17 de junio de 2003.

4.º Después de tramitadas las debidas comunicaciones y citaciones a los interesados, procedió el Ingeniero Operador en la fecha anunciada al comienzo del apeo del perímetro. El piquete de deslinde número uno se situó junto al mojón 31 del M.P. "Hernán Martín", en el punto de unión de los montes: "El Aljibe", propiedad de Hermanos San Juan de Dios; "La Sauceda", propiedad del Ayuntamiento de Cortes de la Frontera; y, el monte "Hernán Martín", incluido en el "Grupo de Monte de Alcalá de los Gazules". Se continuó

recorriendo la linde de "Hernán Martín", siguiendo un muro de piedra, intercalado con afloramientos rocosos, y la divisoria de aguas desde el piquete número dos hasta el número trece. Lugar donde abandona el monte "Hernán Martín" para continuar con el M.P. "Montero", pasando la misma por el sitio conocido como "Puerto Oscuro".

Continuando por el muro de piedra y la vertiente, y recorriendo la linde de "Montero", se colocaron los piquetes número catorce, quince y sucesivos hasta el número veintisiete, piquete situado junto al mojón número 27 del monte "La Sauceda" en el punto conocido como "Tajos de Robles". En este punto acaba la colindancia con el M.P. "La Sauceda", propiedad del Ayuntamiento de Cortes de la Frontera y comienza la finca "Moracha" propiedad de doña Cristina Saudan Ducrey.

Todavía por el Montero y pasando por el "Puerto de Espartinas" y el "Puerto de la Angarilla", se colocaron los piquetes número veintiocho, veintinueve y sucesivos hasta el piquete número cincuenta y dos, línea que define la linde por una pared de piedra que sigue recorriendo la divisoria. Esta será la linde a lo largo de todo el tramo que discurre por el monte "Montero".

Después de tropezar con unas rocas nacedizas, se colocó de nuevo, junto al muro de piedra, el piquete número cincuenta y tres, para luego continuar junto al mismo, aún por la

divisoria. Tras dejar el "Cerro de la Angarilla" y discurrir por la "Loma de la Brocha", se colocó el piquete número setenta y cuatro, ubicado en el "Alto de la Loma", justo donde acaba el muro de piedra y cambia la colindancia. Esta se produce entre la finca "Moracha" de doña Cristina Saudan Ducrey, que no compareció a este acto y el monte "Arnao y Los Lirios" perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Posteriormente al cambio de colindancia, se colocaron a lo largo del muro de piedra, intercalado varias veces por

afloramientos rocosos, los piquetes número setenta y cinco, setenta y seis y sucesivos hasta el piquete número ochenta y seis, que se situó en el "Alto del Montero", junto al mojón número dos del monte "Sauzal". En este punto la linde del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" deja el M.P. "Montero" para continuar por el M.P. "Sauzal". Una vez

recorriendo la linde del monte "Sauzal", se colocaron los piquetes desde el número ochenta y siete hasta el noventa y dos, siguiendo la divisoria y muro de piedra, que vuelve a sufrir discontinuidades por la aparición de rocas nacedizas. Más tarde se llegaría a la zona conocida como el "Puerto de las Yeguas", donde se colocó el piquete número noventa y tres, junto al mojón tres del monte "Sauzal"; lugar donde la linde del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" abandona el perímetro exterior del monte "Sauzal" para continuar por la linde del monte "Barrancones".

La linde continuó discurriendo por la vertiente, levantándose sobre la misma una pared de piedra, donde se colocaron los piquetes número noventa y cuatro, noventa y cinco y sucesivos hasta el número ciento quince pasando por los lugares

conocidos como el "Puerto de la Gredera", los "Tajos del Macho", las "Lomas del Macho" y el "Puerto de la Majada de Báez". El último piquete mencionado se situó en la

intersección de dos muros de piedra, donde acaba la

colindancia con el M.P. "Arnao y los Lirios" y comienza con el Monte "Cándalo" propiedad de don Miguel Sánchez Urbano.

Desde el piquete número B dieciséis y sucesivos hasta el piquete número treinta y dos B la linde está definida por la alineación de piquetes. Los piquetes número veinticuatro B y veinticinco B se colocan junto al "Arroyo de la Higuera". La linde que separa el pleno dominio del Ayuntamiento del

Condominio B finaliza uniendo el piquete número treinta y dos B con el piquete número cuatrocientos uno del perímetro externo del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules", que se sitúa rumbo doscientos doce grados y distancia cincuenta y ocho metros. don Domingo Domínguez Sánchez, único propietario de este condominio que acudió al apeo, mostró su conformidad con la ubicación de los piquetes antes mencionados.

De esta forma el condominio B está definido por la alineación de los piquetes del perímetro exterior comprendidos entre el número trescientos noventa y cuatrocientos uno y la alineación entre los piquetes número trescientos noventa, uno B y

sucesivos hasta el treinta y dos B y cuatrocientos uno.

Condominio C

Formado por los enclavados reconocidos en el anterior deslinde realizado en el monte Sauzal: e, e1, e2, e3 y e4.

Posteriormente, en este montes se realizó un amojonamiento, aprobado en el año 1961, del cual aún se conservan los mojones que definen los enclavados.

Actualmente, está formado por los montes: "Las Chivas", compuesto por las fincas registrales 5.583, 1.565 y 4.690; "Rancho de Juan Olmedo", finca registral 5.145, perteneciente a Agropecuaria Fuenfría, S.A al igual que el monte anterior; y "Lagunetas", propiedad de doña Cristobalina Pérez Ortega y su marido, don Francisco Díaz Rodríguez, fincas registrales

4.542, 2.087 y 2.088.

El condominio linda al Norte con el Río Montero y con el interior del monte Sauzal, al Este con el interior del monte público Sauzal, al Sur con la finca "Dehesa El Carrizoso" separados por el Arroyo de la Armada y con el interior del monte Sauzal y al Oeste con las fincas "Dehesa El Carrizoso" y el Río Montero.

La linde del condominio comienza afectando a la finca "Las Chivas" y se define por la alineación de piquetes que une el cuatrocientos noventa y dos de la linde externa con el uno C y sucesivos hasta el cinco C ubicados junto a mojones de

hormigón. Este trayecto es atravesado por las vías pecuaria "Dehesa de Yeguas-Molino de los Partidores" y "Vereda de Patrite-Jimena", produciéndose el cambio de colindancia en el piquete número seis C para dar comienzo con "Rancho de Juan Olmedo", ambos del mismo propietario.

Recorriendo la linde del Rancho de Juan Olmedo se definió la misma con la alineación de piquetes colocados junto a mojones de hormigón, desde el número seis C hasta el trece C, lugar donde se produce el cambio de colindancia, entre "El Rancho de Juan Olmedo" y "Las Lagunetas" propiedad de don Francisco Díaz Rodríguez y doña Cristobalina Pérez Ortega.

Llegados a este punto don Patricio López de Carrizosa Domecq, como representante legal de las propiedades de Agropecuaria Fuenfría, S.A., mostró su disconformidad con la linde desde el piquete número tres C hasta el trece C, al considerar éste que la propiedad de su representada se adentra desde el piquete número tres C en dirección sureste hacia el Monte Público, para llegar a incluir el "Peñón de las Abejas" y dirigirse en dirección noreste hasta el piquete número trece C. Además, hizo constar que hasta la fecha no tenía conocimiento de que existiera título que favoreciera la propiedad en cuestión al Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules Previamente al apeo, se entregó documentación que consistió en fotocopias de

escrituras de compra-venta, Notas Simples del Registro de la Propiedad y planos. Toda está documentación fue clasificada en el apartado C del Informe sobre Reconocimiento y Clasificación de Fincas.

Los terrenos en disputa son los pertenecientes a la finca registral 10.312, proveniente de la agregación de las fincas

1.884 y 3.399. Estas dos fincas estaban inscritas a favor de don Manuel Camacho Sánchez en la fecha en la que se produzco el anterior deslinde, realizado en 1985 y con Orden

Aprobatoria de 1897 del perímetro exterior y de 1899 del perímetro interior. En dicho deslinde no se reconoció la propiedad de los terrenos inscritos en las fincas 1.884 y

3.399 a los Herederos de don Manuel Camacho Sánchez, al morir éste, entre otros motivos por el exceso de cabida que existía en éstas y otras fincas registrales de su propiedad. Tras estudiarse las alegaciones presentadas al deslinde por varios particulares, el Tribunal Provincial declaró nulo el deslinde en 1917, pero posteriormente el Tribunal Superior apeló la sentencia declarando válido el deslinde, con excepción de una servidumbre que no afecta a los terrenos actualmente en disputa. Desde el año 1917, el uso de los terrenos ha sido aprovechado por el Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules, entidad declarada como propietaria de los mismos en el

anterior deslinde. Además, cabe destacar que la posesión, quieta, pacífica e ininterrumpida a título de dueño viene siendo ostentada por el Ayuntamiento por un período mayor a treinta años. Por todo ello, se reafirmó el deslinde y el amojonamiento aprobados anteriormente y se consideró los terrenos reclamados por Agropecuaria Fuenfría incluidos en el Monte Público Sauzal y pertenecientes al Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules.

Siguiendo la alineación de mojones se colocaron los piquetes desde el número catorce C hasta el veinticinco C, para luego unirse al piquete número quinientos de la linde externa junto al Río Montero. En este momento don Francisco Díaz Rodríguez, en representación suya y de su esposa, doña Cristobalina Pérez Ortega, mostró su conformidad con la ubicación de los

piquetes, firmó y se retiró.

Finalmente, don Patricio López de Carrizosa y Domecq, como representante legal de las propiedades de Agropecuaria

Fuenfría, S.A., manifestó que aceptaba las menciones hechas a las vías pecuarias a los meros efectos de situación en plano, pero no la existencia de algún camino que atravesara o

bordeara alguna de las propiedades de la Sociedad Anónima. Además, señaló que cuando se adquirió las fincas registrales señaladas como propias en el Condominio lo hizo en documento público y la compraventa de las mismas fue comunicada a la Delegación de Medio Ambiente, sin que ésta pusiera objeción alguna. Este hecho no es realmente cierto, ya que existe una respuesta de la Delegación, aunque posterior a los tres meses establecidos para la validez del expediente de retracto, donde se recuerda al remitente el no reconocimiento de algunos enclavados de los Montes de Propios de Alcalá de los Gazules en alusión a las fincas registrales 1.884 y 3.399, que

posteriormente se agruparía en la 10.312 que presume como propia.

Condominio D

Anteriormente deslindado y amojonado bajo las letras I o J, linda en todas las direcciones con el interior del monte "Hernán Martín". El propietario en el anterior deslinde era don José Armenta Morales, finca registral número 2174 en el Registro de la Propiedad. Posteriormente, en la aprobación del amojonamiento los terrenos eran propiedad de don José Lozano Hernández, propietario que aún aparece reflejado como tal en la finca 2174. Actualmente, los terrenos son poseídos por doña Francisca Gallego García, viuda de don José Lozano Hernández, y por su hijo don Antonio Lozano Gallego.

El enclavado quedó definido por la alineación que forman los doce piquetes que se colocaron junto a los mojones numerados del 1 I al 12 I, procedentes del Amojonamiento realizado en el monte Hernán Martín, aprobado en 1961 y que ya delimitaban dicho enclavado en aquellos tiempos. Habiendo sido notificado la entidad propietaria de dicho enclavado, no acudió

representante alguno de la misma.

Condominio E

El condominio E, el cual linda en todas las direcciones con el interior del monte Hernán Martín, está compuesto por dos enclavados anteriormente deslindados y amojonados denominados: "G", propiedad de don José Lozano Hernández; y "E", de don José Marchante Montes de Oca. Actualmente, los terrenos de don José Lozano Hernández son poseídos por su hijo don Antonio Lozano Gallego (fincas registrales número 1999 y 3511) y los de don José Marchante Montes de Oca por los Herederos de don Miguel Molina Morales (finca registral número 3510).

Posteriormente al acto de apeo, don Miguel Valentín Molina Domínguez presentó escritura de compra venta y adición de herencia sobre diversas fincas registrales anteriormente propiedad de don José Marchante Montes de Oca y compradas por don Miguel Molina Morales, entre ellas la finca 3510. Tras la muerte del comprador, las fincas son heredadas adjudicándose de la siguiente forma: una mitad indivisa de doña María Teresa Domínguez García, viuda de don Miguel Molina Morales; y la mitad indivisa restante, por iguales partes indivisas, a sus hijos don Miguel Valentín, María Teresa y María Cristina Molina Domínguez.

Se dio comienzo colocando el piquete número uno E junto al mojón de hormigón 1 E. Desde este piquete la linde está definida por el "Arroyo de la Carrasca" hasta llegar al piquete número cuatro E, para continuar con la alineación de piquetes paralela al arroyo hasta el piquete número doce E. El piquete número seis E se situó junto al mojón de hormigón 8 E en el "Arroyo de la Carrasca o de la Baña". Los piquetes número siete E y ocho E, se colocaron junto a los mojones de hormigón 7 E y 6 E, respectivamente. En el piquete número nueve E, ubicado junto al mojón 5 E, se produce un cambio de colindancia interno en el condominio, abandonado el suelo propiedad de don Antonio Lozano Gallego y se continúa por el de don Miguel Molina Morales. Los piquetes números diez E, once E, doce E y trece E se ubicaron junto a los mojones de hormigón 10 G, 9 G, 8 G y 7 G respectivamente. Los piquetes número catorce E, quince E, dieciséis E, diecisiete E,

dieciocho E y diecinueve E se colocaron junto a los mojones de hormigón 5 G, 4 G, 3 G, 2 G y 1 G en el "Arroyo de Juan Vela" de manera respectiva. El piquete número veinte E se situó junto al mojón 4 E, produciéndose un cambio de colindancia, retomando nuevamente el suelo propiedad de don Antonio Lozano Gallego y finalizando con el de don Miguel Molina Morales. El piquete número veintiuno E se ubica junto al mojón de hormigón

3 E, en lo alto del "Cerro Risco". El piquete número veintidós E se situó rumbo junto al mojón de hormigón 2 E cerca del "Arroyo de Juan Vela". El perímetro del Condominio E se cierra uniéndose este último piquete con el piquete número 1 E que está situado rumbo doscientos ochenta y tres grados y

distancia doscientos setenta y tres metros. Ningún

representante por parte de las propiedades de los enclavados incluidos en el Condominio E acudió al acto de apeo.

Condominio F

Enclavado designado con la letra K en el antiguo deslinde, el cual reconoció la propiedad a don Antonio Alba Casas.

Posteriormente, en el amojonamiento, este enclavado pertenecía a don Antonio Puelles Puelles y Hermanos y en la actualidad es poseído por doña María Luz Toscano Puelles, correspondiente a

4,5936 ha del total de la finca registral número 8229. Linda al Norte, Este y Sur con el interior del monte público Hernán Martín y al Oeste con el perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" que colinda con terrenos la propia doña María Luz Toscano Puelles.

La linde del enclavado está definido por la alineación de piquetes que une el número quinientos noventa y uno con los piquetes uno F y sucesivos hasta el siete F, colocados junto a mojones de hormigón pertenecientes al antiguo amojonamiento, y con el perímetro externo del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" por el piquete número quinientos noventa y dos. Tras ser notificada doña María Luz Toscano Puelles no se presentó al acto.

Condominio G

Conocido como "La Churreta", el Condominio G está formado por los antiguos enclavados M y N anteriormente deslindados y amojonados, linda al norte con el interior del monte Hernán Martín y con el Condominio J, al sur con la finca privada "Mogea Escobar", a través del perímetro externo del monte Hernán Martín, al este con el interior del monte Hernán Martín y al oeste con la finca privada "La Churreta", propiedad de las "Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia", a través del perímetro externo del monte Hernán Martín.

Los propietarios en el anterior deslinde eran: doña María Gutiérrez de la Jara del enclavado M, fincas registrales número 2015, 3099 y 3980; y, don Pedro Montes de Oca del enclavado N, finca registral número 4463. Posteriormente el enclavado N fue comprado por la primera propietaria

mencionada. En el amojonamiento realizado en 1961, se

reconocieron los dos enclavados al Patronato de Nuestra Señora de los Santos. Dicho patronato presentó, antes de la fecha de apeo del presente deslinde, escrituras de herencia de las propiedades de don María Gutiérrez de la Jara e inscribió en el Registro de la Propiedad las fincas a nombre de las

"Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia".

El acto de apeo de este condominio se comenzó desde el piquete número quinientos cincuenta y cinco del perímetro externo del monte, situado junto a un mojón de piedra y al mojón de hormigón MP 75, en el "Arroyo del Almez". Los piquetes número uno G, dos G y tres G se ubicaron junto a mojones de piedra. El piquete número cuatro G se colocó junto al mojón de

hormigón 4 F. El piquete número cinco G se ubicó junto a un mojón esculpido en una piedra. Los piquetes número seis G, siete G, ocho G, nueve G y diez G se situaron junto a los mojones de hormigón 5 M, 4 M, 3 M, 2 M y 1 M respectivamente. La linde que separa el pleno dominio del Ayuntamiento del Condominio G finaliza uniendo el piquete número diez G con el piquete número quinientos setenta del perímetro externo del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules". Habiendo sido notificados los representantes del Patronato de Nuestra Señora de los Santos y San Antonio" no acudieron el día de apeo que se delimitó este enclavado.

De esta forma el condominio G está definido por la alineación de los piquetes del perímetro exterior comprendidos entre el número quinientos cincuenta y cinco y quinientos setenta y la alineación entre los piquetes número quinientos cincuenta y cinco, uno G y sucesivos hasta el diez G y quinientos setenta.

Condominio H

Enclavado designado con la letra A en el antiguo deslinde, el cual reconocía la propiedad a don Antonio Alba Casas, finca registral número 647. Posteriormente, en el amojonamiento realizado en el monte "Hernán Martín", este enclavado

pertenecía a don Antonio Puelles Puelles y Hermanos y en la actualidad es poseído por doña María Luz Toscano Puelles, correspondiente a 22,7603 ha del total de la finca registral número 8229. Linda al Norte, Este y Sur con el interior del monte público Hernán Martín y al Oeste con el perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" que colinda con terrenos propiedad de doña María Luz Toscano Puelles.

La linde del enclavado está definido por la alineación de piquetes que une el número quinientos ochenta y ocho con los piquetes diez H y sucesivos hasta el veintisiete H, colocados junto a mojones de hormigón pertenecientes al anti

guo amojonamiento uniéndose al perímetro externo del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" por el piquete número

quinientos noventa. Tras ser notificada doña María Luz Toscano Puelles no se presentó al acto.

Condominio I

Enclavado designado con la letra B en el antiguo deslinde, el cual reconocía la propiedad a don Isidro Benítez, finca registral número 3847. Posteriormente, en el amojonamiento realizado en el monte "Hernán Martín", este enclavado

pertenecía a don Antonio Puelles Puelles y Hermanos y en la actualidad es poseído por doña María Luz Toscano Puelles, correspondiente a 14,0798 ha del total de la finca registral número 8229. Linda al Norte, separado por el "Arroyo de la Cierva", Este y Sur con el interior del monte público Hernán Martín y al Oeste con el perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" que colinda con terrenos también propiedad de doña María Luz Toscano Puelles.

La linde del enclavado está definido por la alineación de piquetes que une el número quinientos ochenta y cinco con los piquetes uno I y sucesivos hasta el seis I, colocados junto a mojones de hormigón pertenecientes al antiguo amojonamiento, para continuar por el Arroyo de la Cierva hasta unirse al perímetro externo del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" por el piquete número quinientos ochenta y seis. Tras ser notificada doña María Luz Toscano Puelles no se presentó al acto.

Condominio J

Anteriormente deslindado y amojonado bajo las letras C, D y L. Los propietarios y datos registrales en el anterior deslinde eran: enclavado C, Beaterio de Jesús, María y José, Folio 186, libro 6.º; enclavado D, de don José Marchante Villalva, fincas registrales número 3539 y 3818: y, enclavado L, de don Pedro Toscano, finca registral número 3311. Los propietarios en el amojonamiento realizado en 1961 eran: Beaterio de Jesús, María y José del enclavado C; don José Marchante Montes de Oca del enclavado D; y, don Antonio Machado Mora del enclavado L.

Actualmente los terrenos procedentes de los antiguos

enclavados C y L no han cambiado de propietario y continúan siendo el Beaterio de Jesús, María y José y don Antonio Machado Mora (finca registral número 5651). En cambio, los terrenos provenientes del antiguo enclavado D anteriormente propiedad de don José Marchante Montes de Oca, pasaron a ser: de don Carlos María Gracia Pérez y don Juan Jiménez Yuste, fincas registrales número 6290 y 6291; Herederos de don José Marchante Villalta (María, Pedro, Juan y Miguel Corrales Marchante), fincas registrales número 6292 y 3374; Herederos de don José Marchante Montes de Oca (Heredero de José

Marchante Villalta), fincas registrales número 3818 y 6289; y, Hermanos Sánchez Vera (Dolores, Francisco y Jorge), finca registral número 7704.

Posteriormente al acto de apeo, don Miguel Valentín Molina Domínguez presentó escritura de compra venta y adición de herencia sobre diversas fincas registrales anteriormente propiedad de don José Marchante Montes de Oca y compradas por don Miguel Molina Morales, entre ellas las fincas registrales número 3818 y 6289, que componen el enclavado "La Lapa". Tras la muerte del comprador, las fincas son heredadas

adjudicándose de la siguiente forma: una mitad indivisa de doña María Teresa Domínguez García, viuda de don Miguel Molina Morales; y la mitad indivisa restante, por iguales partes indivisas, a sus hijos don Miguel Valentín, María Teresa y María Cristina Molina Domínguez.

La mayor parte de los propietarios de los enclavados incluidos en el Condominio J contienen dichos enclavados inscritos en el fincas registrales que también contienen superficies de terrenos de fincas externas al monte y colindante a éste.

El condominio J linda al Norte, Este y Sur con el interior del monte público Hernán Martín y al Oeste con el perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" que a su vez colinda con tierras de don Antonio Machado Mora, tierras de don Carlos María Gracia Pérez y don Juan Jiménez Yuste, tierras de don José Marchante y tierras del Beaterio.

La linde del condominio comienza afectando a la propiedad de don Antonio Machado Mora y se define por la alineación de piquetes que une el número quinientos setenta de la linde externa con los piquetes números uno J, dos J y tres J

colocados junto a mojones de hormigón procedentes del antiguo amojonamiento. En el último piquete mencionado existe un cambio de propietario pasando a las tierras de los Herederos de don José Marchante Villalta (María, Pedro, Juan y Miguel Corrales Marchante). La linde vuelve a cambiar de dueño cuando se llega al piquete número cuatro J dando comienzo el suelo propiedad de don Carlos María Gracia Pérez y don Juan Jiménez Yuste. Entre el piquete número cuatro J y cinco J se produce otro cambio de propietario volviendo la linde a recorrer el suelo de los Herederos de don José Marchante Villalta

(comprado por don Miguel Molina Morales, fincas 3818 y 6289). Don Carlos María Gracia Pérez, en su nombre y como

representante de las tierras de Antonio Machado Mora, y don Juan Jiménez Yuste mostraron su conformidad con la colocación de los piquetes señalados, firmaron y se retiraron.

Siguiendo la alineación de mojones se colocaron los piquetes desde el número cinco J hasta el once J, lugar donde la linde abandona la finca "La Lapa", fincas registrales 3818 y 6289, y empieza con tierras del Beaterio. Tras ser notificados tanto los Herederos de don José Marchante Villalta, como los de don Miguel Molina Morales, no se presentaron al acto.

A partir de aquí la linde recorre la alineación de mojones de hormigón procedentes del antiguo amojonamiento, colocándose los piquetes desde el número doce J hasta el veinte J para más tarde unirse al piquete número quinientos setenta y nueve del perímetro externo.

Debido a la no presencia en el acto de apeo de los Hermanos Sánchez Vera no se pudo determinar con exactitud la ubicación exacta del enclavado de su propiedad. Aunque todo indica, incluida la opinión de los presentes en el apeo, a que no colindan ni con el perímetro externo del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" ni con la línea que separa el pleno dominio del Ayuntamiento con el Condominio J. Por lo tanto, se trataría de un enclavado interno al Condominio J sin

colindancia con los límites de éste.

Resumen del Apeo

El perímetro del Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules quedó delimitado por la colocación de un total de seiscientas cincuenta piquetes de deslinde y cuya descripción figura en las actas de apeo. Además, se colocaron 211 piquetes para definir 10 Condominios compuestos algunos de ellos por varios enclavados.

Del trabajo topográfico realizado con GPS bifrecuencia de precisión centimétrica, además de las coordenadas U.T.M recogidas en el plano topográfico, se han obtenido las

distancias (metros) y ángulos (grados centesimales) entre los piquetes de deslinde que se detallan en los anexos a las actas del deslinde.

El grupo de montes es atravesado por dos vías pecuarias deslindadas, de dominio público y pertenecientes a la

Comunidad Autónoma de Andalucía, que son: "Cañada Real Dehesa de los Partidores-Molino de la Yegua" y "Vereda de Patrite- Jimena". Ambas han sido representadas en el plano de

apeo según el deslinde de las mismas, resultando que la Cañada Real pasa por el M.P. "Sauzal" y la Vereda transita además de este monte los conocidos con los nombres de "Barrancones", "Laganes" y "Laurel".

También hay que destacar que en el M.P. "Hernán Martín" transcurre la carretera autonómica A-375, con código de la Diputación Provincial de Cádiz CA-511. Dicha carretera, al no estar deslindada ha sido representada en el plano de apeo a partir del eje de la calzada y dando un ancho de 11 metros a cada lado del eje, correspondiendo esta anchura con el Dominio Público de la carretera.

5.º Durante los días 17, 24 y 27 de junio y 1, 3, y 10 de julio de 2003 se realizaron las operaciones de materiales de deslinde colocando en todo el perímetro del monte un total de

650 piquetes de deslinde y 211 para definir los 10 condominios interiores.

6.º Anunciado el período de vista del expediente, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y notificado a los particulares interesados expuesto en audiencia durante el plazo de un mes, se recibió reclamación por parte de don Antonio Lozano Gallego y don Melchor Fernández Galán, este último, en nombre y representación de Agropecuaria Fuenfría, S.A., estimándose lo solicitado por el primero, realizándose un nuevo día de apeo el día 10 de febrero de 2004, elaborando ese mismo día un anexo a las actas de apeo, y desestimándose lo solicitado por el segundo demandante. De esta forma, las líneas definidas en el acto del apeo deben adquirir carácter definitivo a efectos de delimitación de las lindes del monte.

A la vista de los anteriores Hechos, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Es competencia de esta Consejería la resolución de los expedientes de deslinde de montes públicos en virtud de lo preceptuado en el artículo 63.4 del Reglamento Forestal de Andalucía, aprobado por Decreto 208/97, de 9 de septiembre.

Segundo. La aprobación del presente deslinde se sustenta en lo regulado en los artículos 34 al 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre; y demás normas de general y pertinente aplicación.

Tercero. El expediente fue tramitado de acuerdo con lo

preceptuado por la legislación vigente relativa al deslinde de monte, insertándose los anuncios reglamentarios en los

Boletines Oficiales de la Provincia y tramitándose las debidas comunicaciones para conocimiento de los interesados.

Cuarto. El Ingeniero Operador hizo constar en acta las

protestas que surgieron durante el apeo contra las líneas apeadas que definen totalmente el perímetro y los enclavados del monte, es por lo que esa Delegación de Medio Ambiente en Cádiz propone que se apruebe el deslinde en la forma en que fue llevado a cabo por el mismo.

Quinto. El informe emitido por el Gabinete Jurídico Provincial considera ajustada a derecho la actuación del Ingeniero Operador respecto a la reclamación efectuada por Agropecuaria Fuenfría S.A. durante la vista del expediente, es por lo que esta Delegación de Medio Ambiente en Málaga propone que se apruebe el deslinde en la forma en que fue llevado a cabo por el mismo.

Sexto. El emplazamiento de cada uno de los piquetes que determinan el perímetro del monte, se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en los planos y registros topográficos que obran en el expediente.

Séptimo. El deslinde se ha realizado a un grupo de montes en el que se incluyen: "Agregados del Peso y Alberite",

"Barrancones de Alberite", "Hernán Martín", "Jota", "Laganes", "El Laurel o Los Laureles", "Montero", "Sauzal" y "Zarza".

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente R E S U E L V E

1.º Que se apruebe el deslinde del monte público "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules", Código de la Junta de Andalucía CA-30018-CAY, perteneciente al Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules y situado en dicho término municipal, de acuerdo con las Actas, Registros Topográficos y Planos.

2.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su

amojonamiento.

3.º Que estando inscrito el monte público con los siguientes datos registrales:

Tomo Libro Folio Finca

Agregados de Alberite 580 211 4 8.806

Barrancones 90 30 246 2.112

Hernán Martín 90 30 24 92.111

Jota 92 31 6 2.113

Laganes 92 31 10 2.114

Laurel 92 31 14 2.115

Montero 92 31 22 2.117

Sauzal 92 31 18 2.116

Zarza 92 31 26 2.118

Una vez sea firme la Orden Resolutoria del deslinde y en virtud del artículo 133 del Decreto 485/1962, de 22 de

febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, se inscriba en el Registro de la Propiedad, como única finca con las descripciones de cada uno de los piquetes del deslinde que se detallan en esta resolución y además, como lindes

generales, las que a continuación se citan:

Denominación: "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules".

Pertenencia: Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules.

Superficie: 6.105,6 ha.

Término municipal: Alcalá de los Gazules.

Límites:

Norte: Tierras de Hdos. de don Pedro Montes de Oca, tierras de don Pedro Gutiérrez, Tierras don Pedro Toscano, Tierras de don José Marchante, Tierras del Beaterio de Jesús, María y José, Tierras doña Josefa Noble, Tierras de José Marchante, Tierras de Isidro Benida, Tierras de don Antonio Alba, Monte de U.P. "Montifarti", Monte de U.P. "El Algibe" y Monte de U.P. "La Sauceda".

Este: Dehesa "Moracha", Monte "Arnao y los Lirios", Dehesa "Arnao", Dehesa "Buenas Noches" y Monte "San José de las Casas".

Sur: Dehesa "El Jautor".

Oeste: Dehesa "El Peso", Dehesa "Alberite", Dehesa "El

Carrizoso" y Dehesa "Mogea Escobar".

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su

publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1.a) y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 19 de mayo de 2004

FUENSANTA COVES BOTELLA

Consejera de Medio Ambiente De igual manera, se colocaron los piquetes que discurren desde el número ciento dieciséis hasta el número ciento

veinticuatro, junto a mojones enumerados del monte

Barrancones, excepto el piquete número ciento veintitrés, que se situó junto a un mojón antiguo en el "Cerro de los

Ladrones". En el piquete número ciento veinticuatro la linde perimetral del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" abandona el monte "Barrancones" y continúa con el monte "Laurel". Siguiendo nuevamente la pared de piedra y la

divisoria, se colocaron los piquetes número ciento

veinticinco, ciento veintiséis y sucesivos hasta el ciento treinta y tres. En este último punto, es justamente donde acaba la colindancia con el monte "Cándalo", propiedad de don Miguel Sánchez Urbano y comienza con el monte "Arnao Alto" propiedad de doña Teresa Furest Montero. don Miguel Sánchez Urbano no compareció a este acto habiendo sido notificado.

Todavía recorriendo la linde del monte Laurel, guiados por el muro de piedra, se colocó la alineación de piquetes formados por el número ciento treinta y cuatro y sucesivos hasta el ciento cincuenta y cinco, En este punto acaba la colindancia con el monte "Arnao Alto", propiedad de doña Teresa Furest Montero y comienza con el monte "Arnao Bajo", propiedad de don José Furest Montero. Doña Teresa Furest Montero tampoco se presentó a este acto, aún teniendo conocimiento de ello.

Sin abandonar el muro de piedra y pasando por el "Ventorrillo del Majar de los Caños", se colocaron los piquetes número ciento cincuenta y seis, ciento cincuenta y siete y sucesivos, hasta el piquete número ciento setenta, para luego descansar en el vértice geodésico del "Cerro del Castillón", sitio donde tiene lugar un cambio de colindancia. El cambio se produce entre los montes "Laurel" y "Laganes". Además es importante mencionar que entre los piquetes ciento cincuenta y seis, ciento cincuenta y siete pasa la vía pecuaria "Vereda de Patrite-Jimena de la Frontera".

Recorriendo aún la linde de la propiedad de don José Furest, pero ya en tierras de "Laganes", se colocaron los piquetes número ciento setenta y uno, ciento setenta y dos y sucesivos hasta el piquete ciento ochenta y ocho, pasando por el lugar conocido como el "Puerto del Avispero" y el llamado "Puerto de la Plata". Más tarde y sin descanso se subió al "Cerro de la Plata", donde se colocó el piquete ciento ochenta y nueve, sin dejar el muro en ningún momento, para determinar el punto en el que la linde del grupo de montes de Alcalá abandona el perímetro exterior del monte "Laganes", para continuar con el monte "Zarza".

Siguiendo por el muro de piedra, que discurre por la

divisoria, y ya por el M.P. "Zarza", se colocaron, junto a grandes rocas nacedizas, los piquetes número ciento noventa y ciento noventa y uno; para luego continuar, sin perder la pared, por el "Puerto del Bueizal" y las "Lomas de los

Gallegos", hasta el piquete número doscientos treinta y dos, dejando atrás la cancela que da acceso al monte "Arnao Bajo", propiedad de don José Furest Montero, y el Arroyo "Arnao" que discurre de forma paralela durante un tramo de la linde. De esta manera se llegó al cambio de colindancia entre el monte "Arnao Bajo" propiedad de don José Furest Montero, que no se presentó a este acto, y el monte "Buenas Noches Taramal" propiedad de don Luis Vargas Machuca Bujalance. Este cambio se produce en el sitio donde se colocó el piquete número

doscientos treinta y tres.

Desde este último piquete, hasta el piquete número doscientos cincuenta y ocho, la linde sigue siendo muro de piedra, y es recorrida por mojones de piedra antiguos que llevan a la "Corona de la Zarza". Aquí, tiene lugar el cambio de

colindancia entre las fincas "Buenas Noches Taramal", de don Luis Vargas Machuca Bujalance, que no hizo acto de presencia, y "Buenas Noches Viejas", de su hermano don Pedro Luis Vargas Machuca Bujalance.

Y sin separarse del muro de piedra, y recorriendo las "Lomas del Padrón", se situaron los piquetes desde el número

doscientos cincuenta y nueve hasta el número doscientos sesenta y dos que es el lugar donde la linde del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" abandona el monte "Zarza" para continuar por el monte "Jota".

Una vez alcanzada la linde del monte Jota, que no abandona la divisoria de aguas ni el muro de piedra, aunque se interrumpe por la aparición de rocas nacedizas, se colocaron los piquetes desde el número doscientos sesenta y tres hasta el número doscientos noventa, que es el lugar, donde acaba la

colindancia con la finca "Buenas Noches Viejas", de don Pedro Luis Vargas Machuca Bujalance y comienza, con el

monte "San José de las Casas", perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía, don Pedro Luis Vargas Machuca

Bujalance, no se presentó a este acto, tras ser notificado para ello.

El siguiente piquete, el número doscientos noventa y uno, se situó en el "Puerto del Cambullón", sitio donde termina la colindancia con el monte "San José de las Casas", propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y comienza con la finca "Jautor", de doña Paz Fernández de Córdoba Fernández

Henestrosa.

Siempre conducidos, por el muro de piedra, se colocó la alineación de piquetes que define la linde, desde el piquete número doscientos noventa y dos, hasta el piquete número trescientos cinco, descendiendo para ello, hasta el "Canuto del Membrillo". Más tarde, dejando atrás el lugar conocido como "Almenaras", se continuó definiendo el perímetro externo, desde el número trescientos seis hasta el trescientos

cincuenta y dos; piquete que se colocó, donde la linde se encuentra con el "Arroyo de la Peguera". Antes, junto a un mojón de piedra antiguo se colocó el piquete número

trescientos quince, justo en el lugar donde en la parte interna del monte comienza el Condominio A, conocido como "El Puerto de la Suela", cuyo suelo es propiedad de particulares y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. El primer particular colindante propietario del Condominio A, desde el piquete número trescientos quince, es Ana Peña Casas. Y en el piquete número trescientos cuarenta y siete el Condominio A cambia de propietario, acabando el suelo posesión de Ana Peña Casas, que no se presentó a este acto y comenzando el de Gil Muñoz Richarte.

El "Arroyo de la Peguera", es linde desde el piquete número trescientos cincuenta y dos, hasta el piquete número

trescientos cincuenta y cuatro, justo donde la linde abandona dicho arroyo y comienza a ser un afluente de éste, en el paraje conocido como "Boquete de Jota". En este punto el monte "Jota" deja de ser colindante con el monte "Jautor", propiedad de doña Paz Fernández de Córdoba Fernández Henestrosa (no hizo acto de presencia, tras ser notificada) y comienza a lindar con el monte "El Peso", propiedad de Vallefor, S.A.

Previamente, en el piquete número trescientos cincuenta y tres termina la colindancia con el Condominio A, y por lo tanto, también con el enclavado de don Gil Muñoz Richarte, que no se presentó a este acto.

Dentro del arroyo se colocaron los piquetes número trescientos cincuenta y cinco, trescientos cincuenta y seis y trescientos cincuenta y siete, y en el sitio donde aparece de nuevo muro de piedra y termina el arroyuelo, se situó el piquete número trescientos cincuenta y ocho. Desde este piquete hasta el número trescientos ochenta y uno, la linde es definida por muro de piedra, pasando por el llamado "Puerto de Emilio" y el conocido "Puerto del Ferrol". En el piquete número trescientos sesenta y cinco, la linde vuelve a encontrar el enclavado de don Gil Muñoz Richarte, incluido en el Condominio A, acabando ambos en el piquete número trescientos ochenta y uno.

Posteriormente, se delimitó la línea que separa el pleno dominio del Ayuntamiento con el Condominio A, cuyo suelo es propiedad de particulares y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. La descripción de dicho condominio viene reflejada en el apartado condominios del presente informe.

A continuación se reanudó la delimitación del perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules". Entre los piquetes número trescientos ochenta y dos y sucesivos hasta el piquete número trescientos noventa y dos la linde quedó definida por la alineación de piquetes. En el piquete número trescientos noventa, en la parte interna del monte, comienza el Condominio B, conocido como "Cañada de Jota", cuyo suelo es propiedad de particulares y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. El primer particular colindante propietario del Condominio B son los Hermanos Domínguez Sánchez. Desde el piquete número trescientos noventa y dos y sucesivos hasta el piquete número trescientos noventa y siete la linde vuelve a estar definida por una pared de piedra. En el piquete número trescientos noventa y siete termina el muro de piedra y a su vez el Condominio propiedad de los Hermanos Domínguez Sánchez, dando comienzo el Condominio propiedad de don Domingo Domínguez Sánchez. Siendo notificados los Hermanos Domínguez Sánchez, no se presentó representante alguno, pues don Domingo Domínguez solo actuó en representación de los terrenos exclusivos de su propiedad.

Los piquetes números trescientos noventa y ocho, trescientos noventa y nueve, cuatrocientos y cuatrocientos uno, se

situaron junto a mojones de piedra antiguo. En el último piquete mencionado termina el Condominio B y la parte

propiedad de don Domingo Domínguez Sánchez, el cual dio su consentimiento con lo definido en las actas.

Seguidamente, se delimitó la línea que separa el pleno dominio del Ayuntamiento con el Condominio B, conocido como "Cañada de Jota", cuyo suelo es propiedad de particulares y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. Dicho condominio viene descrito más adelante.

Se dio comienzo desde el piquete número cuatrocientos uno ubicado el anterior día de apeo junto a un mojón de piedra antiguo. El piquete número cuatrocientos dos se colocó junto a un mojón esculpido en piedra, en lo alto de unas lajas

conocidas como "Tajos de la Braña". Desde este punto y hasta el piquete número cuatrocientos cincuenta y dos la linde discurre por la divisoria de aguas. El piquete número

cuatrocientos cuatro se colocó junto a un mojón de piedra antiguo y a un mojón de hormigón de "Agregados del Peso" con la inscripción AP1 en el "Cerro del Junco". En este piquete la linde perimetral del "Grupo de Montes de Alcalá de los

Gazules" abandona el monte "El Peso" propiedad de Vallefor, S.A. y comienza con el monte "Agregados de Alberite" propiedad de Explotación Agroganadera Suratlántica. El piquete número cuatrocientos diez se situó en el "Puerto del Chivato" y el piquete número cuatrocientos doce en el cerro del mismo nombre. El piquete número cuatrocientos quince se situó junto a un mojón de piedra antiguo, en el punto donde la linde del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" abandona el

perímetro exterior del monte "Jota" para continuar por la linde perimetral oeste del monte "Laganes". El piquete número cuatrocientos cincuenta y tres se ubicó junto a un mojón de piedra antiguo y la linde comienza a ser una fila de lajas de piedra que se separan de la divisoria y se dirigen al río, donde también se situó el piquete número cuatrocientos

cincuenta y cuatro. El piquete número cuatrocientos cincuenta y cinco se colocó junto al "Río Alberite", donde terminan las lajas en una cavidad hecha en una roca donde se situaba la base de un mojón. En este piquete, ubicado en la zona conocida como "Cancho Rodado", la linde del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" abandona el perímetro exterior del monte "Laganes" para continuar por la linde perimetral sur del monte "Agregados del Peso y Alberite".

Desde el piquete número cuatrocientos cincuenta y cinco hasta el piquete número cuatrocientos cincuenta y seis la linde está definida por el "Río Alberite". En este último punto, ubicado en el "Charco del Garabito", la linde abandona el curso del "Río Alberite" para seguir por la alineación de piquetes hasta el piquete número cuatrocientos ochenta y nueve. En todo este tramo de linde existen mojones numerados desde el 73 hasta el

100, donde se han colocado la mayoría de los piquetes. El piquete número cuatrocientos sesenta y dos se ubicó junto a una angarilla, en el cambio de colindancia del monte

"Agregados de Alberite", propiedad de Explotación Agroganadera Suratlántica, y el monte "Dehesa El Carrizoso", propiedad de don Luis Fernández Domecq Ybarra. El piquete número

cuatrocientos sesenta y ocho se ubicó bajo unas rocas en lo alto del "Cerro de las Cueva de Martín" y entre la alineación de piquetes formada por los números cuatrocientos

setenta y cuatrocientos setenta y uno la linde es atravesada por un camino de herradura. El piquete número cuatrocientos setenta y seis se situó en el vértice geodésico que se

encuentra en el "Cerro del Fraile". En el piquete número cuatrocientos setenta y ocho se ubicó bajo unas rocas en lo alto del "Cerro de las Cueva de Martín", en el punto donde la linde del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" abandona el perímetro exterior del monte "Agregados del Peso y

Alberite" para continuar por la linde perimetral oeste del monte "Sauzal".

El piquete número cuatrocientos ochenta y seis se ubicó junto al carril de acceso a la finca "Dehesa El Carrizoso". Desde el piquete número cuatrocientos ochenta y nueve, colocado junto a al mojón de hormigón 100 del amojonamiento de "Sauzal", hasta el piquete número cuatrocientos noventa y seis la linde está definida por el "Arroyo de la Armada". El piquete número cuatrocientos noventa se ubicó junto al mojón de hormigón 101. En el piquete número cuatrocientos noventa y dos, situado junto al mojón de hormigón 103, por la parte interna del monte, comienza el Condominio C, cuyo suelo es propiedad de particulares y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. La primera finca del Condominio C, colindante con el perímetro externo del perímetro del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules", desde el piquete número cuatrocientos noventa y dos es "Las Chivas", propiedad de Agropecuaria Fuenfría, S.A. El piquete número cuatrocientos noventa y seis se colocó en la desembocadura del "Arroyo de la Armada" sobre el "Río Montero". En este punto, la linde comienza a estar definida por el río antes mencionado y termina la colindancia del monte "Sauzal" con "Dehesa el Carrizoso", propiedad de don Luis Fernández Domecq Ybarra, y comienza con el monte "La Gitana" de don Manuel Lacave Ruiz-Tagle. Ninguno de los dos

propietarios antes mencionados acudió al apeo.

Siguiendo el "Río Montero" se colocó el piquete número

cuatrocientos noventa y siete, que determina el cambio de colindancia interno al monte en el Condominio C, acabando la linde de "Las Chivas" y dando comienzo "El Rancho de Juan Olmedo", ambos propiedad de Agropecuaria Fuenfría, S.A. El piquete número cuatrocientos noventa y ocho se situó también en el mencionado río para determinar de igual manera el cambio de colindancia entre "El Rancho de Juan Olmedo" y "Las

Lagunetas" propiedad de don Francisco Díaz Rodríguez y doña Cristobalina Pérez Ortega.

Don Patricio López de Carrizosa Domecq, como representante legal de las propiedades de Agropecuaria Fuenfría, S.A., mostró su conformidad con la colocación de los piquetes 492 y sucesivos hasta el 498.

Continuando por el río se colocó el piquete número

cuatrocientos noventa y nueve en el punto exacto donde se produce el cambio de colindancia entre el monte "La Gitana" de don Manuel Lacave Ruiz-Tagle y "Hoyos de Gregorio", propiedad de doña Cristobalina Pérez Ortega con el monte "Sauzal". El piquete número quinientos se situó en el río junto al mojón de hormigón MP 123, en el punto donde la linde perimetral del "Grupo de Montes de Alcalá" abandona el Condominio C, y por lo tanto la finca "Lagunetas".

A continuación se delimitó la línea que separa el pleno dominio del Ayuntamiento con el Condominio C, hecho que se describe más adelante en este informe.

Posteriormente, se reanudó la delimitación del perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules", ubicando el piquete número quinientos uno en el Río "Montero", exactamente en el lugar donde el monte "Sauzal" deja de lindar con el monte "Hoyos de Gregorio" y empieza con el monte "Mogea Escobar" propiedad de Agropecuaria Fuenfría, S.A.

Don Francisco Díaz Rodríguez, marido de doña Critobalina Pérez Ortega, mostró su conformidad con la colocación de los

piquetes que definen los límites de su propiedad, tanto del Condominio "Lagunetas" como de la finca "Hoyos de Gregorio".

El piquete número quinientos dos se situó junto al mojón de primer orden del Monte "Sauzal" en una zona conocida como el "Boquete del Montero" y es el punto donde la linde del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" abandona el perímetro exterior del monte "Sauzal" para continuar por la linde perimetral oeste del monte "Montero". A partir de este punto y hasta el piquete número quinientos dieciséis la linde está definida por la alineación de piquetes y deja de ser el Río "Montero", como venía siendo desde el piquete número

cuatrocientos noventa y seis hasta el piquete número

quinientos dos. El piquete número quinientos tres se ubicó en la vereda que va desde Alcalá a la Sauceda. El piquete número quinientos doce se situó junto a un mojón de piedra antiguo con inscripción en la "Loma de la Sierra de los Frailecillos".

El piquete número quinientos dieciséis se ubicó en la unión del "Arroyo de la Gargantilla" con el arroyo que baja del "Puerto del Frailecillo". Desde este piquete hasta el

siguiente la linde es el arroyo de la Gargantilla. El piquete número quinientos diecisiete se situó en el punto donde la linde abandona el arroyo para estar nuevamente definida por la alineación de piquetes hasta el quinientos veintidós. El piquete número quinientos dieciocho se ubicó inmediato al "Hornazo de la Gargantilla de Zan", junto a un mojón de piedra antiguo de primer orden con la inscripción MP 40.

El piquete número quinientos veintidós se situó junto a un mojón de piedra antiguo con la inscripción MP 40 y a otro de hormigón del monte "Hernán Martín" también con la inscripción MP 40, procedente del amojonamiento realizado en este monte y aprobado en 1961. En este punto la linde del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" abandona el perímetro exterior del monte "Montero" para continuar por la linde perimetral sur del monte "Hernán Martín". Desde este último piquete y sucesivos hasta el número quinientos treinta y siete la linde está definida por la alineación de piquetes ubicados

mayoritariamente junto a mojones numerados, del 40 al 53, que discurren por la divisoria de aguas y por los lugares

conocidos como "Herriza Llana", "Riesquillos de Puerto Llano", "Risco del Lobo", "Puerto de Los Descansadero" y "Puerto de Juan Frías". A partir del piquete quinientos treinta y siete se abandona la divisoria para continuar definiendo la linde la alineación de piquetes, ubicados algunos junto a mojones numerados, pasando por el "Cancho de Rojas" y el "Caserón de la Majadilla de Morales" hasta llegar al piquete número quinientos cincuenta y dos que se colocó junto al mojón. En este último piquete acaba la colindancia del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" con el monte "Mogea Escobar"

propiedad de Agropecuaria Fuenfría y empieza con la finca de "Peñas del Almez" propiedad de Antonio Lozano Gallego. El representante de Agropecuaria Fuenfría, S.L., don Patricio López de Carrizosa y Domecq, mostró su conformidad con la ubicación de los piquetes colindantes con la finca "Mogea Escobar".

Se dio comienzo desde el piquete número quinientos cincuenta y dos, ubicado en el comienzo de la colindancia del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" con la finca "Peñas del Almez" propiedad de Antonio Lozano Gallego. Entre este último piquete, el piquete número quinientos cincuenta y tres, que se ubicó tras replanteo de la ubicación del mojón MP 65, y el piquete número quinientos cincuenta y cuatro la linde está definida por la alineación de piquetes. Desde el último piquete mencionado, ubicado en el mojón MP 66, hasta el piquete número quinientos sesenta la linde está definida por el "Arroyo del Almez". Desde este punto, y hasta el piquete número quinientos cincuenta y cinco, la linde está definida por el "Arroyo del Almez", donde se vieron los mojones

procedentes del amojonamiento aprobado en 1961 y numerados: MP

67, MP 68, MP 69, MP 70 Y MP 73. El último piquete mencionado se colocó junto a un mojón de piedra y al mojón de hormigón MP

75 y el arroyo, donde termina la colindancia del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules"

con la finca "Peñas del Almez" de don Antonio Lozano Gallego y vuelve a colindar con el monte "Mogea Esobar" propiedad de Agropecuaria Fuenfría, S.A.

Llegado a este punto del apeo, don Antonio Lozano Gallego mostró su conformidad con la colocación de las estaquillas antes mencionadas, pero sin embargo no interpreta como linde el "Arroyo del Almez" a partir del mojón MP 73, ubicado en el arroyo a unos 175 metros del piquete de deslinde número quinientos cincuenta y cinco y del mojón MP 75. Según este propietario, la finca de su titularidad "Peñas del Almez" es colindante con el monte "Hernán Martín" a través de los piquetes números quinientos cincuenta y dos, quinientos cincuenta y tres y quinientos cincuenta y cuatro y el arroyo aguas abajo hasta llegar aproximadamente al mojón MP 73, para continuar en dirección oeste hacia la fuente del "Vicario" hasta llegar al Condominio "La Churreta" (denominado M en el deslinde y amojonamiento antes realizados, y G en el deslinde actual) y bajar por la linde de éste en dirección sureste hasta llegar al arroyo en el piquete número quinientos

cincuenta y cinco. Presentó escrituras de la finca con la descripción de los linderos que hacen mención a la fuente del "Vicario" y a la colindancia con "La Churreta".

Los Ingenieros Operadores asistentes en el apeo, doña María Dolores Lasheras Merino y don Juan Sánchez Ruiz, hacen ver que según planos y actas de deslinde y amojonamiento realizados en el monte "Hernán Martín" con Ordenes Aprobatorias del

20/11/1917 y 28/06/1961, respectivamente, y como se ha visto en el terreno al encontrase los mojones MP 66, MP 67, MP 68, MP 69, MP 70, MP 73 y MP 75, la linde del monte "Hernán Martín" discurre por el "Arroyo del Almez". Además, tanto guardería forestal, los Ingenieros Operadores y don Antonio Lozano Gallego coinciden en que en los terrenos reclamados por éste, el aprovechamiento del corcho es extraído por parte del Ayuntamiento. Por todo esto, se deduce claramente que la finca privada de pleno dominio "Peña del Almez" no sobrepasa los límites del arroyo.

Se continuó el apeo en el piquete número quinientos cincuenta y cinco, en este punto, por la parte interna del monte, comienza el Condominio G, cuyo suelo es propiedad de

particulares y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. Este condominio está formado por la agrupación los condominios M y N reconocidos en el deslinde aprobado en el año 1917. La primera finca del Condominio G, desde el piquete número quinientos cincuenta y cinco es "La Churreta",

propiedad de las "Escuelas Profesionales de la Sagrada

Familia" a través del "Patronato de Nuestra Señora de los Santos y San Antonio". Desde este último piquete mencionado hasta el piquete número quinientos sesenta la linde del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules", y a su vez del Condominio G, continúa siendo el "Arroyo del Almez", y se colocaron piquetes junto a los mojones MP 76, MP 77, MP 78 y MP 79. Externamente al monte y en el piquete número quinientos sesenta, situado en el arroyo tras replanteo de la situación del mojón MP 80, acaba la colindancia con el monte "Mogea Escobar" propiedad de Agropecuaria Fuenfría, S.A. y empieza con la finca "La Calderona" propiedad de Vicente Ruiz de Azúa Eguiguren, sin embargo ningún representante de ambas

propiedades acudió este día al apeo. Posteriormente, se colocaron los piquetes número quinientos sesenta y uno y quinientos sesenta y dos, junto al mojón de hormigón MP 81 y a la situación obtenida con replanteo del MP 82. Desde el piquete quinientos sesenta hasta el piquete quinientos noventa y cuatro la linde está definida por la alineación de piquetes, ubicados junto a los mojones numerados de hormigón procedentes del Amojonamiento realizado en el monte "Hernán Martín" en

1961. En los caso en los que, al no aparecer los mojones se han colocado los piquetes en la ubicación exacta del replanteo de los mismos tras mediciones con aparatos GPS.

Don Melchor Fernández Galán, en representación de las

"Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia", mostró su conformidad con los señalado en el presenta relativa a la propiedad de su representada.

Posteriormente se colocaron los piquetes número quinientos sesenta y tres y sucesivos hasta el quinientos setenta junto a los mojones MP 83 y sucesivos hasta el MP 90, respectivamente.

En el piquete número quinientos sesenta y cuatro acaba la colindancia del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" con el monte "La Calderona" propiedad de don Vicente Ruiz de Azúa Eguiguren y empieza con la finca "La Churreta" de pleno dominio propiedad de las "Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia". Ningún representante de ambas propiedades acudió al acto de apeo.

En el piquete número quinientos setenta, ubicado junto al mojón de hormigón de primer orden MP 90, termina la

colindancia con el Condominio G, conocido como condomino "La Chureta", y la finca de pleno dominio también llamada "La Chureta" ambas propiedad de las "Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia". Desde este punto, la finca colindante con el perímetro externo del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" comienza a ser "Quiebra-Hacha", propiedad de don Antonio Machado Mora. Habiendo sido notificados los

representantes del Patronato de Nuestra Señora de los Santos y San Antonio" no se han presentado en este acto.

Posteriormente, se delimitó la línea que separa el pleno dominio del Ayuntamiento con el Condominio G, conocido como "La Churreta", cuyo suelo es propiedad de las "Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia" y el vuelo del

Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. La descripción de la linde de dicho condominio viene reflejada más abajo.

Por la parte interna del piquete número quinientos setenta comienza el Condominio J, cuyo suelo es propiedad de

particulares y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. El primer poseedor de suelo en el Condominio J es don Antonio Machado Mora, propietario del Condominio "Quiebra- Hacha", colindante desde el piquete número quinientos sesenta hasta el piquete quinientos sesenta y dos. En este último piquete termina la colindancia tanto externa como interna al monte con la finca y el Condominio "Quiebra-Hacha" y comienza externamente con tierras pertenecientes a los Herederos de don José Marchante Villalta y de igual manera, a partir de este punto el suelo del Condominio J es propiedad de los mismos Herederos. don Antonio Machado Mora no se presentó en el acto de apeo, pero si su representante don Carlos María Gracia Pérez que mostró su conformidad con las lindes descritas anteriormente.

El piquete número quinientos setenta y tres se ubicó junto al mojón de hormigón MP 93. Entre el piquete número quinientos setenta y dos y quinientos setenta y tres existe un cambio de colindancia tanto interno como externo al monte, donde el suelo del Condominio J y los terrenos colindantes de los Herederos de don José Marchante Villalta pasan a ser a mitad indivisa de don Juan Jiménez Yuste y don Carlos María Gracia Pérez. Habiendo sido notificados los Herederos de don José Marchante Villalta no se presentan en el apeo.

El piquete número quinientos setenta y cuatro se colocó en el lugar marcado por el replanteo del mojón MP 94. Entre el piquete número quinientos setenta y tres y quinientos setenta y cuatro, se producen diversos cambios de colindancia, uno externamente al monte y otros internamente en el Condominio J. Externamente, colindante con el "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" se produce por un único cambio de colindancia: en el "Arroyo de la Lapa" acaba la colindancia con tierras propiedad de don Juan Jiménez Yuste y don Carlos María Gracia Pérez, y comienza con tierras del Beaterio de Jesús, María y José. Internamente al monte, todos ellos incluidos en el Condominio J, se producen varios cambios de colindancia que se mencionan a continuación por orden: primero acaba el suelo propiedad de don Juan Jiménez Yuste y Carlos María Gracia Pérez y comienza el llamado "Enclavado de La Lapa" propiedad el suelo de Herederos de don José Marchante

Villalta; y posteriormente, en el "Arroyo de La Lapa" acaba el "Enclavado de La Lapa" y comienza el condominio propiedad del Beaterio de Jesús, María y José. Tanto los Herederos de José Marchante Villalta como los representantes del Beaterio de Jesús, María y José no acudieron en este día de apeo, como sí hicieron don Carlos María Gracia Pérez y don Juan Jiménez Yuste, los cuales mostraron su conformidad con la colocación de los piquetes y la descripción de la linde señalada

anteriormente.

Posteriormente se colocaron los piquetes número quinientos setenta y cinco, quinientos setenta y seis, quinientos setenta y siete, quinientos setenta y ocho y quinientos setenta y nueve junto a los mojones MP 95, MP 96, MP 97, MP 98 y MP, respectivamente. En este último punto, situado cerca de la cima del "Cerro del Boticario", termina el Condominio J, y por lo tanto el condominio propiedad del Beaterio de Jesús, María y José.

A continuación se delimitó las líneas que separan el pleno dominio del Ayuntamiento con los Condominio E y J, cuyos suelo son propiedad de particulares y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. La descripción de estas lindes están recogidas en el apartado de Condominios.

Posteriormente, se reanudó la delimitación del perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules". El piquete número quinientos ochenta se ubicó junto al mojón MP

100, pegado a la cancela de un carril y en el lugar donde acaba la colindancia del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" con la finca propiedad del Beaterio de Jesús, María y José y comienza con tierras de don Antonio Aragón Moreno. Los piquetes número quinientos ochenta y uno y quinientos ochenta y dos se situaron junto a los mojones MP 101 y MP 102. En este último piquete acaba la colindancia del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" con tierras de don Antonio Aragón Moreno y empieza con tierras propiedad de los Herederos de don José Marchante Villalva. Habiendo sido notificado don Antonio Aragón Moreno no se presentaron en el acto de apeo. Los piquetes número quinientos ochenta y tres, quinientos ochenta y cuatro y quinientos ochenta y cinco se ubicaron junto a los mojones de hormigón MP 103, MP y MP 105 de forma respectiva. En este último piquete acaba la colindancia del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" con tierras de los Herederos de don José Marchante Villalva y empieza con la de los

Herederos de don Isidro Benida y comienza también por el interior del monte el Condominio I, cuyo suelo es propiedad de doña María Luz Toscano Puelles y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. El piquete número quinientos ochenta y seis se situó junto al mojón MP, lugar donde acaba la

colindancia del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" con tierras de Herederos de don Isidro Benítez y empieza con tierras de doña María Luz Toscano Puelles y además por el interior del monte termina también el Condominio I,

perteneciente a doña María Luz Toscano Puelles. Siendo

notificados los Herederos de don Isidro Benítez y doña María Luz Toscano Puelles no se presentaron en el acto de apeo.

A continuación se delimitó la línea que separa el pleno dominio del Ayuntamiento con el Condominio I, cuyo suelo es propiedad de doña María Luz Toscano Puelles y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. La linde que define este condominio viene reflejada más abajo.

Seguidamente, se reanudó la delimitación del perímetro

exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules". Los piquetes número quinientos ochenta y siete y quinientos ochenta y ocho se colocaron junto a los mojones MP 107 y MP

108, colocándose este último piquete en un cerro de piedra llamado "Tajo de Brit", en el punto donde la linde externa del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" se encuentra con el Condominio H, cuyo suelo es propiedad de doña María Luz Toscano Puelles y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. El piquete número quinientos ochenta y nueve se situó en el lugar exacto del replanteo con GPS del mojón MP 109. El piquete número quinientos noventa se ubicó junto al mojón de hormigón MP 110, lugar donde acaba el Condominio H propiedad de doña María Luz Toscano Puelles.

Posteriormente, se delimitó la línea que separa el pleno dominio del Ayuntamiento con el Condominio H, cuyo suelo es propiedad de doña María Luz Toscano Puelles y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. La descripción de esta linde está recogida en el apartado de Condominios.

Se reanudó la delimitación del perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" en el piquete número quinientos noventa y uno situado junto al mojón de hormigón K. En este piquete por la parte interna del monte público

comienza el Condominio F propiedad de doña María Luz Toscano Puelles. Los piquetes número "quinientos noventa y uno, prima" y "quinientos noventa y uno, dos prima" se colocaron tras replanteo con GPS de la posición de los mojones MP y MP 112, respectivamente. El piquete número quinientos noventa y dos se situó junto al mojón de hormigón 1 K, lugar donde termina el condominio F propiedad de doña María Luz Toscano Puelles.

A continuación se delimitó la línea que separa el pleno dominio del Ayuntamiento con el Condominio F, cuyo suelo es propiedad de doña María Luz Toscano Puelles y el vuelo del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules.

La delimitación del perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" se continuó colocando los piquetes número quinientos noventa y tres y quinientos noventa y cuatro junto a los mojones MP 113 y MP 114. En este último piquete, ubicado junto a un muro de piedra en el lugar conocido como Piedra Blanca, es en este punto donde termina la colindancia del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" con tierras de doña María Luz Toscano Puelles y da comienzo con el Monte de U.P. "Montifarti", propiedad del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

Desde los piquetes número quinientos noventa y cuatro, X, Y, Z, número quinientos noventa y cinco y sucesivos hasta el piquete número seiscientos quince la linde discurre por la divisoria de aguas. Los piquetes "X", "Y" y "Z" también son llamados piquetes número "quinientos noventa y cuatro prima", quinientos noventa y cuatro, dos prima" y quinientos noventa y cuatro, tres prima". Desde el piquete número quinientos noventa y cuatro la linde asciende por las "Riscas de la Cazuela", el "Hoyo de la Caldera", el "Hoyo de la Cazuela", la "Meseta del Pichaco" hasta alcanzar la cumbre del "Picacho", para continuar por la divisorias de aguas en dirección el "Cancho del Baño de las Aguilas", el "Tajo de las Aguilas" hasta llegar al "Pico del Aguila", punto donde se colocó el piquete número seiscientos quince junto al mojón núm. del monte "Hernán Martín" y un muro de piedra. En este punto, donde la linde deja de ser la divisoria, termina la

colindancia del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" con el Monte de U.P. "Montifarti", propiedad del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, y da comienzo el Monte también de U.P. "El Algibe", propiedad de Hermanos de San Juan de Dios. Habiendo sido notificado ambas entidades propietarias, no acudió ningún representante alguno por parte de éstas al apeo.

Desde el piquete número seiscientos quince y sucesivos hasta el piquete número seiscientos cuarenta y cinco la linde está definida por la pared de piedra donde se colocaron todos los piquetes, salvo el piquete número seiscientos treinta y ocho, junto a los mojones numerados MP 1 y sucesivos hasta el MP 30. En este tramo de linde, se atraviesan los lugares conocidos como el "Puerto de la Cierva", la "Laja de los Marzalejos" y el "Tajillo de la Seña". El último piquete que se colocó para dejar completamente definido el perímetro externo del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" fue el número quinientos cuarenta y cinco, ubicado junto al mojón de hormigón MP 30, procedente del Amojonamiento realizado en el monte "Hernán Martín" y aprobado en 1961. Continuando

el muro de piedra se une este último piquete con el primero colocado en este presente deslinde, el número uno, cerrándose así la linde externa del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules". Quedando por tanto definida la linde con un total de

650 piquetes (los números 591, 591", X ó 594, y ó 594" y Z ó

594"" y del 1 al 645).

CONDOMINIOS

Hecha la descripción de la linde exterior del monte, se pasa a determinar la propia de los condominios.

La mención del reconocimiento de posesión debe referirse única y exclusivamente al suelo y nunca al vuelo, ya que es el Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules propietario del monte quien lo viene usufructuando sin interrupción y teniendo en cuenta que el origen de estos condominios son concesiones del mismo, las cuales se refieren solo al suelo según ley de la época y que con el transcurso del tiempo han adquirido las condiciones necesarias para ser inscritas en el Registro de la Propiedad. Por lo tanto, la palabra enclavado para referirse a los condominios debe entenderse exclusivamente a propiedad del suelo y no del vuelo.

En el presente deslinde se han definido las lindes que separan el pleno dominio del Ayuntamiento con los Condominios y no lindes internas de los Condominios que separan el suelo de los distintos propietarios. Simplemente se menciona donde se producen los cambios de colindancia entre los propietarios en los perímetros deslindados, de acuerdo a las opiniones de los propietarios y los Agentes de Medio Ambiente.

Condominio A

Poseído por los siguientes particulares: Doña Ana Peña Casas, viuda de don Francisco Muñoz Macías; don Gil Muñoz Richarte, hijo de don Gil Muñoz Macías; y, don Domingo Domínguez

Sánchez. Ubicado en "El Puerto de la Suela", linda al Norte y al Este con el interior del monte público Jota, al Sur con el perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" que colinda con la finca "El Jautor" y al Oeste con el interior del monte público Jota y con el perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" que colinda con la finca "El Peso". Este condominio procede de enclavados reconocidos en el anterior deslinde realizado en el M.P. "Jota", entre los cuales se encontraba el perteneciente a don Juan Antonio Muñoz Macías que posteriormente fue comprado por el Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules.

Se partió del piquete número trescientos quince, colocándose el piquete número uno A junto al mojón 16 E, procedente del Amojonamiento realizado en el monte Jota y aprobado en el año

1930. Entre el piquete número uno A y veintitrés A la linde está definida por la alineación de piquetes. Los piquetes número dos A y tres A se colocaron junto a los mojones de hormigón número 15 E y 14 E, y los piquetes números cuatro A y sucesivos hasta el once A se ubicaron junto a los mojones 11 E y sucesivos hasta el 5 E. En el último piquete mencionado se inicia un muro de piedra que se interrumpe en el carril de "La Peguera" y vuelve a partir desde el piquete número doce A hasta el número veintiuno A, colocándose algunos de estos piquetes junto a mojones de hormigón del monte "Jota"

numerados desde el núm. hasta el núm.. Tras abandonar el muro se colocaron los piquetes números veintidós A y veintitrés A, éste último junto al mojón núm. y en el "Arroyo Hornajos", el cual no abandonará la linde hasta el piquete número

veintinueve A. A partir de aquí la linde pasa a estar definida por la alineación de piquetes treinta A, treinta y uno A y treinta y dos A, punto donde se produce el cambio de

colindancia entre los enclavado de doña Ana Peña Casas, que no se presentó este día de apeo, y el de don Domingo Domínguez Sánchez.

La linde tras cambiar de propietario está definida por los piquetes número treinta y tres A y sucesivos hasta el número treinta y ocho A, colocados los tres últimos piquetes junto a un muro derruido. En el piquete número treinta y ocho A se vuelve a cambiar de propietario, abandonándose el enclavado de don Domingo Domínguez Sánchez, el cual mostró su conformidad con lo descrito, y empezándose con el de don Gil Muñoz

Richarte.

Continuando por el muro derruido se colocó la alineación de piquetes desde el número treinta y nueve A, cuarenta A y cuarenta y uno A hasta unirse con la linde externa del "Grupo de Montes de Alcalá" en el piquete número trescientos ochenta y uno junto a pared de piedra, y recorre la misma en dirección contraria a la numeración de los piquetes colocados en el perímetro hasta llegar al piquete número trescientos sesenta y cinco. El piquete número cuarenta y dos A se colocó donde se inicia una pared de piedra y seguidamente y sin abandonar la pared se colocaron los piquetes número cuarenta y tres A, cuarenta y cuatro A, cuarenta y cinco A y cuarenta y seis A, piquete donde la linde abandona el muro de piedra. El resto de la linde esta definida por la alineación de piquetes que va desde el piquete número cuarenta y tres A hasta el cincuenta y dos A para luego unirse con el piquete número trescientos cincuenta y tres del perímetro externo del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules". El último cambio de colindancia se produce en el piquete número trescientos cuarenta y siete, entre los condominios de don Gil Muñoz Ficharte y doña Ana Peña Casas. Ambos propietarios no acudieron al acto de apeo de sus enclavados.

De esta forma el condominio A está definido por la alineación de los piquetes trescientos quince, uno A y sucesivos hasta el

41 A, quinientos ochenta y uno y anteriores hasta el

quinientos sesenta y cinco, cuarenta y dos A y sucesivos hasta el cincuenta y dos A, y por último, trescientos cincuenta y tres y anteriores hasta el trescientos quince.

Condominio B

Poseído por los Hermanos Domínguez Sánchez y conocido como "Cañada de Jota, el Condomino B linda al Norte, Sur y Este con el interior del monte público Jota, y al Oeste con el

perímetro exterior del "Grupo de Montes de Alcalá de los Gazules" que colinda con la finca "El Peso" y también con el interior del monte Jota. Está divido en dos enclavados: el primero perteneciente por novenas e iguales partes indivisas a los Hermanos Bárbara, Jorge, Francisco, Antonio, Manuel, Gonzalo, José, Domingo y Juan Domínguez Sánchez, fincas registrales 5.556, 5.557 y 5.558; el segundo enclavado es propiedad de uno de estos hermanos, don Domingo Domínguez Sánchez.

Se dio comienzo desde el piquete número trescientos noventa del perímetro externo del monte y se colocaron los piquetes números uno B, dos B, tres B, cuatro B y cinco B, definiendo la linde la alineación de dichos piquetes. El primer terreno particular del condominio es propiedad de los Hermanos

Domínguez Sánchez. Los piquetes número cinco B y seis B se colocaron junto a pared de piedra. El piquete número siete B se ubicó junto al mojón de núm. colocado en el amojonamiento del año 1930 del monte "Jota". El piquete número ocho B se situó junto a unas ruinas de caserón de piedra. El piquete número nueve B se coloca rumbo veinticuatro grados y distancia cuarenta y seis metros, junto a una angarilla. Desde el piquete número diez B y sucesivos hasta el número dieciséis B la linde del Condominio B va por una pared de piedra. El piquete número dieciséis B se situó donde termina la pared de piedra. En este piquete se produce el cambio de colindancia, acabando el Condominio de los Hermanos Domínguez Sánchez y dando comienzo el de don Domingo Domínguez Sánchez. Siendo notificados los propietarios del condominio propiedad de los Hermanos Domínguez Sánchez no acudió representante alguno.

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