Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 07/06/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

ORDEN de 21 de mayo de 2004, por la que se integra a los funcionarios que se relacionan en los Cuerpos y Especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

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Por Orden de 10 de febrero de 2004 (BOJA núm., de 9 de marzo) se desarrolla la previsión contenida en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

Por el Decreto 365/1986, de 19 de noviembre, y demás normas complementarias posteriores, se procedió a regular la integración en los Cuerpos y Especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía, de los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas, determinándose en las mismas el Cuerpo en el que procede efectuar su integración en función del Cuerpo o Escala de procedencia.

Finalizado el plazo previsto en el artículo 4 de la Orden de

10 de febrero antes citada, se ha procedido a efectuar el correspondiente examen de las solicitudes presentadas, y la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos en la misma.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo de la Orden de 10 de febrero de 2004, de acuerdo con la atribución de competencias efectuada en el artículo 5 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y en cumplimiento de lo previsto en la Disposición Final del Decreto 365/1986, de 19 de noviembre.

D I S P O N G O

Artículo 1. Integración en Cuerpos y Especialidades de la Administración de la Junta de Andalucía.

Los funcionarios relacionados en el Anexo I de esta Orden quedan integrados en la Función Pública de la Junta de Andalucía, en los Cuerpos y Especialidades que se detallan en el mismo.

Artículo 2. Regularización de situaciones de los funcionarios integrados.

1. Los funcionarios que se encuentren en la situación administrativa de servicios especiales, en situación de excedencia para el cuidado de hijos o en situación de excedencia para el cuidado de familiares permanecerán en las mismas situaciones administrativas con respecto al Cuerpo y, en su caso, Especialidad, de la Junta de Andalucía en que quedan integrados.

2. Los funcionarios que se integran pasarán a desempeñar los mismos puestos de trabajo que vinieran desempeñando en situación de servicio activo, en el Cuerpo, y en su caso Especialidad, de la Junta de Andalucía en que quedan integrados.

3. Por los diversos Centros Directivos en los que prestan sus servicios el personal que se integra, se procederá a comunicar, a las correspondientes Administraciones de origen, la nueva situación, a fin de la regularización administrativa que proceda.

Artículo 3. Actuaciones Registrales.

Por los órganos competentes se realizarán las actuaciones pertinentes ante el Registro General de Personal para la regularización del historial administrativo de los funcionarios a los que se refiere el artículo anterior.

Artículo 4. Personal no integrado.

Declarar la no procedencia de la integración del personal que se relaciona en el Anexo II, expresándose las causas que dan origen a la no integración.

Artículo 5. Efectividad de la integración.

Los efectos administrativos derivados de la presente Orden serán del día siguiente al de su publicación en el BOJA.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición, con carácter

potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos

116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente, recurso contencioso- administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-

Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 21 de mayo de 2004

MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

ANEXO II

E X C L U S I O N E S

1. Por ser Personal Funcionario Docente (artículo 1.2 de la Orden de 10 de febrero de 2004):

DNI Apellidos y nombre

28505479 Estepa Montes, M.ª Carmen

25894809 López Lara, Antonio

30467972 Pino Moreno, Miguel

2. Por no encontrarse en la Junta de Andalucía en ninguna situación prevista en el artículo 2.1.b) de la Orden de 10 de febrero de 2004, como Funcionario del Cuerpo en base al que solicita la integración:

DNI Apellidos y nombre

32023536 Borrego Guillén, Emilio

31220566 Bresca López-Cozar, Antonio

28448488 Flores García, Miguel Angel

09166719 López Parra, Amelia Rosalía

3. Por no haber desempeñado puestos de la Administración General de la Junta de Andalucía (artículo 2.1.c) de la Orden de 10 de febrero de 2004), ni encontrarse en situación de activo a la entrada en vigor de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre (artículo 2.1.b) de la Orden):

DNI Apellidos y nombre

29471712 Faneca López, M.ª Luisa

75221931 Fernández Moreno, Luis Sebastián

32417696 Muñoz Muñoz, Francisco José

4. Por no haber desempeñado puestos de trabajo en la

Administración General de la Junta de Andalucía, durante dos años continuados o cuatro con interrupción (artículo 2.1.c) de la Orden de 10 de febrero de 2004):

DNI Apellidos y nombre

45260738 Entrena Palomero, José Antonio

24106633 García Ureta, M.ª Isabel

08431328 Gómez Pitera, Carlos

25989753 Jiménez Ortega, Antonio

27517693 Jurado Plaza, Antonio Balbino

15245108 Miranda Azpíroz, Eduardo

19883803 Palop Piqueras, Jaime

31253670 Pozo Gago, Francisco José

30803516 Prieto Jiménez, M.ª Mar

42093642 Santana Hernández, M.ª Esther

5. Por no desempeñar puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía (artículo 2.1.c) de la Orden de 10 de febrero de 2004):

DNI Apellidos y nombre

31172182 López Millán, Salvador Diego

52360563 Sánchez Valverde, Jesús

6. Por no pertenecer a ninguno de los Cuerpos o Escalas establecidos en el Decreto 365/1986, de 19 de noviembre y demás normas complementarias sobre la materia:

DNI Apellidos y nombre

27276841 Alcaraz Sánchez, José

24128289 Castells Nofuentes, Concepción

25930285 Cuadra Liró, Federico (de la)

24092802 Navarro Molina de Haro, Manuel

26181174 Passas Martínez, Manuel

28354020 Zambrano Lozano, María Mercedes

7. Por ser Funcionario ya integrado en los Cuerpos propios de la Junta de Andalucía, en base a su cuerpo o escala de

procedencia:

DNI Apellidos y nombre

08750986 Aguilar López, Francisco

28415892 Albadalejo Sánchez, Amparo

28661217 Alvarez García, Araceli

31473086 Andrade Medina, Dolores

28676452 Aragón Román, M.ª Carmen

29761337 Bermúdez Delgado, Ignacia

28451042 Caballero Lobato, Pilar

28428492 Caro García, Reyes

28357832 González-Cordero Ceballos, M.ª Narcisa

75408344 Gutiérrez Aguilera, Dolores

28463443 Iglesias Espejo, Antonia

28660267 López Ledesma, M.ª Isabel

27905029 Lozano Suárez, Jesús Ignacio

28547025 Magariño Díez, Rufina

28228734 Martín González, M.ª Carmen

28525371 Martínez Cáceres, M.ª Carmen

28567463 Pacheco Calvo, Antonia

28420725 Pinto Quintana, José

28657747 Prado Balmaseda, Francisco

75522809 Rodríguez Infante, José

28354313 Rosales Martínez, Francisco

28525278 Sánchez Torres, Isabel

28538567 Taylor Gallardo, Serafina

8. Por presentación de solicitud fuera de plazo:

DNI Apellidos y nombre

30509682 Hiedra Cantero, Araceli

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