Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 20/01/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 19 de diciembre de 2003, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de El Ejido (Almería). (PP. 4773/2003).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Almería, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto

266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Cuota fija o de servicio 3,06 euros/abon./mes

Cuota variable o de consumo

Uso doméstico

Bloque I: De 0 hasta 7 m/mes 0,365781 euros/m Bloque II: Más de 7 hasta 20 m/mes 0,428962 euros/m

Bloque III: Más de 20 hasta 30 m/mes 0,767476 euros/m

Bloque IV: Más de 30 m/mes 1,485737 euros/m Uso industrial y comercial

Bloque I: De 0 hasta 7 m/mes 0,428962 euros/m Bloque II: Más de 7 m/mes 0,767476 euros/m Bloque III: Se establece una escala

especial para usos industriales y

comerciales en los que el agua sea

un elemento esencial para el desarrollo

de la actividad que se facturará a 0,260702 euros/m Otros usos

Los consumos de obras hasta 7 m cada 250 m/mes se facturarán a 0,428962 euros/m.

Los consumos de obras superiores a 7 m cada 250 m/mes se facturarán a 0,767476 euros/m.

Los consumos a Hoteles y Hostales se ajustarán a la escala de precios siguiente:

- De 0 hasta 4 m/habitación/mes 0,401695 euros/m

Más de 4 m/habitación/mes 0,936400 euros/m Derechos de acometida

Parámetro A: 13,370512 euros/mm

Parámetro B: 78,498547 euros/l/seg.

Cuota de contratación y reconexión

Uso doméstico

Calibre del contador en mm

Hasta 13 56,10 euros

15 63,31 euros

20 81,34 euros

25 99,37 euros

30 117,40 euros

40 153,46 euros

50 189,52 euros

65 243,61 euros

80 297,70 euros

100 y superiores 380,76 euros

Uso industrial, comercial y obras

Calibre del contador en mm

Hasta 13 67,03 euros

15 74,24 euros

20 92,27 euros

25 110,30 euros

30 128,33 euros

40 164,40 euros

50 200,46 euros

60 254,55 euros

65 308,64 euros

100 y superiores 380,76 euros

Uso especial

Calibre del contador en mm

Hasta 13 37,91 euros

15 45,12 euros

20 63,15 euros

25 81,18 euros

30 99,21 euros

40 135,27 euros

50 171,33 euros

65 225,43 euros

80 279,52 euros

100 y superiores 351,64 euros

Uso hoteles

Calibre del contador en mm

Hasta 13 62,31 euros

15 69,52 euros

20 87,55 euros

25 105,58 euros

30 123,62 euros

40 159,68 euros

50 195,74 euros

65 249,83 euros

80 303,92 euros

100 y superiores 376,04 euros

Fianzas

Calibre del contador en mm

Hasta13 119,32 euros

15 133,66 euros

20 183,56 euros

25 229,44 euros

30 275,34 euros

40 367,11 euros

50 y superiores 458,89 euros

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 19 de diciembre de 2003.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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