Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 14/06/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. UNICO DE BAENA

EDICTO dimanante del procedimiento de desahucio núm. 394/2003. (PD. 1898/2004).

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NIG: 1400741C20031000124.

Procedimiento: Desahucio 394/2003. Negociado: IA.

Sobre: Juicio Verbal (desahucio por falta de pago de rentas y reclamación de rentas).

De: Don Francisco Ortega Muñoz.

Procurador: Sr. Manuel Maldonado Ruiz.

Letrado: Sr. Bernardo Gómez Montes.

Contra: Don José Luis Rodríguez García.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Desahucio 394/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Uno de Baena a instancia de Francisco Ortega Muñoz contra José Luis Rodríguez García sobre Juicio Verbal (desahucio por falta de pago de rentas y reclamación de rentas se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: Baena, a 13 de abril de 2004.

Por la Excma. Sra. doña María del Carmen Carpio Lozano, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Unico de Baena, han sido vistos los autos de Juicio verbal de desahucio por falta de pago de rentas núm. 394/03, promovidos por el Procurador don Manuel Maldonado Ruiz, actuando en nombre y representación de don Francisco Ortega Muñoz, siendo defendido por don Javier Alcalá de la Moneda (en sustitución del Sr. Gómez Montes), contra don José Luis Rodríguez García.

F A L L O

Que estimando íntegramente, la demanda presentada por el Procurador don Manuel Maldonado Ruiz, actuando en nombre y representación de don Francisco Ortega Muñoz, contra don José Luis Rodríguez García, debo declarar y declaro, resuelto el contrato de arrendamiento por falta de pago, decretando, el desahucio de don José Luis Rodríguez García con apercibimiento de lanzamiento, condenando a don José Luis Rodríguez García a que abone a don Francisco Ortega Muñoz la cantidad de 2.791,68 euros, más el interés legal devengado desde la interposición de la demanda, así como las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá ante este Juzgado en un plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de la misma.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Luis Rodríguez García, declarado en rebeldía y en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Baena, a veintisiete de abril de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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