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El municipio de Pedroche (Córdoba) a la vista del Informe de Legalidad, preceptivo en virtud del artículo 13 de la Ley
6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía, y evacuado por esta Consejería en sentido favorable, aprobó en sesión extraordinaria del Pleno de 21 de abril de 2004, la adopción de la Bandera local con la siguiente descripción: Bandera municipal: Rectangular de proporciones 2:3, formada por un paño de color rojo, cargado en su centro de un castillo de color amarillo, aclarado de azul, que ocupará 4/5 de su altura (batiente) y 2/8 de su anchura (vuelo), sostenido por una muralla, también amarilla, que ocupará todo el ancho de la bandera con una altura de 1/3 del batiente a la altura de las almenas, ambos mazonados de negro. A los lados del castillo en la mitad del espacio existente irán colocadas tres estrellas blancas, de ocho puntas, formando un triángulo equilátero, dos arriba y una abajo, de 1/10 de la altura del batiente, y por encima del donjón central del castillo, irá otra estrella gemela de las anteriores.
En virtud de la legislación invocada y a tenor de lo dispuesto en el artículo 17 de la mencionada Ley, esta Dirección General R E S U E L V E
Primero. Declarar la inscripción de la Bandera de Pedroche (Córdoba) en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal y gráfica que acompaña a la solicitud del Registro.
Segundo. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse el correspondiente recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 113 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la previsión contenida en el artículo
44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 21 de mayo de 2004.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.
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